Publicada la Guía sobre regímenes comerciales de exportación

6 05 2008

boe.jpgSe ha publicado en el B.O.E. del pasado 1 de mayo la Circular de 10 de abril de 2008, de la Secretaría General de Comercio Exterior, relativa al procedimiento y tramitación de las exportaciones y expediciones de mercancías y sus regímenes comerciales.

Esta Circular pretende convertirse en una guía informativa práctica para los operadores comerciales ya que les proporciona, en un único texto, toda la información relativa a los regímenes comerciales de exportación que se encuentra dispersa en un gran número de Reglamentos Comunitarios sobre regímenes comerciales de exportación.

Comienza por relacionar las distintas normas reguladoras de los regímenes comerciales:

  • Normas Nacionales:
    • Normas generales
    • Material de Defensa, Otro Material y Productos y Tecnologías de Doble Uso
    • CITES (Convenio sobre Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres)
    • Control de la calidad comercial
    • Otras disposiciones
  • Normas Comunitarias:
    • Régimen general
    • Régimen Específico Productos Agrícolas
    • Material de defensa, otro material y productos y tecnologías de doble uso
    • Convenio sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES)
    • Control de la calidad comercial
    • Régimen Canarias

Recoge también la excepción a la regla general de libertad comercial a la que quedan sujetas algunas mercancías de exportación y expedición, las cuales podrán quedar sometidas a vigilancia, certificación o autorización cuando la normativa comunitaria o nacional así lo determine, exigiéndose la tramitación de documentos específicos, según el caso.

Asimismo recopila los distintos formularios vigentes para cada tipo de trámite así como el procedimiento de presentación de los distintos documentos.






Modificación del Reglamento de control del comercio exterior de material de defensa y tecnologías de doble uso

2 04 2008

En el B.O.E. de pasado viernes 28 de marzo se ha publicado la Orden ITC/822/2008, de 19 de febrero, por la que se modifican los anexos del Real Decreto 1782/2004, de 30 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de control del comercio exterior de material de defensa, de otro material y de productos y tecnologías de doble uso.

Dicha Orden ha sustituido los anexos I, II, III y IV del Real Decreto 1782/2004, de 30 de julio por los nuevos que ha aprobado.

Asimismo, ha derogado la Orden ITC/713/2007, de 15 de marzo, por la que se modifica el anexo I del mencionado Real Decreto 1782/2004.






El aluvión de solicitudes de Operador Económico Autorizado se espera tras el verano

13 03 2008

grua-de-contenedor.jpgEn diferentes ocasiones he tratado el tema del Operador Económico Autorizado (OEA) que, a diferencia de su homóloga norteamericana (C-TPAT), además de certificar la fiabilidad de las mercancías entrantes, también avala las exportaciones.

Como recordaremos, en España, el modelo definitivo de solicitud se aprobó el pasado 1 de febrero, sobre el que Juan José Blanco, director responable del área de Aduanas e Impuestos Especiales de KPMG, a afirmado que dicho retraso fue debido al debate abierto en torno a si se establecía como obligatoria la presentación de un informe de un experto independiente donde se asegurase el cumplimiento de las medidas de seguridad por parte de la empresa.

Una empresa con OEA estará sometida a menos controles, tendrá prioridad en los mismos, y las mercancías tendrán menos riesgo de sufrir retrasos. Aunque son muchos beneficios los que esta figura aporta a las empresas de comercio exterior, según Aduanas, el aluvión de peticiones se espera tras el verano.






Habilitada por fin la solicitud de Operador Económico Autorizado

5 02 2008

contenedor.jpgEl pasado día 1 comentaba en un post el retraso en la entrada en vigor del Operador Económico Autorizado (OEA).

Desde hoy, se encuentra disponible en el menú en la oficina virtual de Aduanas e II.EE. el nuevo punto 7.13 Solicitudes de Certificado OEA (Operador Econónico Autorizado), que contiene una opción para presentar y otra para consultar las solicitudes de Certificado OEA.

Para solicitar el Certificado OEA, basta con facilitar el NIF y marcar el tipo de certificado solicitado:

  • Certificado OEA de SIMPLIFICACIÓN ADUANERA
  • Certificado OEA de PROTECCION Y SEGURIDAD
  • Certificado OEA de SIMPLIFICACIÓN ADUANERA y de PROTECCIÓN Y SEGURIDAD

Esta solicitud puede llevarla a cabo, tanto el propio interesado como un tercero que actúe en representación de éste.

A continuación, se mostrará el formulario para su cumplimentación, que incluye datos como:

  • Naturaleza jurídica del solicitante.
  • Fecha de constitución.
  • Dirección del lugar de constitución.
  • Lugar donde la empresa ejerce su actividad principal.
  • Persona de contacto.
  • Dirección postal a efectos de notificaciones.
  • Número(s) de IVA.
  • Número(s) de identificación del operador.
  • Tipo de certificado solicitado.
  • Sector de la actividad económica.
  • Estado(s) miembro(s) donde se realizan actividades aduaneras.
  • Información de cruce de fronteras.
  • Simplificaciones o facilitaciones y a concedidas, certificados mencionados en el artículo 14. duodecies, apartado 4.
  • Oficina de gestión de la documentación aduanera.
  • Oficina responsable del suministro de documentación aduanera.
  • Oficina de contabilidad principal, y
  • Datos del signatario.

Para facilitar su cumplimentación, se ofrece un pequeño tutorial. Para descargarlo pulsa en la siguiente imagen:

descargar.jpg







Se retrasa la entrada en vigor del Operador Económico Autorizado

1 02 2008

oea.jpgLa Agencia Tributaria ha vuelto a retrasar la publicación de la solicitud del Operador Económico Autorizado (OEA).

Esta nueva figura europea entró en vigor el pasado 1 de enero y, sin embargo, aún no está disponible el formulario en la sede electrónica de la A.E.A.T. para que agentes de aduanas y empresas transitarias, de logística y transporte que lo deseen puedan solicitarlo.

Al parecer, el motivo de que aún no se disponga del modelo se debe a problemas técnicos. Según ha informado el Administrador de Aduanas del Aeropuerto del Prat, Andrés Rodríguez, el retraso se debe a que aún se está modificando el texto y los requisitos necesarios a entregar para lograr hacerse con el certificado, como la supresión de acudir a un agente acreditador de la seguridad.

En la propia web de la AEAT se ofrece el siguiente comunicado:

Ante la retirada del proyecto de Orden Ministerial por el que se regula el estatuto de Operador Económico Autorizado, por no ajustarse su contenido al Reglamento CE 2454/1993, de la Comisión, la Agencia Tributaria tendrá habilitada, a partir del 1 de febrero de 2008, la aplicación informática para admitir solicitudes a través de la oficina virtual de aduanas.

En este sentido para las empresas que lo necesiten, se ha habilitado en el apartado de “Autorizaciones de representacion” un trámite específico de apoderamiento (SOLCEROEA), a los efectos de presentar dichas solicitudes”.

Subdirección General de Gestión Aduanera.

Para ampliar información sobre el OEA se puede consultar:

Fuente: Transporte y Logística






Publicada en el BOE la regulación del Comercio Exterior de Material de Defensa y Tecnología de Doble Uso

30 12 2007

El pasado día 21 escribí un post con el título “El Senado aprueba de forma definitiva la Ley sobre el control del comercio exterior de material de defensa y doble uso“. Ayer, día 29 de diciembre se publicó en el B.O.E. la Ley 53/2007, de 28 de diciembre, sobre el control del comercio exterior de material de defensa y de doble uso.

Entre otras medidas, establece el nuevo Régimen de autorización, el Registro Especial de Operadores de Comercio Exterior de Material de Defensa y de Doble Uso, la composición y funciones de la Junta Interministerial reguladora del Comercio Exterior de Material de Defensa y de Doble Uso y las Medidas de control y transparencia.






El Senado aprueba de forma definitiva la Ley sobre el control del comercio exterior de material de defensa y doble uso

21 12 2007

helicoptero.jpgEsta Ley supone un paso de gran importancia y recoge uno de los objetivos esenciales del Gobierno, como es la mejora permanente de los controles y la transparencia en el comercio de material de defensa y de doble uso.

El Pleno del Senado ha aprobó el pasado día 19 por asentimiento y con el apoyo unánime de todos los grupos de la Cámara Alta la Ley sobre el control del comercio exterior de material de defensa y de doble uso. Al no introducirse ninguna enmienda respecto al texto proveniente del Congreso finaliza aquí el trámite parlamentario con su aprobación definitiva.

Su origen se encuentra en una proposición no de ley elaborada por la Comisión de Defensa del Congreso de los Diputados, en la que se instaba al Gobierno a presentar en el plazo de doce meses, a partir del 13 de diciembre de 2005, un anteproyecto de Ley sobre el Comercio de Armas.

El anteproyecto fue aprobado por el Consejo de Ministros en su reunión de 29 de diciembre de 2006. La tramitación parlamentaria se inició en enero de 2007.

Las principales novedades que introduce la Ley son las siguientes:

  • La legislación española en esta materia pasará a estar constituida por primera vez por una norma con rango de Ley.
  • Se actualiza la regulación de las transferencias del comercio exterior de material de defensa y de doble uso, de acuerdo con los nuevos compromisos contraídos por España en los foros internacionales de control y no proliferación.
  • Se incrementa el control del Parlamento al introducirse por primera vez en una norma legal el compromiso del Gobierno de presentar al Parlamento una información completa y detallada sobre las exportaciones de dichos productos y las asistencias técnicas, con una remisión semestral de estadísticas y una comparecencia anual del Secretario de Estado de Turismo y Comercio.
  • Se incrementa la transparencia, al facilitarse información referida al uso final del producto exportado y a la naturaleza del usuario final.
  • Se amplían los controles del Gobierno a todo tipo de armas de fuego, incluidas las de caza y tiro deportivo, sus componentes y municiones, dando cumplimiento así a la Resolución 55/255 de la Asamblea General de Naciones Unidas y a la preocupación de las ONGs por las posibles desviaciones de este tipo de material.
  • Se incluyen en la Ley los ocho criterios del Código de Conducta en materia de exportación de armas de forma estricta y escrupulosa. La Ley recoge estos criterios, así como los contemplados por la OSCE (Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa) para las operaciones de armas pequeñas y ligeras.

Por tanto, la Ley tiene por objetivo incluir todos aquellos aspectos que puedan conducir a la mejora de los procedimientos de autorización de las operaciones, así como de la calidad de la información suministrada en las estadísticas.

Este texto representa un avance significativo en todos los órdenes y ha sido perfeccionado gracias al esfuerzo realizado por todos los grupos parlamentarios.

Premio Blog del Dia






Cerca de 3.000 empresas han solicitado a la A.E.A.T. su homologación como operador autorizado para 2008

19 12 2007

grua-de-contenedor.jpgEn un post del pasado 5 de diciembre describía creación de la figura del Operador Económico Autorizado en el Comercio Exterior, que está despertando un gran interés dentro de los operadores del comercio exterior.A nivel nacional, alrededor de 3.000 empresas han trasladado a la Agencia Tributaria su intención de convertirse en operador autorizado a lo largo del próximo año, de las que cerca de 250 empresas están ubicadas en el Archipiélago Canario. Entre éstas se encuentran fabricantes, exportadores, expedidores (transitarios), almacenistas, representantes (agentes de aduanas), transportistas e importadores.

Esta nueva figura, como ya apunté, entrará en funcionamiento el próximo 1 de enero, y permite una considerable redución de los trámites burocráticos y reporta facilidades en las inspecciones a las empresas que presenten una importante actividad en comercio exterior y que cumplan un cierto nivel de control y solvencia.

Fuente: El Dia.es - Dinero y Trabajo






Se crea la figura del Operador Económico Autorizado en el Comercio Exterior

5 12 2007

contenedor.jpgLos países de la Unión Europea se enfrentan con riesgos de diversa índole en materia aduanera que han obligado, además de a efectuar los controles aduaneros tradicionales, a incrementar el papel de las aduanas en materia de seguridad de la cadena logística internacional, no sólo para luchar contra la amenaza terrorista, sino también para colaborar en la lucha contra el crimen organizado y frente a otros peligros para los ciudadanos, en ámbitos tan sensibles como, por ejemplo, los de la protección a los consumidores, a la propiedad industrial o al medio ambiente, medidas ante las que en muchos casos, pagan justos por pecadores, ya que la necesidad de controlar a los que intentan introducir productos ilegales, retrasa a las empresas que operan con asiduidad y de forma legítima con el extranjero.

Para paliar en cierta medida esta situación, a partir del 1 de enero de 2008 comenzará a funcionar una figura nueva: el Operador Económico Autorizado (OEA), que permitirá a los importadores un trato preferente en las aduanas a cambio de una serie de compromisos que servirán para ganarse la confianza de las autoridades, lo que va a constituir uno de los mecanismos, seguramente el más importante, a través del cual las aduanas van a desarrollar este nuevo papel en beneficio del comercio legítimo.

Se trata de un operador económico de confianza para las operaciones aduaneras que va a beneficiarse de una serie de ventajas en toda la Unión Europea en el ejercicio de su actividad profesional regulada por la legislación aduanera.

En principio, cualquier persona física o jurídica que esté establecida en España, con independencia del tamaño de su negocio, y que esté implicada en la cadena logística internacional puede solicitar la expedición del certificado de OEA, que según la Comisión Europea pueden ser: fabricantes, exportadores, transportistas, expedidores, representantes aduaneros, almacenistas e importadores. Será la Agencia Estatal de Administración Tributaria quien determinará, mediante un examen pormenorizado de las condiciones y los requisitos exigibles, las personas físicas o jurídicas que soliciten su designación como OEA.

Existen tres tipos de certificados OEA, atendiendo a la exigencia de requisitos y a los beneficios que de ellos se derivan:

  • Certificado Operador Económico Autorizado Simplificaciones Aduaneras
  • Certificado Operador Económico Autorizado Seguridad y Protección, y
  • Certificado Operador Económico Simplificaciones y Seguridad.

Las principales ventajas de las que se van a beneficiar los poseedores de certificados de OEA son las siguientes:

  • Menor número de controles físicos y documentales.
  • Prioridad en los controles.
  • Posibilidad de elegir el lugar de la inspección (incluyendo el despacho centralizado nacional).
  • Mayor facilidad para acogerse a procedimientos aduaneros simplificados.
  • Declaraciones sumarias de entrada o salida con datos reducidos (entrará en vigor el 1 de julio de 2009), y
  • Notificación previa de decisión de reconocimiento físico (entrará en vigor el 1 de julio de 2009).

Además de las anteriores ventajas, disfrutarán de otros beneficios como:

  • El acceso más sencillo a la aduana.
  • Las mejoras indirectas, o
  • El reconocimiento internacional de la figura.

Para aquellos que deseen ampliar información al respecto incluyo a continuación la siguiente documentación complementaria:

Asimismo, en la web de la AEAT, se ofrece información acerca de las próximas acciones divulgativas y presentaciones de OEA que se van a celebrar en diferentes provincias, como son:

  • Cádiz, 20 de noviembre 2007 (ya celebrada)
  • Valencia, 22 de noviembre 2007 (ya celebrada)
  • Algeciras, 11 de diciembre de 2007
  • Sevilla, 12 de diciembre de 2007
  • Vigo, 18 de diciembre de 2007






Master en Dirección de Operaciones Internacionales / Master in International Business Operations - MIBO

18 10 2007

camara-sevilla.gifEstá abierto el plazo de inscripción del Master en Dirección de Operaciones Internacionales de la Cámara de Comercio de Sevilla. Es un Master único en España por su particular enfoque, que facilita las herramientas de gestión necesarias para aprovechar, con éxito, cualquier oportunidad de negocio existente en los mercados internacionales, en el que, además, tengo el honor de participar como profesor de Procedimientos Telemáticos Aduaneros.

El MIBO está especialmente diseñado para jóvenes profesionales de cualquier especialidad así como para responsables de departamentos de Import, Export, Logística y Marketing.

Duración:
El Master comenzará el proximo día 26 de octubre y finalizará el 19 de julio de 2008, teniendo una duración total de 500 horas.

Impartición de las clases:
Las clases se impartirán en viernes de 16:30 h. a 21:30 h y sábados de 9:00 h. a 14:00h.

Programa del Master:

  • I. El perfil profesional del gestor internacional competente (15 horas)
  • II. La trading & Company (30 horas)
  • III. El entorno internacional actual (20 horas)
  • IV. La gestión operativa de Import-Export (50 horas)
  • V. La gestión logística internacional (35 horas)
  • VI. La gestión aduanera (25 horas)
  • VII. La gestión bancaria en las operaciones internacionales (25 horas)
  • VIII. La gestión de las garantías jurídicas (30 horas)
  • IX. Fiscalidad (15 horas)
  • X. Precios Internacionales (20 horas)
  • XI. Seminarios profesionales
  • XII. El proyecto de internacionalizacíon de una trading & company

Pulse AQUI para más información.
Pulse AQUI para acceder al formulario de inscripción.






Jornada sobre los operadores económicos del comercio exterior

16 10 2007

Hoy día 16 de octubre a las 16:45 h. se celebrará en las instalaciones de la Cámara de Comercio de Sevilla una jornada sobre Los Operadores Económicos del Comercio Exterior, organizada conjuntamente por el Consorcio Zona Franca de Cádiz y la Cámara de Comercio de Sevilla.

En ella intervendrá D. José Carlos Arobes Aguilar-Galindo, Jefe de la Dependencia Regional de Aduanas e II.EE. para Andalucía, Ceuta y Melilla, y moderará el coloquio D. Francisco Herrero Maldonado, Presidente de la Asociación de Transitarios, Expedidores Internacionales y Asimilados de Andalucía (ATEIA-Andalucía).

A los asistentes al acto se les entregará gratuitamente un ejemplar del libro “Aduanas 2007: Manual práctico para el operador del comercio exterior” que publiqué ayer en este blog.

Para ampliar información y consultar el programa del acto pulsa AQUI.

Para inscribirte en el acto pulsa AQUI.

Lugar de celebración:

Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Sevilla
Edificio Galia Puerto
Carretera de la Esclusa, s/n
Sevilla






Libro “Aduanas 2007: Manual práctico para el operador del comercio exterior”

15 10 2007

aduanas-2007.jpgAcaba de publicarse un manual imprescindible para operadores de comercio exterior, agentes de aduanas, transitarios, consignatarios, etc. con todo el rigor que cabe esperar de sus autores, dos grandes profesionales de la Administración aduanera española con amplia experiencia docente y con extensos conocimientos de la normativa y los procedimientos aduaneros a pesar de su juventud.

Síntesis:
Aduanas 2007 constituye un manual dedicado al estudio, desde la perspectiva de la Aduana Española, de la imposición aduanera y de las medidas que regulan los intercambios de mercancías en el comercio exterior.

Pretende dar a conocer con cierta profundidad los principales requisitos con trascendencia aduanera con los que debe cumplir quien comercia, desde la Unión Europea, con cualquier tipo de mercancías, de cualquier parte del mundo.

En esta obra, sus autores procuran un acercamiento al lector de los elementos básicos de la complicada y cambiante normativa aduanera y paraduanera, con una visión eminentemente práctica, permitiendo a los operadores conocer la realidad aduanera presente y atisbar las perspectivas que se avecinan a medio plazo.

Fecha de publicación:
Octubre de 2007. Editado por el Consorcio Zona Franca de Vigo y la Zona Franca de Cádiz. ISBN: 978-84-611-7196-5

Autores:

  • Alberto García Valera, Delegado Especial Adjunto de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla, y
  • José Carlos Arobes Aguilar-Galindo, Jefe de la Dependencia Regional de Aduanas e II.EE. en la Delegación Especial de la A.E.A.T. en Andalucía, Ceuta y Melilla.

Incluye:
Relación por materias de la normativa con trascendencia aduanera

Índice:

  • Introducción: La imposición aduanera
  • Capítulo I: Elementos básicos de la imposición aduanera
    • Ambito espacial: El territorio aduanero. Especial consideración de la tributación exterior en Canarias, Ceuta y Melilla
    • El elemento subjetivo de la imposición: declarante y representación en aduana.
    • El valor en aduana de las mercancías: la base imponible del arancel
    • Clasificación arancelaria y consecuencias de la misma: aplicación de los derechos arancelarios y de las medidas de control del tráfico comercial internacional. Las operaciones privilegiadas. Los controles no tributarios
  • Capítulo II: El procedimiento de gestión aduanera:
    • La introducción de las mercancías en el territorio aduanero
    • El procedimiento de despacho en general
    • El despacho aduanero de importación
    • El despacho aduanero de exportación
    • El tránsito
    • Otros destinos y regímenes aduaneros
    • Procedimientos simplificados de despacho aduanero
    • Régimen de viajeros
    • Los proyectos de la Unión Aduanera

Adquisición:
Este manual no se encuentra a la venta en librerías, únicamente se puede adquirir a través de las Zonas Francas dependientes de la Asociación Española de Concesionarios de Zonas y Depósitos Francos.

Ver otros libros recomendados.






Cuantos certificados de firma electrónica puedo o debo tener?

25 09 2007

Una de las preguntas que con más frecuencia me suelen plantear en los distintos eventos en los que suelo intervenir es:

Ya sé lo que es la firma electrónica, e incluso ya tengo un certificado de la FNMT, pero… necesito obtener otro certificado para uso empresarial?

Es cierto que recibimos mucha información y que oímos hablar continuamente de los distintos Prestadores de Servicios de Certificación que ofrecen certificados electrónicos, sin embargo, cada uno suele aportar un valor añadido diferente a sus certificados que los diferencia de los demás.

Así, por ejemplo, los de la FNMT-RCM, son gratuitos y van enfocados principalmente a su utilización ante las distintas Administraciones Públicas, aunque también se puede utilizar con otro tipo de entidades que se pueden consultar en la propia web (Ver relación).

Similar al anterior es el certificado que va incluído en el DNI electrónico, gratuíto también (si obviamos la tasa que hay que abonar por su renovación), que permite trabajar con todas las Administraciones Públicas del Estado, tanto las de ámbito estatal, como a nivel de Autonómico y Local.

Otros, como los que expide el Consejo General de la Abogacía (ACA), son gratuítos para los abogados colegiados, y permiten su utilización por este colectivo de profesionales en sus relaciones con los Tribunales.

En el mundo de la empresa, encontramos certificados como los que ofrece Camerfirma (Entidad certificadora de las Cámaras de Comercio), que los están otorgando de forma gratuíta y que pueden utilizarse con las Cámaras de Comercio para la realización de trámites como, por ejemplo, la gestión de certificados de origen para las exportaciones, o, su empleo en las siguientes plataformas gratuitas:

  • Plataforma de factura electrónica
  • Software de firma de escritorio
  • Plataforma de firma de actas
  • Servicio de sellado de tiempo
  • Plataforma de notarización de eventos electrónicos y custodia.

Si bien, debo mencionar que los Prestadores de Servicios de Certificación suelen contactar con las distintas Administraciones Públicas que disponen de oficinas virtuales, empezando siempre primero con la Agencia Tributaria, para que les homologuen sus certificados y, de esta manera, cualquier usuario de sus certificados electrónicos, puedan también utilizarlos con la AEAT, sin tener que cambiar de certificado.

Por último, y en respuesta a la pregunta con la que titulo este post, cualquier persona puede obtener de distintos certificados electrónicos, siempre que correspondan a entidades de certificación diferentes. Además, una persona física puede disponer de varios certificados correspondientes a un mismo Prestador de Servicios de Certificación, siempre que éstos sean:

  • Uno de ellos de persona física, y
  • Otro, de persona jurídica, en el cual figure como representante legal o voluntario de dicha entidad.

Por tanto, en ningún caso una persona física puede tener dos certificados electrónicos de persona física de un mismo Prestador de Servicios de Certificación. En cambio, una persona jurídica sí puede disponer de múltiples certificados de un mismo Prestador, siempre y cuando en cada uno de ellos figure como representante legal o voluntario una persona física diferente.

La empresa Albalia Interactiva, que preside mi querido amigo Julián Inza, ofrece gratuitamente certificados electrónicos de prueba para ir familiarizándose con esta fundamental herramienta, así como un programa de firma de escritorio, muy similar al que ofrece Camerfirma, que permite firmar electrónicamente ficheros ofimáticos.






