Novedades incorporadas en la oficina virtual del Catastro

8 06 2009

Han sido incorporadas a la Oficina Virtual del Catastro nuevas funcionalidades para mejorar la consulta de información sobre los inmuebles inscritos en la base de datos de la Dirección General del Catastro, así como para la consulta de los resultados de la tramitación de expedientes realizada por entidades colaboradoras en régimen de delegación de competencias. Entre éstos se encuentran:

  • Las notificaciones de revisión enviadas a los ciudadanos como consecuencia de Procedimientos de Valoraciones Colectivas de inmuebles urbanos, que se venían mostrando solamente para usuarios registrados, ahora se muestran también a los titulares de los inmuebles que acceden identificándose con su certificado digital a los datos de dicho inmueble en la OVC. Estos documentos, en formato PDF están accesibles desde la página de la OVC que muestra los datos de un inmueble. También se muestran los acuses de recibo de dichas notificaciones escaneados (la disponibilidad de esta última información depende de Correo Híbrido, de quien depende su custodia).
  • Está disponible la visualización de la cartografía en 3D. Para visualizarla es necesario descargar el plug-in de Google Earth para el navegador o usar directamente la aplicación Google Earth o Google Maps. El acceso a esta funcionalidad se realiza a través del enlace “Cartografía en 3D” de la página de consulta de los inmuebles. Esta funcionalidad está disponible para los usuarios registrados que ya tenían disponible la descarga de FXCC.

Catastro-Google Earth

  • Está disponible para los usuarios registrados de la OVC el acceso al FXCC por plantas y a las fotos de fachada de las fincas. En la pantalla de consulta del inmueble, a través del enlace FXCC, se muestra una pantalla con enlaces para descargar el FXCC de planta general de la finca (ya disponible previamente), el FXCC de planta general de la finca consultada y sus colindantes y, en caso de estar disponibles, el acceso al FXCC por plantas (con información acerca de cada una de las plantas de la finca) y la foto de fachada.
  • Se ha ampliado la funcionalidad de consulta de expedientes catastrales con nuevos criterios de búsqueda. Es posible consultar los expedientes registrados por una entidad filtrando por municipio de alteración del expediente, tipo de expediente y presentador del expediente.
    Este servicio proporciona información del estado consolidado del expediente, así como si existe algún envío de información pendiente de procesar que puede modificar el estado de ese expediente. Se incluye aquí la información de las etapas del expediente, con los documentos generados. En caso de que estos documentos existan en formato PDF, se podrá acceder al documento. También se proporciona información del estado de entrega de la notificación y la fecha de publicación en edicto (en caso de que esta haya sido la vía de notificación).
  • Por último, la D. G. del Catastro pone a disposición de los ciudadanos de los ciudadanos autentificados mediante certificado digital, un nuevo servicio que permite la consulta masiva de datos catastrales no protegidos (todos salvo titularidad y valor catastral) en base a un fichero en formato XML con los da tos que se desean consultar. Accediendo a la OVC como titular catastral, autentificándose con el certificado digital X509, se puede encontrar amplia información sobre este servicio.



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Se publica la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2009

30 12 2008

e-administracion.jpgEn el B.O.E. del 24 de diciembre se ha publicado la Ley 2/2008, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2009.

Las medidas que incluye en materia tributaria, agrupadas por Impuestos, las podemos resumir en las siguientes:

IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS

En relación con las transmisiones de bienes inmuebles no afectos a actividades económicas, se incluye la actualización de los coeficientes correctores del valor de adquisición al 2 por ciento.

Se modifica el artículo regulador de las normas aplicables en la tributación conjunta con el fin de que el importe a computar como mínimo del contribuyente sea el mismo en tributación individual y conjunta.

Se eleva el límite excluyente de la obligación de declarar aplicable a los rendimientos íntegros del trabajo cuando, entre otros supuestos, se perciban de varios pagadores, como consecuencia de la incorporación de la nueva deducción por obtención de rendimientos del trabajo o de actividades económicas, regulada en el artículo 80 bis de la Ley del Impuesto.

Además, dos disposiciones transitorias regulan las compensaciones por la pérdida de beneficios fiscales que afectan a determinados contribuyentes con la vigente Ley del IRPF: los adquirentes de vivienda habitual y los perceptores de determinados rendimientos del capital mobiliario con período de generación superior a dos años en 2008 respecto a los establecidos en la normativa del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas vigente hasta 31 de diciembre de 2006.

IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES

Se procede a la actualización de los coeficientes aplicables a los activos inmobiliarios, que permite corregir la depreciación monetaria en los supuestos de transmisión.

Se recoge también la forma de determinar los pagos fraccionados del Impuesto durante el ejercicio 2009.

TRIBUTOS LOCALES

Se actualizan los valores catastrales de los bienes inmuebles en un 2 %.

IMPUESTO SOBRE TRANSMISIONES PATRIMONIALES Y ACTOS JURÍDICOS DOCUMENTADOS

Se procede a actualizar la escala que grava la transmisión y rehabilitación de Grandezas y Títulos Nobiliarios al 2 %.

TASAS

Se actualizan, con carácter general, al 2 % los tipos de cuantía fija de las tasas de la Hacienda estatal, excepto las tasas que se hayan creado o actualizado específicamente por normas dictadas en el año 2008.

La tasa por reserva del dominio público radioeléctrico se actualiza, como media, al 1,8 %.

Se reduce la cuantía fija de las tasas por publicación de anuncios en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín Oficial del Registro Mercantil», así como la de la tasa aplicable al procedimiento de modificación de la autorización ya otorgada de apertura de una entidad elaboradora de productos zoosanitarios.

Se produce una reordenación de las tasas de la Jefatura Central de Tráfico y se incrementan las tasas del Ministerio del Interior relativas a la expedición del Documento Nacional de Identidad y del pasaporte y de determinados documentos en materia de inmigración y extranjería.

También se elevan, en un 3 %, las tasas aeroportuarias, salvo la de seguridad aeroportuaria, cuyo aumento es de un 7 %.

Se mantienen, en cambio, para el ejercicio 2009, los tipos y cuantías fijas establecidas para las tasas que gravan los juegos de suerte, envite o azar, en los importes exigibles durante 2008.

IMPUESTOS ESPECIALES

De acuerdo con los trabajos llevados a cabo por la Mesa de fiscalidad agraria, y siendo previsible que el nivel medio de los precios del gasóleo utilizado en la agricultura y ganadería en el periodo que discurre entre el 1 de octubre de 2007 y el 31 de diciembre de 2008 excederá el nivel medio alcanzado por dichos precios en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2004 y el 31 de diciembre de 2005, incrementado en el índice de precios en origen percibidos por el agricultor, se establece la previsión correspondiente en relación con la devolución del Impuesto sobre Hidrocarburos soportado por los agricultores en sus adquisiciones de gasóleo en el periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2007 y el 31 de diciembre de 2008.

INTERÉS LEGAL Y DE DEMORA

El interés legal del dinero queda establecido en el 5,5 % para el año 2009.
El interés de demora a que hace referencia el artículo 26.6 de la Ley General Tributaria, se fija en el 7 %.






Publicadas en el B.O.E. diversas normas de carácter tributario

18 12 2008

boe.jpgRecientemente se han publicado en el B.O.E. diversas normas de carácter tributario que, por su interés, reproduzco a continuación:

ORDEN EHA/2816/2008, de 1 de octubre, de modificación de la Orden EHA/3188/2006, de 11 de octubre, por la que se determinan los módulos de valoración a efectos de lo establecido en el artículo 30 y en la disposición transitoria primera del Texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo (B.O.E. del 9).

RESOLUCIÓN de 24 de septiembre de 2008, del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, por la que se establece la aplicación del procedimiento para la presentación de la autoliquidación y las condiciones para el pago por vía telemática de la tasa por examen y expedición de certificados de calificación de películas cinematográficas (B.O.E. del 18 de octubre).

ORDEN EHA/3525/2008, de 20 de noviembre, por la que se establece el procedimiento para la declaración de la exención del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de determinados premios literarios, artísticos o científicos (B.O.E. del 5 de diciembre).

CORRECCIÓN de errores del Real Decreto 1804/2008, de 3 de noviembre, por el que se desarrolla la Ley 36/2006, de 29 de noviembre, de medidas para la prevención del fraude fiscal, se modifica el Reglamento para la aplicación del régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, aprobado por el Real Decreto 1270/2003, y se modifican y aprueban otras normas tributarias (B.O.E. del 17 de diciembre).






Regulado el régimen de funcionamiento de la Oficina Virtual del Catastro y los Puntos de Información Catastral (PIC)

12 12 2008

En el B.O.E. del pasado 8 de diciembre se ha publicado la Resolución de 24 de noviembre de 2008, de la Dirección General del Catastro, por la que se aprueba el régimen de funcionamiento de la Oficina Virtual del Catastro (OVC) y de los Puntos de Información Catastral (PIC).

El objeto de la misma ha sido el de regular las condiciones de prestación de los servicios que ofrece la OVC directamente al usuario, así como los prestados a través de los PIC instalados en las Administraciones, entidades y corporaciones públicas autorizadas.

De esta manera, se han regulado los siguientes servicios que se pueden prestar a través de la OVC:

  • Servicio de consulta a datos catastrales no protegidos.
  • Servicio de consulta y certificación de datos catastrales protegidos.
  • Servicio de suministro de información inmobiliaria y catastral.
  • Servicio de registro y tramitación de procedimientos catastrales.
  • Servicio de consulta del estado de tramitación de procedimientos catastrales.
  • Servicio de solicitud de asignación de referencia catastral provisional.
  • Servicio de comprobación de certificados catastrales.
  • Servicio de consulta de accesos.
  • Servicio de consulta de las fechas de las alteraciones catastrales.
  • Servicio de registro de usuarios.

Asimismo, se han recogido los distintos requisitos que han de cumplir los usuarios para el acceso a los servicios dependiendo de su modalidad y la gestión de los accesos de cada uno de éstos.

Los usuarios que, de acuerdo con dicha norma tienen acceso a la información catastral, son:

  • Los propios titulares catastrales.
  • Los órganos judiciales y, en particular, los Juzgados y Tribunales, así como el Ministerio Fiscal.
  • Los órganos de las Administraciones, entidades y corporaciones públicas a que se refiere el artículo 53.2 del texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario.
  • Los notarios y registradores de la propiedad.
  • Cualquier interesado, respecto de la posibilidad de obtener un certificado acerca de la circunstancia de no figurar como titular catastral de bienes inmuebles en la Base de Datos Nacional Catastral.

Se derogan las resoluciones de la Dirección General del Catastro de 28 de abril de 2003 y de 29 de marzo de 2005, por las que se aprobaron, respectivamente, los programas y aplicaciones informáticas necesarios para la consulta y la certificación de información catastral telemáticamente, así como el régimen de establecimiento y funcionamiento de los Puntos de Información Catastral.






La Confederación de Empresarios de Málaga presenta la guía formativa “Servicios Virtuales de las Administraciones Públicas”

30 10 2008

Ayer día 29 de octubre, la Confederación de Empresarios de Málaga (CEM) presentó en su sede una guía multimedia sobre Servicios Virtuales de las Administraciones Públicas que tuve el honor de presentar. La inauguración del mismo así como las palabras de bienvenida e introducción corrieron a cargo de D. Javier González de Lara, Vicepresidente Ejecutivo de la Confederación. Tras su intervención realicé un recorrido sobre los fundamentos jurídicos y prácticos de la e-Administración y en la Agencia Tributaria como referente en esta materia, así como sus implicaciones y aplicación práctica en el mundo de la empresa, que fue acompañada en todo momento de un recorrido visual de la guía mediante proyección simultánea.

Esta guía está disponible en formato CD, es totalmente gratuita y versa sobre los siguientes contenidos:

  • La e-Administración: antecedentes y fundamentos.
  • Identificación electrónica: certificados de usuario y firma y DNI electrónicos.
  • Procedimiento administrativo electrónico: certificados, registros y notificaciones electrónicos.
  • La Administración Pública virtual:
    • Servicios de la Administración Central en la Red.
    • Servicios de la Junta de Andalucía en la Red.
    • Entidades locales: los Ayuntamientos y la Diputación de Málaga.

De una manera muy clara y didáctica ofrece una completa visión sobre la e-Administración en todos sus niveles. Todo ello, adornado, además, con efectos multimedia que incluyen simulaciones de trámites realizados por Internet, imágenes de documentos, gráficos y narraciones explicativas de los distintos procedimientos.

Cada bloque temático incluye también un resumen de los principales contenidos tratados en el mismo, así como un test de autoevaluación, con las explicaciones pertinentes en cada opción correcta.

Como complemento a las distintas unidades didácticas, y en un menú aparte, incorpora un glosario y una recopilación bibliográfica de interés, así como enlaces a las principales sedes electrónicas relacionadas con esta materia y, por último, una recopilación normativa en formato pdf.

Aquellas personas que deseen conseguir uno de estos CD, habrán de dirigirse o contactar con la Confederación de Empresarios de Málaga.

Os dejo a continuación con unas fotos del acto:








Localización de las opciones de configuración en los navegadores

18 09 2008

El principal problema con el que se encuentran los usuarios de la Administración electrónica, y de los medios electrónicos en general es la continua referencia a algunos términos de carácter técnico que se precisan para su utilización. Así encontramos referencias del tipo: ha de activar las cookies, los javascript y las SSL3.

El problema realmente surge cuando, una vez consultados estos conceptos en el Glosario de este blog y entendido su significado, hemos de proceder tal y como requiere el procedimiento en concreto o la sede electrónica sobre la que deseamos trabajar y desconocemos cómo hacerlo o donde encontrar las correspondientes opciones.

A tal fin, incluyo a continuación una cuadro con las indicaciones descriptivas de la ublicación de las distintas opciones, así como la forma de activar o desactivar las principales funciones que habremos de utilizar:

Opción del navegador Ruta de localización
Versión del programa Ayuda » Acerca de Internet Explorer, de Netscape o de Mozilla.
Intensidad de cifrado Ayuda » Acerca de Internet Explorer, y aparece justo debajo la versión del programa.
Dirección web para actualizar el cifrado a 128 bits en Internet Explorer: http://www.microsoft.com/spain/windows/ie/download/128bit/intro.mspx
Java
  • Para comprobar si se tiene instalada la plataforma Java: Panel de control » Agregar o quitar programas » Debe aparecer entre otros: Java 2 Runtime Environment, SE v1.4.2_06 (el nº de versión puede cambiar)
  • Usuarios de Internet Explorer 5.x: Herramientas » Opciones de Internet » Seguridad » Internet » Nivel personalizado » Automatización » Automatización de los subprogramas de Java » Activar
  • Los usuarios de Internet Explorer, además, tendrán que activar: Herramientas » Opciones de Internet » Opciones Avanzadas » Java Sun » Activar casilla de verificación Utilizar Java
  • Usuarios de Netscape 4.x: Edición » Preferencias » Avanzadas » Habilitar o Activar Java
  • Usuarios de Mozilla 1.7.5: Edición » Preferencias » Avanzadas » Habilitar Java
  • Usuarios de Mozilla Firefox 1.5: Herramientas » Opciones » Características Web o Contenido » Habilitar o Activar Java
JavaScript
  • Usuarios de Internet Explorer: Herramientas » Opciones de Internet » Seguridad » Internet » Personalizar nivel » Automatización » Automatización de los subprogramas de Java » Activar
  • Usuarios de Netscape: Edición » Preferencias » Avanzadas » Activar Javascript para Navegador
  • Usuarios de Mozilla: Edición » Preferencias » Cuadro de dialógo Avanzado » Script & Plugins » Habilitar JavaScript para Navegador
  • Usuarios de Mozilla Firefox: Herramientas » Opciones » Características Web o Contenido » Habilitar o Activar Javascript
SSL2 y SSL3
  • Usuarios de Internet Explorer: Herramientas » Opciones de Internet » Opciones Avanzadas » Seguridad » Usar “SSL 2.0 y 3.0”
  • Usuarios de Netscape: Edición » Preferencias » Privacidad & Seguridad » SSL » Activar “Habilitar SSL versión 2” y “Habilitar SSL versión 3”.
  • Usuarios de Mozilla Firefox: Herramientas » Opciones avanzadas » Usar o Habilitar SSL 2.0 y SSL 3.0
Cookies
  • Usuarios de Internet Explorer 5.x: Herramientas » Opciones de Internet » Seguridad » Internet » Personalizar Nivel » Cookies » Permitir que se almacenen en el equipo
  • Usuarios de Internet Explorer 6.x: Existen 2 opciones:
    • Si se desea aceptar cualquier Cookie: Herramientas » Opciones de Internet » Privacidad » Opciones avanzadas » Sobreescribir administración automática de Cookies » Aceptar Cookies de origen y de terceros » Aceptar siempre Cookies de sesión.
    • Si se desea aceptar sólo Cookies del servidor AEAT: herramientas » Opciones de Internet » Privacidad » Editar » Escribir www.aeat.es y permitir guardar las Cookies. Repetir este paso con las direcciones aeat.es, www1.aeat.es, www2.aeat.es, www3.aeat.es, www4.aeat.es y www5.aeat.es
  • Usuarios de Netscape 4.x: Edición » Preferencias » Privacidad & Seguridad » Cookies » Aceptar todas las Cookies o Activar Cookies en función de la configuración de privacidad.
  • Usuarios de Mozilla: Edición » Preferencias » Privacidad & Seguridad » Cookies » Deseleccionar bloquear Cookies
  • Usuarios de Mozilla Firefox: Herramientas » Opciones » Privacidad » Cookies » Habilitar o Activar Cookies
Controles ActiveX Usuarios de Internet Explorer: Herramientas » Opciones de Internet » Seguridad » Personalizar nivel » Controles y complementos de ActiveX:

  • Descargar los controles no firmados para ActiveX » Pedir datos
  • Ejecutar controles y complementos de ActiveX » Activar
Aplicación Ruta de localización
Máquina Virtual Java Botón Inicio » Configuración » Panel de Control » Agregar o quitar programas. Si estuviera instalada, entre los programa mostrados figurará el siguiente: Java 2 Runtime Environment SE v1.6







Novedades en la oficina virtual del Catastro

27 08 2008

La Oficina Virtual del Catastro dispone de una nueva funcionalidad que proporciona, de momento sólamente a entidades locales (ayuntamientos y diputaciones) y a los usuarios de gerencias del Catastro, información de los expedientes catastrales asociados a los inmuebles y fincas que hayan sido registrados de 2003 en adelante.

En la pantalla de consulta de datos catastrales de los usuarios registrados de los tipos mencionados, pueden aparecer dos nuevos enlaces: “Expedientes asociados al inmueble” y “Expedientes asociados a la finca”.
A partir del primero se obtiene un listado de expedientes jurídicos del inmueble, y a partir del segundo, los expedientes asociados a la finca.

De cada expediente se pueden consultar los siguientes datos:

  • Fecha de cierre
  • Referencias afectadas
  • Presentador, y
  • Etapas.

Para las etapas que tengan documentos asociados (la etapa aparece subrayada) se puede ver información del documento (número, NIF del destinatario y tipo de documento), y en caso de estar disponible en formato PDF, se muestra un enlace para descargarlo. Asimismo, si existe acuse de recibo, se muestra un enlace para descargarlo desde el servicio que proporciona Correo Híbrido.






Nuevos servicios en la web del Catastro

7 08 2008

El portal que la Dirección General del Catastro tiene en Internet ha sido modificado recientemente. Entre las principales novedades de esta nueva versión se encuentra la incorporación de un localizador de inmuebles y en la sistematización de la oferta de medios (electrónico, telefónico y presencial) puestos a disposición de los ciudadanos para el acceso a los servicios catastrales.

De este modo, el usuario puede elegir entre:

  • El acceso electrónico a los datos a través de la Oficina Virtual del Catastro
  • La realización de una llamada telefónica a la Línea Directa del Catastro (902 37 36 35), o
  • La selección de una oficina donde acceder de manera presencial a los servicios, sea ésta alguna de las 52 Gerencias o Subgerencias del Catastro o bien alguno de los más de 3.000 Puntos de Información Catastral que hoy salpican nuestra geografía nacional.

El localizador de inmuebles permite al usuario la visualización de cualquier parcela sobre la cartografía catastral o sobre otros visores de información territorial, con la simple consignación de la referencia catastral del inmueble (1), posibilitando alternativamente su identificación mediante un acceso directo a la sección que a tal fin ofrece la Oficina Virtual del Catastro (2).

Asimismo se han modificado las aplicaciones, de forma que las certificaciones descriptivas y gráficas de la Oficina Virtual incluyen, dentro del anexo de colindantes, información del domicilio fiscal del titular principal de las fincas colindantes.





Instalados puestos automáticos de información en las Gerencias del Catastro

19 06 2008

En las Gerencias y Subgerencias del Catastro se han instalado puestos automáticos de información en los que los ciudadanos pueden acceder libremente a la página web de la Dirección General del Catastro y a los datos catastrales no protegidos, que incluye la cartografía catastral de los cerca de 75 millones de inmuebles inscritos en el Catastro.

También se podrá acceder a los datos protegidos de los inmuebles de los que figuren instritos como titulares si acreditan su identidad mediante la inserción en el puesto automático de su DNI electrónico.

Este servicio se completa con la posibilidad de obtener una copia impresa de la información que se consulte y, en su caso, de la certificación solicitada.






Nuevos servicios incorporados en la Oficina Virtual del Catastro

7 05 2008

La Oficina Virtual del Catastro (OVC) incorporó hace varios meses el medidor de distancias y superficies, y ha dado un nuevo paso con la posibilidad de añadir como capa de fondo de la cartografía catastral alguna de las series de ortofotografías disponibles, entre las que se encuentra la que aporta el Plan Nacional de Ortofotografías Aéreas (PNOA).

El servicio es de libre acceso para cualquier usuario, al igual que el superposición de los planos de valores catastrales zonales de las ponencias de valores aprobadas en los últimos años sobre la cartografía catastral de la OVC o sobre Google Earth.






Internet y las obligaciones tributarias

15 04 2008

Con este título escribí recientemente un artículo publicado el nº de marzo de la revista Ideas&Negocios que os voy a reproducir a continuación por el interés que creo tiene para todos los lectores de este blog.

“Las nuevas tecnologías y en particular Internet han supuesto un cambio revolucionario en nuestros hábitos, en nuestra forma de trabajar e incluso en nuestro ocio. Hoy es impensable lo que hace poco era habitual, por ejemplo, trabajar sin ordenador y sin correo electrónico.

Internet se ha convertido en el mundo de la empresa en una herramienta, cuando menos, imprescindible, pues a través de este medio se pueden realizar múltiples gestiones en muy breve espacio de tiempo y con todas las garantías de seguridad técnicas y jurídicas que nos proporcionan mecanismos como el de la firma electrónica.

Sin duda uno de los servicios públicos que ha sabido aprovechar las ventajas del uso de las nuevas tecnologías y ofrecer así un buen servicio al ciudadano es la Agencia Tributaria, quien, desde fecha muy temprana, fue introduciendo en nuestras empresas casi sin darnos cuenta el concepto de e-Administracion o Administración electrónica, con el que se pretende que el ciudadano acceda a la información y realice gestiones desde casa, desde la oficina o desde cualquier lugar del planeta y, en cualquier caso, sin tener que personarse en ninguna ventanilla, terminando así con la burocracia y con el suplicio que supone la personación en cualquier oficina.

No obstante, este servicio público a través de Internet ha dejado de ser exclusivo de la Agencia Tributaria; cada vez son más las Administraciones que ofrecen servicios telemáticos a través de sus páginas web, como: la Seguridad Social, Ministerios, Comunidades Autónomas, Ayuntamientos, Diputaciones, etc.

La e-Administración ha pasado de ser algo potestativo de las Administraciones Públicas, a constituirse como un derecho de los ciudadanos, mediante el cual pueden exigir a las Administraciones el poder realizar trámites a través de la Red mediante el uso de los procedimientos telemáticos las 24 horas del día, los 365 días del año.

VENTAJAS DE LA ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA PARA LAS EMPRESAS

Todas las encuestas realizadas hasta el día de hoy sobre los servicios administrativos públicos a través de Internet arrojan unos resultados muy positivos sobre la calidad de los mismos y, más de la mitad de los encuestados que los han utilizado alguna vez, afirman estar muy satisfechos. De éstos, la mayoría admiten incluso que los recomendarían a otras personas.

Sin duda, son muchas las ventajas que proporcionan las nuevas tecnologías a las pymes, aunque destacan de manera especial el ahorro económico y el ahorro del tiempo. La utilización de los servicios telemáticos evita la compra de papel, la impresión de documentos y suprime los desplazamientos a las Administraciones para la presentación de impresos, modelos, escritos, reclamaciones o declaraciones. Gestiones como el pago de impuestos y tasas o la solicitud de certificados de estar al corriente en las obligaciones fiscales a efectos de contratación, petición de subvenciones u obtención de tarjetas de transporte son algunos de los trámites habituales que diariamente realizan las empresas que también pueden efectuarse por medios telemáticos.

Para dar garantía a todos estos servicios y operar en un entorno de seguridad jurídica, la implantación de una verdadera e-Administración requiere la correspondiente habilitación normativa así como la regulación de los nuevos procedimientos que permitan realizar trámites a través de Internet y que cada día se van incorporando al acerbo normativo. Entre las innumerables normas que otorgan seguridad jurídica a los diferentes trámites que podemos realizar a través de Internet, destacan la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el Real Decreto 263/1996, de 16 de febrero, que regula la utilización de las técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas por la Administración General del Estado, la Ley 24/2001, de 27 de diciembre, de Medidas fiscales, administrativas y del orden social, que introdujo la figura de los registros telemáticos, la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, respecto de los procedimientos tributarios y, por último, la reciente Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.

Aunque son muchos ya los usuarios que han sabido aprovechar las ventajas de Internet para la realización de todo tipo de gestiones administrativas, sin embargo, un porcentaje aún bastante grande constituido fundamentalmente por pymes y micropymes se resisten a su utilización. Dicha actitud se debe, en unos casos, a la falta de información, y en otros, a la desconfianza por motivos de seguridad.

Recuerdo que un día, en plena Campaña de Renta me telefoneó un asesor fiscal para decirme: “tú sabes que he asistido a todos los seminarios y sesiones que has impartido sobre la presentación telemática de declaraciones pero, unas veces por falta de tiempo y otras por miedo a enfrentarme con algo nuevo, no ha sido hasta hoy que acabo de realizar mi primera declaración de Renta por Internet. Te comunico que desde este mismo momento me olvido del papel”.

