Gran éxito de participación en la Jornada sobre Novedades Fiscales 2010 en la Cámara de Comercio de Sevilla

15 12 2009

Ayer se celebró en la Cámara de Comercio de Sevilla la Jornada Informativa de Actualización Empresarial: Fiscalidad de Productos financieros y Novedades, que contó con una gran afluencia de público (190 asistentes).

En la presentación del acto intervinieron D. Francisco Herrero, presidente de la Cámara de Comercio de Sevilla, D. Juan Rico, Delegado de la AEAT en Sevilla y D. Aurelio Oñate, Director de Zona de CajaSur.

A continuación, dieron comienzo las ponencias, la primera de las cuales fue la de D. Francisco Pastor Romero, Vocal responsable de Formación y Relaciones Institucionales de la Delegación de Sevilla, que hizo un recorrido por las principales novedades previstas para la Campaña de Declaraciones Informativas 2009, así como otras novedades tributarias contenidas en el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2010.

La segunda parte corrió a mi cargo, y en ella comenté los aspectos informáticos y telemáticos relacionados con la Campaña de Declaraciones Informativas, así como otras novedades en materia de procedimientos electrónicos tributarios, como son el Registro de Apoderamientos Electrónicos y el Sistema de Notificaciones Telemáticas Seguras, figuras que van a ser claves en los próximos meses.

En la tercera y última jornada intervino D. Manuel Carmona, Jefe de Banca Privada de CajaSur, que realizó un exhaustivo análisis de la fiscalidad de los productos financieros.

En definitiva, una interesante jornada que se ha convertido en un referente anual por estas fechas en Sevilla.

Os dejo a continuación con las dos ponencias que utilizamos en nuestras exposiciones los dos representantes de la Agencia Tributaria.


Ponencia de Francisco Pastor Romero


Ponencia de Bartolomé Borrego Zabala


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Ampliación de los contenidos de Ayudas de este blog

17 11 2009

AyudasLa pestaña de “Ayudas” contenida en este blog surgió casi como una necesidad: la de evitar tener que explicar una y otra vez a múltiples personas temas como: la realización de copias de seguridad de certificados digitales, o su restauración, localización del almacén de certificados digitales, etc.

Últimamente, este apartado ha crecido para recoger otro tipo de ayudas relacionadas con las distintas materias que suelo tratar en este blog y que, por si aún no las conocéis, os la reproduzco a continuación:

______________________________________


CERTIFICADOS DIGITALES O ELECTRÓNICOS


PRESENTACIÓN TELEMÁTICA


PROGRAMAS INFORMÁTICOS DE AYUDA


FACTURA ELECTRÓNICA


CONTABILIDAD


INFORMÁTICA


PROTECCIÓN DE DATOS


FEEDS, RSS O SINDICACIÓN DE CONTENIDOS

Suscripción a novedades RSS de los portales:

Lectores de Feeds:

Lectores de Feeds para Pockets PC:


OTRAS UTILIDADES



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Otro intento de Phishing contra la AEAT

2 09 2009

phishing.jpgA través de Pablo López he tenido conocimiento de un nuevo intento de Phishing contra la Agencia Tributaria, hecho sobre el cual no ha habido nota de prensa oficial al respecto.

Este caso es similar al los anteriores, con los mismos errores gramaticales, que ofrece una devolución de impuestos de 186,80 euros y que pide el número de la tarjeta de crédito y su PIN para realizar el ingreso.

Si queréis ver una imagen de la supuesta página a la que conducía el enlace que incluía el correo, podéis encontrarla AQUI.


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Resumen de novedades producidas durante el mes de agosto

1 09 2009

Tras las vacaciones estivales y con el fin de no saturaros de contenidos en un solo día, voy a relacionaros y, en algunos casos, haceros un breve comentario, las principales novedades acaecidas o publicadas en el B.O.E. durante el mes de agosto, y otras novedades procedimentales.

Para facilitar su lectura, os agrupo los contenidos por materias. Tales son:

NOVEDADES EN LA WEB DE LA A.E.A.T.:

En materia de Devolución de IVA a No Establecidos

El próximo 1 de enero de 2010 entrará en vigor la Directiva 2008/9/CE del Consejo, de 12 de febrero de 2008 reguladora del procedimiento de solicitudes de devolución de IVA a los no establecidos. A tal fin, la Agencia Tributaria ha incluído en su web una recopilación de preguntas más frecuentes con las que pretende clarificar las dudas que se están planteando algunos contribuyentes.

En materia de Notificaciones

Os recomiendo echar un vistazo a las notificaciones por comparecencia publicadas durante el més de agosto, que han sido las publicadas en el B.O.E. en las siguientes fechas:

En materia de Aduanas e II.EE.

ORGANIZACIÓN Y ATRIBUCIÓN DE COMPETENCIAS Y REESTRUCTURACIÓN DE DIVERSOS ÓRGANOS

ELIMINACIÓN DE DOCUMENTOS

MEDIDAS URGENTES

Real Decreto-ley 12/2009, de 13 de agosto, por el que se aprueban medidas urgentes para paliar los daños producidos por los incendios forestales y otras catástrofes naturales ocurridos en varias Comunidades Autónomas.

Afecta al IBI, IAE, algunas Tasas e IVA

EMBARGOS TELEMÁTICOS

Resolución de 21 de julio de 2009, de la Tesorería General de la Seguridad Social, por la que se modifica la de 17 de julio de 2001, por la que se dictan instrucciones para efectuar por medios telemáticos el embargo de dinero en cuentas abiertas en entidades de depósito.

La TGSS imita a la AEAT y regula este procedimiento que ha dado buenos resultados.


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El procedimiento de embargo telemático de deudas eleva la cifra de expedición de diligencias a 20.000 euros

27 07 2009

pago-impuestos-electronico.jpgEn estos días hemos visto en todos los medios la noticia de que “Hacienda embargará deudas hasta 20.000 euros“, y es cierto, la norma se ha publicado y está a punto de entrar en vigor. Por ello, y como de costumbre, voy a hacer a incluiros a continuación un breve resumen del procedimiento, tal y como ha quedado.

La norma que ha regulado este nuevo procedimiento es la Resolución de 10 de julio de 2009, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se establece el procedimiento para efectuar por medios telemáticos el embargo de dinero en cuentas abiertas en entidades de crédito para diligencias de cuantía igual o inferior a 20.000 euros.

Como recordaréis, el procedimiento de embargo telemático se reguló por primera vez por Resolución de 23 de junio de 2005, del Departamento de Recaudación de la A.E.A.T. Posteriormente, la Resolución de 14 de diciembre de 2000, de la D.G.A.E.A.T., estableció el procedimiento para efectuar por medios telemáticos el embargo de dinero en cuentas abiertas en entidades de depósito para diligencias de cuantía igual o inferior a 4.000 euros, incluidos recargos, intereses y costas, documentándose tales diligencias a través de EDITRAN.

El satisfactorio funcionamiento del procedimiento motivó la aprobación de la Resolución de 20 de diciembre de 2007, de la D.G.A.E.A.T., que modificó la cuantía de las diligencias de embargo y determinados aspectos de la Resolución de 14 de diciembre de 2000, estableciendo en el procedimiento para efectuar por medios telemáticos el embargo de dinero en cuentas abiertas en entidades de depósito para diligencias de cuantía igual o inferior a 4.000 euros.

En la actualidad el funcionamiento sigue siendo tatisfactorio, por lo que los legisladores han optado por elevar la anterior cifra de 6.000 a 20.000 euros.

Esta nueva Resolución únicamente es aplicable a aquellas actuaciones de embargo que se refieran a las cuentas a la vista y libretas de ahorro abiertas en entidades de crédito, que sean consecuencia de deudas cuya recaudación en período ejecutivo tenga encomendada la A.E.A.T.

Las entidades de crédito interesadas en adherirse a este procedimiento podrán optar por comunicar su adhesión, bien al titular del Departamento de Recaudación de la A.E.A.T., o bien, a través de su respectiva Asociación representativa (Asociación Española de la Banca Privada, Confederación Española de Cajas de Ahorro o Unión Nacional de Cooperativas de Crédito). Las anteriores adhesiones concedidas al amparo de la anterior normativa, transcurridos 15 días naturales desde la publicación de la referida Resolución de 10 de julio de 2009 (6 de agosto), se entenderán adheridas a esta nueva norma.

El procedimiento se inicia en los equipos y unidades de Recaudación de las Delegaciones y Administraciones de la A.E.A.T. que prepararán la información para que el Departamento de Informática de la A.E.A.T. (en adelante DIT) genere un fichero por entidad transmisora con las diligencias de embargo dictadas a nivel nacional, que pondrá a disposición de las entidades de crédito adheridas el último día de cada més o el inmediato hábil posterior cuando aquel resulte inhábil.

Cada entidad transmisora recuperará la información contenida en el fichero de diligencias en el plazo de 2 días hábiles a contar desde el siguiente al de su puesta a disposición.

Antes de las 9 de la mañana del día siguiente a aquel en que la entidad de crédito recupere el fichero de diligencias, deberá efectuarse la retención del importe a embargar si existe saldo suficiente, o el total de los saldos en otro supuesto.

Si en dichas cuentas no existiera saldo disponible que cubra el importe total a embargar, la entidad extenderá el embargo a aquellas otras cuentas a la vista o libretas de ahorro de titularidad del deudor que se encontrasen abiertas en la misma sucursal, hasta un máximo de seis cuentas por diligencia.

En los 4 días hábiles siguientes al de la fecha de recepción del fichero de diligencias, cada entidad transmisora transmitirá al DIT el fichero que contenga la información con el resultado de las trabas.

Dentro de los 2 días hábiles siguientes a la recepción del fichero de trabas, el DIT pondrá a disposición de las entidades transmisoras el resultado de la validación de las trabas, teniendo las entidades 2 días hábiles de plazo para subsanar los errores detectados y transmitir de nuevo dicha información, que una vez sea aceptada, se distribuirá dicha información a las bases de datos de la A.E.A.T.

En el supuesto de que en el plazo de 20 días naturales a contar desde el siguiente al que se produjo la traba fuera necesario levantar total o parcialmente algún embargo, la A.E.A.T. remitirá la correspondiente orden de levantamiento a la entidad de crédito.

La A.E.A.T. deberá poner el fichero con las órdenes de levantamiento de embargo a disposición de las entidades de crédito afectadas por las mismas antes de las 14 horas y 30 minutos del vigésimo día natural contado a partir del siguiente al de la traba.

Cuando la entidad de crédito ostente la condición de colaboradora en la gestión recaudatoria de la A.E.A.T., transcurridos 20 días naturales desde el siguiente a la traba, procederá a abonar en cuenta restringida el importe de los saldos embargados. En los demás casos, efectuará el ingreso de las cantidades embargadas a través de cualquiera de las Entidades de crédito que ostente dicha condición.

Por último, la entrada en vigor de la referida Resolución se producirá el próximo día 1 de agosto de 2009.


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La Agencia Tributaria crea el primer foro tributario de discusión con los grandes contribuyentes

13 07 2009

Personas en grupoLa actualización del Plan de Prevención del Fraude Fiscal llevada a cabo en 2008 ha previsto la puesta en marcha de un novedoso tipo de relación cooperativa con un número reducido de grandes empresas que se va a llevar a cabo en dos fases:

1ª) Mediante la creación de un foro de discusión con los grandes contribuyentes (que acaba de abrirse), como órgano de relación cooperativa para promover una mayor colaboración entre las grandes empresas y la Administración tributaria del Estado, en el que se analizarán por medio de reuniones conjuntas o sectoriales, los principales problemas que se plantean en relación con las grandes empresas y la Administración Tributaria, y en las que se valorará la extensión del modelo de relación cooperativa.

2ª) Posteriormente, con la posible implantación de un marco especial a través del cual la Administración proporcionará un criterio sobre las consecuencias fiscales de sus operaciones a cambio de una total transparencia sobre las mismas.

Por otra parte, el Consejo de Ministros del 14 de agosto de 2008 acordó la aprobación de determinadas medidas a corto plazo que redujeran las cargas administrativas de las empresas, entre las que señalaba precisamente el establecimiento de contactos directos con los Consejos de Administración de las grandes empresas y la creación de un foro de empresas para debatir los temas que más les puedan interesas.

En cuanto a las normas de funcionamiento de este foro, así como los posibles temas a tratar han sido recogidos en un documento, siendo los criterios que subyacen en dichas Normas son los siguientes:

  • El Foro tiene carácter informal, asociativo, flexible y desburocratizado.
  • Funciona en Pleno y en Grupos de trabajo. El Pleno identifica los problemas y adopta los acuerdos y los Grupos de trabajo analizan los problemas y proponen las soluciones.
  • La participación en el Pleno se configura al máximo nivel de representación: Secretario de Estado de Hacienda y Presupuestos y Consejo de Dirección de la AEAT por un lado y miembros de los Consejos de Administración de las empresas por el otro.
  • La participación en los Grupos de trabajo se establece a un nivel más técnico y flexible.

Nos encontramos por tanto con un Foro de encuentro y con una iniciativa que rompe con el modelo tradicional de Administración Tributaria que creo será muy interesante, tanto para las empresas que participen directamente en él, como para aquellas otras que no lo hagan, y que de hecho, ha contado ya con una acogida muy favorable.

En la primera de las reuniones celebrada el pasado día 10 participaron las siguientes empresas:

ACERINOX, ACS, BANCO DE SANTANDER, BBVA, LA CAIXA, CAJA MADRID, CEPSA, COFARES, EL CORTE INGLÉS, ENDESA, FCC, GAS NATURAL, GENERALI ESPAÑA, IBERDROLA, IBERIA, INDITEX, MAPFRE, MERCADONA, MICHELIN, NORFIN HOLDER, RENAULT, REPSOL YPF, SEAT, SIEMENS, TELEFÓNICA, VODAFONE, WAM ACQUISITION.


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La AEAT comunicará por teléfono con los contribuyentes que presenten pequeños errores en sus declaraciones de IRPF

30 04 2009

La Agencia Tributaria va a comunicar por teléfono las pequeñas discrepancias que detecte en las declaraciones de IRPF. De esta manera, los contribuyentes podrán rectificar sus errores u omisiones si están de acuerdo.

Esta medida aprobada recientemente por el Gobierno para reducir las cargas administrativas ya estaba siendo estudiada por la AEAT desde finales de 2007 con el fin de implantarla, aunque realmente, desde el año 2000 y en casos muy concretos se estan llevando a cabo contactos de este tipo con buenos resultados.

Esta forma de contacto telefónico reducirá tiempo y costes, especialmente en aquellos supuestos en los que existan errores u omisiones claros en las declaraciones. Además, se ofrecerá la posibilidad de reducir los posibles recargos que pudieran derivarse.

Este procedimiento no implicará en ningún caso merma alguna de garantías, ya que si el contribuyente no está conforme con la utlilización de sta vía, la AEAT iniciará el correspondiente procedimiento de verificación de datos para, una vez instruido el correspondiente expediente, practicar, si procede, la liquidación provisional.

Fuente: Europa Press


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Disponible el Programa Padre de Renta en lenguas cooficiales y el de Gestión de la Cartera de Valores 2008

17 04 2009

programas-ayuda.jpgAcaba de publicarse en la sede electrónica de la A.E.A.T. una nueva versión del programa Padre de ayuda para la confección de la declaración de Renta del ejercicio 2008.

Se trata de la versión 1.01, que a diferencia de la primera versión, incluye la impresión y visualización en lenguas cooficiales, para cuya ejecución se requiere igualmente la instalación de unos componentes adicionales, que serán diferentes dependiendo del sistema operativa sobre el que vaya a funcionar.

Aprovecho para recordar que también está disponible un Manual de ayuda para la utilización del Programa, y que en el directorio de instalación del programa (C:/AEAT/Rent2008) encontraréis el fichero LEAME.TXT, que contiene información sobre instalación, requisitos, problemas de impresión y de resolución de vídeo, así como algunas cuestiones sobre el programa.

Asimismo, se encuentra disponible para su descarga el programa de ayuda para la gestión de la Cartera de Valores 2008, que se encuentra en un módulo único de 6.535.511 bytes, y que tiene por finalidad el seguimiento, desde su adquisición, de las acciones transmitidas durante el ejercicio 2007, con el objeto de identificar los títulos vendidos y determinar su valor de adquisición a efectos fiscales.

Este programa permite obtener un resumen informativo de las operaciones efectuadas en 2008 relativas a acciones con cotización en mercados secundarios oficiales de valores españoles (Bolsas de Valores), y facilita, para cada ganancia o pérdida patrimonial generada, un resumen de resultados en el que se reflejan los valores y las fechas de adquisición y de transmisión; información que al encontrarse agrupada por títulos homogéneos, se puede trasladar directamente al programa de ayuda Padre de Renta.

Al igual que el anterior programa, el fichero LEAME.TXT, ubicado en este caso en C:/AEAT/CV2008, contiene información sobre los requisitos técnicos y de instalación, resultados obtenidos, configuración de la impresora y ajustes de resolución de vídeo de la pantalla.





Los presentadores de declaraciones en soporte magnético pueden solicitar a la SGAE la devolución del Canon

3 04 2009

robin-hoodHace algún tiempo ya que entró en vigor el famoso y criticado Canon o remuneración compensatoria por copia privada, una tasa aplicada a diversos medios de grabación cuya recaudación se destina a autores, editores, productores, artistas, etc. asociados a una entidad de gestión de los derechos de autor (en España la S.G.A.E.), como compensación por las copias que se hacen de sus trabajos.

Ha sido, es y será un tema polémico del que se ha hablado mucho y tendido debido a la injusticia que supone su aplicación al penalizar con la exacción de esa tasa determinados supuestos que deberían quedar excluidos de la misma.

El canon por la copia privada se aplica a fabricantes e importadores de equipos, aparatos y materiales que sirven para duplicar obras protegidas por la Ley de Propiedad Intelectual y disposiciones conexas (literarias, musicales o audiovisuales). No obstante, la anterior Ley considera responsables solidarios del pago de la remuneración a distribuidores, mayoristas y minoristas sucesivos adquirentes, si en la factura de sus proveedores no aparece desglosado el importe de la remuneración. Por tanto, al final pagamos “todos” los usuarios de equipos y soportes de almacenamiento al venir incluido su importe en el PVP.

Ciertamente, comprobar el uso que un eventual adquirente de un CD o DVD va a hacer de éste es materialmente imposible, sin embargo, aunque no es mi caso, me planteo la posibilidad de que se pueda demostrar la no utilización del soporte para duplicar obras protegidas por la referida Ley. Me refiero a un supuesto muy concreto como es el de la presentación de declaraciones tributarias mediante soporte magnético (CD o DVD), como por ejemplo ocurre en los modelos 347 o el 349 cuando éstos superan 30.000 y 50.000 registros respectivamente, o de más reciente aplicación el 340.

Dependiendo del tipo de soporte utilizado para presentar una declaración tributaria, el obligado tributario, de acuerdo con las nuevas tarifas aprobadas por la Orden PRE/1743/20082008, de 18 de junio, por la que se establece la relación de equipos, aparatos y soportes materiales sujetos al pago de la compensación equitativa por copia privada, las cantidades aplicables a cada uno de ellos y la distribución entre las diferentes modalidades de reproducción (B.O.E. del 19), la repercusión del canon en el precio de compra del soporte habrá sido:

  • Para discos compactos (CD) no regrabables: 0,17 €/unidad.
  • Para discos versátiles (DVD) no regrabables: 0,44 €/unidad.