Información tributaria y aduanera a través de A2C

26 07 2007
a2c.jpg

Uno de los mayores problemas con los que se encuentran asesores fiscales responsables de temas fiscales en las empresas es la de poder estar al día ante la publicación de una ingente cantidad de normas y procedimientos a las que el Derecho Tributario y Aduanero nos tiene acostumbrados.

El acercamiento de la tecnología a la gestión de los tributos no ha hecho más que agravar esta situación. Cada día aparecen nuevos trámites y gestiones que se van incorporando en las oficinas virtuales de las distintas Administraciones Tributarias, y que muy pocos pueden conocer, pues, en la gran mayoría de los casos no disponen de tiempo para visitar todas los Websites de las Administraciones relacionadas con su trabajo. Esta situación perjudica enormemente a contribuyentes en general y, de manera particular a asesores, ya que esta falta de conocimiento les supone seguir utilizando técnicas o procedimientos antiguos basados en sistemas tradicionales e incluso artesanales, que podrían realizar cómodamente en unos segundos si conocieran y utilizaran los procedimientos telemáticos.

Con la idea de solventar esta situación nació el “Servicio de Boletines Electrónicos A2C” de la Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla; un servicio se encuadra dentro de los servicios de asistencia y ayuda al contribuyente, que consiste en el envío de boletines electrónicos de actualidad tributaria, aduanera y en materia de nuevas tecnologías a través de correo electrónico a todos los contribuyentes que deseen recibirlo y de manera totalmente gratuita.

Este servicio inicialmente se realizó desde la Administración de la AEAT en Osuna (Sevilla) hasta el mes de marzo de 2001 bajo el nombre de Urso~Net, fecha en que pasó a prestarse desde la Delegación provincial de la A.E.A.T. de Sevilla, tras superarse con éxito la etapa de su implantación por dicha Administración y haberse consolidado en el tiempo, momento también en el que cambió su nombre por el de A2C. Desde el mes de octubre de 2003, este servicio se viene prestando con regularidad desde la Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla.

A2C se materializa en la remisión a los destinatarios de diferentes boletines informativos periódicos a través de correo electrónico, que responden a las siguientes características y contenidos:

  • Boletín Serie A, distribuido únicamente a través de correo electrónico de Internet y sus destinatarios exclusivos son los profesionales tributarios pertenecientes al ámbito de Andalucía, Ceuta y Melilla.
  • Boletín serie B, que se dirige a todo tipo de público. A través del mismo se canaliza información muy variada como: disposiciones publicadas en el BOE en materia fiscal, calendario del contribuyente, programas informáticos de ayuda, invitaciones a las distintas sesiones informativas que la referida Delegación Especial organiza periódicamente, relación comentada de las novedades incorporadas en la Página Web de la A.E.A.T., nuevos servicios en relación con la firma electrónica, avisos y noticias de interés general, etc.
  • Boletín serie M, dirigido a los mismos destinatarios que la serie B anterior; que incorpora monográficos sobre temas de actualidad.

El servicio de boletines electrónicos A2C fue en 2002 merecedor del Premio interno a las mejores prácticas de la Agencia Tributaria . Curiosamente, por más que busquemos, no vamos a encontrar información alguna sobre este útil servicio en la Web oficial de la AEAT, a pesar de que, siendo un servicio territorial, cuenta con suscriptores en todas las provincias españolas y en algunos países.

Premio interno a las Mejores Prácticas en la A.E.A.T.

Aquellas personas que deseen consultar los boletines que se van editando, así como todo su histórico desde el año 2005, pueden visitar la página Web de la Cámara de Comercio de Sevilla, que amablemente aloja de forma totalmente desinteresada todos estos contenidos.

Al acceder a través de su opción Enlaces de Interés se llega a la información que se comenta, donde, en primer lugar, se muestra siempre el último boletín editado por la División de Nuevas Tecnologías de la AEAT en Andalucía, responsable de la edición del boletín, y, en el marco izquierdo se muestra información sobre el servicio, así como el enlace a todos los boletines anteriores.

Aquellos contribuyentes que deseen suscribirse gratuitamente a A2C, deben contactar con la División de Nuevas Tecnologías a través de la dirección de correo a2c.andalucia@aeat.es, y para los que no lo hagan, les informo que, desde este blog reproduciré y comentaré las principales novedades que vayan editándose a través de este servicio.