Es cierto que utilizar los medios telemáticos lleva consigo un importante ahorro de costes, pero no debemos olvidar otro ahorro, no menos importante, que constituye un bien escaso y más apreciado en ocasiones que el propio dinero: el tiempo.

En relación al otro motivo citado anteriormente, el de la desconfianza, estoy convencido que si el mundo de las pymes conociera las herramientas que proporcionan seguridad a la hora de llevar a efecto a través de Internet gestiones telemáticas, las pondrían en uso inmediatamente. No sólo para la realización de trámites con las Administraciones Públicas, sino incluso dentro de sus propias empresas así como en las relaciones con sus clientes y proveedores. Entre estas herramientas, las más destacables son sin duda la denominada firma electrónica y los certificados digitales, que comento a continuación.

LA FIRMA ELECTRÓNICA Y LOS CERTIFICADOS DIGITALES

La firma electrónica se constituye como una herramienta basada en un sistema de claves (pública y privada) que podemos definir como el conjunto de datos asociados a una información que se encuentra en formato electrónico y que permite asegurar tanto la identidad del firmante (autenticación) como que no ha existido ninguna manipulación en los datos con posterioridad al momento de la firma (integridad). La firma electrónica avanzada tiene, además, atribuida validez probatoria en caso de juicio.

Por otra parte, los certificados electrónicos o digitales son registros electrónicos generados por una Autoridad de Certificación que atestiguan que una clave pública pertenece a una persona física o jurídica y sirven para evitar que alguien utilice una clave falsa haciéndose pasar por otro. Son por tanto, como un pasaporte electrónico que permite identificarse en Internet e intercambiar información con otras personas con la garantía de que únicamente el propietario del mismo y su interlocutor pueden acceder a ella.

Los certificados digitales presentan varias funcionalidades. La principal es la de generar la firma electrónica de su titular para ser incorporada en determinados elementos: formularios electrónicos, correos electrónicos, declaraciones tributarias, facturas, contratos mercantiles o cualquier otro tipo de documento que se encuentre en formato electrónico.

Por tanto, podemos concretar que una firma electrónica es algo inmaterial y un certificado digital es el que tramitamos ante cualquier Autoridad de Certificación que será el que genere nuestra firma electrónica cuando se lo indiquemos.

En la actualidad existen más de veinte Autoridades de Certificación o Prestadores de Servicios de Certificación acreditados que expiden certificados digitales. Por ello, será necesario consultar las oficinas virtuales de las distintas Administraciones electrónicas para ver con cual de ellos podremos operar en ella. Entre las Autoridades Certificadoras acreditadas destacan: la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, Autoridad de Certificación de la Abogacía, Camerfirma, Firmaprofesional, ANCERT, la Generalitat Valenciana y ANF; en cuyas respectivas páginas web se ofrece información sobre la tramitación de sus certificados.

TRÁMITES ADMINISTRATIVOS QUE SE PUEDEN LLEVAR A EFECTO POR INTERNET

Muchos son los trámites que podemos llevar a cabo por vía telemática ante diferentes Administraciones. Los más sencillos de ellos se pueden realizar, incluso, sin firma electrónica, aportando algún tipo de dato del que sólo disponga el propio interesado, como: el importe de una determinada casilla de una declaración tributaria, el importe a devolver, un código previamente facilitado, etc.

Para la gran mayoría de los trámites se requiere el uso de la firma electrónica anteriormente comentada de forma que permita garantizar adecuadamente la identidad del interesado. Entre los trámites que requieren de esta fundamental herramienta se encuentran:

  • Trámites tributarios, como: presentación de todo tipo de declaraciones fiscales, informativas y estadísticas, obtención de certificados tributarios, pago de impuestos, consulta de deudas, solicitudes de aplazamientos y fraccionamientos de deudas, presentación de escritos, reclamaciones, quejas, denuncias, etc.
  • Trámites catastrales: obtención de certificados con información catastral sobre bienes de naturaleza rústica y urbana, incluida la cartografía.
  • Trámites estadísticos, como: la obtención de certificados del IPC.
  • Trámites laborales ante la Seguridad Social, como: presentación de partes de accidentes, obtención de la vida laboral, etc.
  • Otras gestiones como: Tramitación de licencias y permisos, solicitud de participación en convocatorias públicas, contratación, participación en subastas públicas, solicitud de ayudas y subvenciones, etc.

Expuestas las bondades de la utilización del sistema de presentación telemática procede ahora indicar los posibles problemas con los que se puede encontrar el usuario de la Administración electrónica. En la mayoría de los casos, los errores que pueden producirse se deberán a una incorrecta configuración del ordenador, por ello, debemos consultar previamente los requisitos técnicos que se indican en cada una de las sedes electrónicas de las Administraciones Públicas, porque, además, es frecuente que encontremos diferentes requisitos entre unas y otras. El consejo que les puedo ofrecer desde estas líneas es que utilicen las últimas versiones de los programas, navegadores, lectores de ficheros en formato pdf,… y, si siguen teniendo algún tipo de problema con la configuración de su ordenador, utilicen los distintos servicios de ayuda que ofrecen todas las Administraciones.

Por último, para los no iniciados en este tipo de trámites, la Agencia Tributaria ofrece en su oficina virtual unos simuladores que permiten descargarse ficheros de pruebas de diferentes modelos de declaraciones y poder así simular una presentación telemática, todo ello en un entorno de pruebas.”







Nuevo procedimiento de suministro de información relativa a bienes inmuebles objeto de concesiones administrativas

2 04 2008

direccion-general-catastro.gifEn el B.O.E. del pasado viernes 28 de marzo se ha publicado la Orden EHA/821/2008, de 24 de marzo, por la que se establecen las condiciones del suministro de la información relativa a los bienes inmuebles de características especiales objeto de concesión administrativa.

En esta Orden se desarrolla la obligación tributaria que tienen los concesionarios de inmuebles de características especiales en los que concurran varios concesionarios, de formalizar declaraciones relativas a las alteraciones susceptibles de inscripción catastral. En concreto, establece las especificaciones del contenido de la información a remitir, así como las relativas al momento, el medio y el formato electrónico de suministro correspondiente.






Orden EHA/3011/2007, sobre normas de valoración de inmuebles

23 01 2008

El pasado 17 de octubre se publicó en el B.O.E. la Orden Ministerial 3011/2007, de 4 de octubre, que modificó la Orden Ministerial 805/2003, de 27 de marzo, sobre normas de valoración de bienes inmuebles y de determinados derechos para ciertas finalidades financieras.

Entre otras novedades, la Orden introdujo la necesidad de incluir la información catastral descriptiva y gráfica del inmueble acreditativa de sus características físicas entre los documentos precisos para la determinación del valor de tasación a efectos hipotecarios.

Únicamente a modo de recordatorio para los lectores de este blog, informo que desde que el pasado mes de abril está disponible en la oficina virtual del Catastro la consulta descriptiva y gráfica de bienes catastrales, en la que se excluyen los datos de carácter personal y en la que se recogen los datos demandados en la anterior Orden 3011/2007.

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Servicio de alerta de novedades en la Oficina Virtual del Catastro

11 01 2008

Ha sido puesto en marcha un nuevo servicio da alerta para informar a quienes se suscriban de las novedades que vayan incorporándose a la Oficina Virtual del Catastro y de noticias relacionadas.

El servicio se fundamenta en tecnología RSS y para su prestación requiere que el usuario disponga de un programa lector o agregador, de los que se ofrece información en el propio servicio de suscripción.

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Fuente: Dirección General del Catastro.






Etiquetas catastrales

12 12 2007

La aprobación de la Ley 36/2006, de 29 de noviembre (B.O.E. del 30), de medidas para la prevención del fraude fiscal, supuso un nuevo hito en el camino emprendido por el Gobierno para acabar con los comportamientos defraudatorios en materia tributaria mediante la incorporación de mecanismos de control de carácter anticipatorio.

En el ámbito catastral, esta nueva normativa ha introducido diversas novedades, entre las que destaca, la obligación de incorporar la referencia catastral a los contratos de suministro eléctrico y de arrendamiento o una nueva consideración del suelo urbano a efectos catastrales.

Bajo esta premisa, la oficina virtual del Catastro ofrece desde finales de 2006 la posibilidad de imprimir etiquetas que incorporan las referencias catastrales de los inmuebles, que, al igual que las identificativas de personas físicas y jurídicas, incorporan un código de barras que permite su captura mediante un lector óptico estándar y se completa con información sobre su identificación postal así como sobre su uso o aprovechamiento.

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Estas etiquetas adhesivas servirán como aportación catastral en todos aquellos documentos y declaraciones fiscales o administrativas en que el interesado resulte obligado a comunicar, evitando así errores de transcripción tanto en la cumplimentación del documento como en la ulterior captura de información en la correspondiente administración.