La utilización de los medios electrónicos, informáticos y telemáticos en la Ley 20/2007


He de reconocer que hasta hace poco no había tenido noticia de su existencia pero, aunque su edición se produjo en junio de 2009, sigue estando de plena actualidad. Por este motivo y por la calidad de sus contenidos hoy os voy a hablar del libro «La utilización de los medios electrónicos, informáticos y telemáicos en la Ley 20/2007» que ha sido publicado por la editorial La Ley (Grupo Wolters Kluwer), y que versa sobre una materia que está en auge y que es, además, el futuro de la Administración.

El libro se centra exclusivamente en las novedades relativas a la aplicación de las nuevas tecnologías a la hora de contratar con la Administración tras la transposición de la Directiva 2004/18/CE, y está totalmente adaptado a la Ley 30/2007, de Contratos con el Sector Público, el Real Decreto 817/2009, de Contratos de las Administraciones Públicas que desarrolla parcialmente la Ley 30/2007 y la ley 11/2007, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos.

En él se analizan las ventajas y problemas del uso de la contratación pública electrónica, así como la disonancia en la legislación respecto de criterios, aplicación y utilización de las nuevas tecnologías en la Ley de Contratos y en la Ley 11/2007, cuya principal novedad es precisamente la configuración del empleo de las tecnologías de la información y las comunicaciones como un derecho del administrado y una obligación para la Administración.

Por todo ello, merece un hueco en la colección de libros recomendados en este blog constituyéndose como pieza clave para el correcto estudio de los Contratos con el Sector Público.

ISBN y Depósito Legal:

  • ISBN: 978-84-8126-264-3
  • Depósito Legal: M-30567-2009

Autoría de la obra:

  • Jesús Punzón Moraleda, y
  • Francisco Sánchez Rodríguez.

Contenido:

  • INTRODUCCIÓN
  • I. LA NO OBLIGACIÓN DE INCORPORAR LAS NUEVAS TECNOLOGÍAS A LAS DISTINTAS NORMATIVAS DE CONTRATACIÓN PÚBLICAS EN LOS ESTADOS MIEMBROS DE LA UNIÓN EUROPEA
  • II. VENTAJAS Y PROBLEMAS QUE SE PRESENTAN RESPECTO A LA CONTRATACIÓN ELECTRÓNICA
  • III. DISONANCIA EN LA LEGISLACIÓN RESPECTO DE CRITERIOS, APLICACIÓN Y UTILIZACIÓN DE LAS NUEVAS TECNOLOGÍAS ENTRE LA LAECSP Y LA LCSP
  • IV. TÉRMINOS Y PLAZOS EN LA LCSP EN RELACIÓN CON LOS MEDIOS ELECTRÓNICOS, INFORMÁTICOS Y TELEMÁTICOS
  • V. USO DE LA FIRMA ELECTRÓNICA EN LA LCSP
  • VI. LAS NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS EN LA LCSP
  • VII. CERTIFICACIONES ELECTRÓNICAS
  • VIII. LA SUBASTA ELECTRÓNICA
  • IX. EL SISTEMA DINÁMICO DE CONTRATACIÓN COMO NUEVA TÉCNICA DE COMPRA
  • X. LA FACTURA ELECTRÓNICA
  • XI. PERFIL DE CONTRATANTE
  • XII. NORMAS ESPECIALES SOBRE CONTRATACIÓN: LA DISPOSICIÓN ADICIONAL DECIMOCTAVA Y DISPOSICIÓN ADICIONAL DECIMONOVENA
  • BIBLIOGRAFÍA
  • APÉNDICE I
  • APÉNDICE II

Más información y adquisición.

Ver otros libros recomendados.

Anuncio publicitario
Comments
One Response to “La utilización de los medios electrónicos, informáticos y telemáticos en la Ley 20/2007”
Trackbacks
Check out what others are saying...
  1. […] . JORNADA COMPRA PÚBLICA ÉTICA – zaragoza . LCSP Newsletter Summer Fall 2009.pub . La utilización de los medios electrónicos, informáticos y telemáticos … […]



Deja una respuesta

Introduce tus datos o haz clic en un icono para iniciar sesión:

Logo de WordPress.com

Estás comentando usando tu cuenta de WordPress.com. Salir /  Cambiar )

Imagen de Twitter

Estás comentando usando tu cuenta de Twitter. Salir /  Cambiar )

Foto de Facebook

Estás comentando usando tu cuenta de Facebook. Salir /  Cambiar )

Conectando a %s

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

A %d blogueros les gusta esto: