El Gobierno aprueba la eliminación del gravamen del Impuesto de Patrimonio, las devoluciones mensuales del IVA y otras medidas fiscales


El último Consejo de Ministros celebrado el pasado 14 de agosto ha aprobado el Proyecto de Ley que recoge entre otras las siguientes medidas:

  • La supresión del gravamen del Impuesto sobre el Patrimonio.
  • La generalización del sistema de devolución mensual en el IVA, y
  • La introducción de otras modificaciones en la normativa tributaria.

Las dos primeras medidas estaban contenidas en el Plan de Estímulo Económico que aprobó el Gobierno el pasado 18 de abril.

SUPRESIÓN DEL IMPUESTO SOBRE EL PATRIMONIO

Se establece una bonificación estatal del 100% de la cuota del Impuesto a partir del 1 de enero de 2008 y se elimina la obligación de declarar. De este modo, la último declaración de este Impuesto a presentar ha sido la presentada en los pasados meses correspondiente al ejercicio 2007.

NUEVO SISTEMA DE DEVOLUCIONES DEL IVA DE CARÁCTER MENSUAL

A él podrán acogerse alrededr de 1,2 millones de empresas, que podrán recibir el IVA de forma anticipada sin tener que esperar a recibirlo en el momento de presentar la declaracíon anual en enero de 2010.
Las principales beneficiarias de esta medida serán las empresas de nueva creación y las que realicen inversiones.

MEDIDAS FISCALES PARA EL SECTOR DEL TRANSPORTE POR CARRETERA

El Proyecto de Ley también incluye las medidas acordadas el pasado mes de junio entre el Gobierno y los representantes del sector del transporte por carretea para paliar los efectos del alza del precio del petróleo.

Las modificaciones que presentan afectan al IAE y al Impuesto sobre las Primas de Seguros.

En el primero (IAE), establece una bonificación del 50% en las cuotas del sector del transporte por carretera para el año 2008.

Respecto el segundo (Imp. Primas Seguros), la bonificación será del 75% durante los años 2008 y 2009 para las operaciones de seguro relacionadas con el transporte público urbano y por carretera de mercancías o viajeros.

TRIBUTACIÓN DE LAS MOTOCICLETAS

El proyecto delimita la tributación de motocicletas en el Impuesto de Matriculación según los niveles de emisión de CO2, que quedará así:

TIPO CRITERIOS DE DELIMITACIÓN
0% Emisiones no superiores a 80 g CO2/km.
4,75% Emisiones superiores a 80 g CO2/km e inferiores a 120 g CO2/km.
9,75% Emisiones no inferiores a 100 g CO2/km e inferiores a 120 g CO2/km.
14,75%
Emisiones iguales o superiores a 120 g CO2/km.
Motocicletas cuyas emisiones oficiales no se acrediten.
Motocicletas con potencia superior a 74 Kw (100 cv), independientemente de sus emisiones.

OTRAS MODIFICACIONES TRIBUTARIAS

Las otras novedades en el ámbito fiscal que comentaba al principio de este post son:

En el ámbito del Impuesto sobre Sociedades:

  • Se incluyen determinadas correcciones técnicas encaminadas a incrementar la seguridad jurídica de las empresas ante los cambios introducidos en el Plan General de Contabilidad. Con estas correcciones se aclaran las dudas que se habían suscitado entre las empresas sobre los efectos fiscales de las nuevas normas contables y que llevaron a modificar el sistema de pagos fraccionados del ejercicio 2008.
  • Se amplía el ámbito de aplicación de las deducciones por I+D+i en el Impuesto sobre Sociedades que, a partir de 2008, podrán aplicarse también las empresas que realizan más del 25% de su actividad investigadora en otro país de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo.

En el régimen de viajeros aplicable en el mundo aduanero se elevan las cuantías de los productos que pueden introducirse en el país libres de impuestos:

  • Los viajeros que lleguen vía terrestre podrán introducir mercancías por valor de 300 euros.
  • Si llegan por vía marítima o aérea el importe ascenderá a 430 euros.
  • Si el viajero es menor de 15 años, la cuantía se reduce a 150 euros, en ambos casos.
  • Tampoco tendrán que pagar impuestos los viajeros que introduzcan en España hasta 4 litros de vino y 16 litros de cerveza.



Comments
4 Responses to “El Gobierno aprueba la eliminación del gravamen del Impuesto de Patrimonio, las devoluciones mensuales del IVA y otras medidas fiscales”
  1. José Daniel Marín Abad-Segura dice:

    La supresión del Impuesto sobre el Patrimonio, tiene ya eficacia, ¿ o la tendrá cuando sea publicada en BOE ?, en cuyo caso desde el 14/08/2008 fecha del Consejo de Ministros, ha transcurrido bastante tiempo.

  2. Estimado José Daniel;

    Aunque el Consejo de Ministros lo haya aprobado, hemos de esperar que la norma en cuestión salga publicada en el BOE para que tenga eficacia jurídica.

    Efectivamente ha transcurrido tiempo desde entonces, pero no creo que tarde mucho más ya que en enero entran en vigor muchos de los temas comentados.

    Saludos

  3. ANA ISABEL dice:

    SI EL IVA TE DA A POSITIVO SE PUEDE REALIZAR EL PAGO FRACCIONADO COMO EN IRPF ( 60 % Y DESPUES EL 40%). MUCHAS GRACIAS

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