Corrección de errores del post anterior
Sólo para los que no hayais leido este blog desde ayer a media mañana, os informo que gracias a un amable seguidor de éste, he tenido conocimiento de que la Resolución a que hacía referencia el post anterior ya había sido publicada en la sede electrónica de la AEAT y hoy en el B.O.E.
La norma en cuestión es la Resolución de 16 de diciembre de 2008, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se establecen las condiciones para el desarrollo de un procedimiento electrónico para el intercambio de ficheros entre la Agencia Estatal de Administración Tributaria y las entidades de crédito, en el ámbito de las obligaciones de información a la Administración tributaria relativas a extractos normalizados de cuentas corrientes, y, como he comentado, figuraba de modo extraoficial en su correspondiente apartado dentro de la web de la Agencia Tributaria, de lo que no se avisó.
En cualquier caso, os invito a leer de nuevo el post anterior en el que he resaltado en color rojo los cambios introducidos en el mismo con respecto al primer texto original.