A mi modo de ver, en estos supuestos en los que la propia Administración tributaria es la receptora de los referidos soportes magnéticos y puede, además, certificar que en su interior únicamente se contienen declaraciones tributarias, cabría la posibilidad de que estos casos estuvieran exentos, o mejor, no sujetos a la exacción de la citada compensación equitativa de la copia privada, puesto que el “autor” de su contenido es el propio obligado tributario.

Evidentemente, hablamos de un escaso montante, si lo analizamos desde el punto de vista de cada contribuyente:

  • Para el mod. 347: 0,17 € anuales por obligado tributario.
  • Para el mod. 349: 0,68 € anuales por obligado tributario.
  • Para el mod. 340: hasta 5,28 € anuales (los de obligación mensual) y 1,32 € anuales a partir del próximo año 2010 (todas las SA y SRL que no estén incluídas en el REDEME)

Pero si lo analizamos desde el punto de vista del importe total que supone su injusta recaudación, éste ascendería considerablemente.

Lanzo esta pregunta a modo de reflexión y también, por qué no, como sugerencia:

¿Cabría por tanto la posibilidad de que los obligados tributarios, previa acreditación de la presentación del correspondiente soporte en las oficinas de la A.E.A.T, solicitaran ante la S.G.A.E. la devolución del canon pagado en la adquisición de los mismos?

Vosotros, que sois los presentadores de este tipo de soportes, os podíais unir y constituir una plataforma contra el canon que gestionara de forma colectiva dicha devolución ante la S.G.A.E. que incluso cediera el importe recaudado, por ejemplo, a alguna institución benéfica como podrían ser: ONGs, Comedores sociales, Cáritas, o cualquier otra entidad similar.

De seguro que os lo agradecerían y, además, os quedaría la satisfación moral de erigiros en unos “Robin Hood” contemporáneos. Cualquier cosa antes de que la SGAE se quede con lo que no les corresponde.





Nadie va a escapar ya a la Agencia de Protección de Datos

23 03 2009

proteccion-datos-2.jpgSi unimos la eficacia de la Agencia Tributaria en la recaudación de las deudas cuya gestión tiene encomendadas a las implacables medidas disuasorias que la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de carácter Personal aplica a sus incumplidores, el cocktail resultante puede ser terrorífico.

Incumplir alguno de los numerosos preceptos tributarios que empresarios y profesionales han de observar es relativamente frecuente debido a su complejidad y a su número, pero al menos, los importes por los que la A.E.A.T. sanciona estos supuestos son, en cierta manera, asumibles por la gran mayoría de obligados tributarios.

En cambio la fuerza devoradora que emana de la normativa reguladora de la protección de datos que encontramos recogida en el art. 45 de la Ley, podría llegar a provocar incluso el cierre de más de una institución que se vea inmersa en un incumplimiento. Veamos los importes por los que la A.E.P.D. sanciona en función del tipo de infracción cometida:

  • Infracciones leves de 100.000 a 10.000.000 ptas. (600 a 60.100 €)
  • Infracciones graves de 10.000.000 a 50.000.000 de ptas.  (60.100 a 300.500 €)
  • Infracciones muy graves de 50.000.000 a 100.000.000 de ptas.  (300.500 a 600.000 €)

Pues este cocktail acaba de tomar forma al haberse suscrito un convenio entre la Agencia Tributaria y la Agencia Española de Protección de Datos para la recaudación en vía ejecutiva de los ingresos de derecho público de dicho ente, cuyo texto íntegro se ha publicado en el B.O.E. del pasado sábado 21 de marzo y recogido en la Resolución de 26 de febrero de 2009, del Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Que Dios nos coja confesados…





Organizada Jornada ProTel’09: “Beneficios para las empresas de las Tramitaciones Electrónicas con la Administración”

20 02 2009

protel09

Hoy por hoy, sentadas las bases de la Ley 11/2007, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios de las Administraciones Públicas, podemos llevar a cabo una ingente cantidad de trámites administrativos a través de Internet con muchas Administraciones Públicas, y de manera especial con la Agencia Tributaria, de forma rápida, segura y con todas las garantías jurídicas que nos ofrece el ordenamiento y la utilización de la firma digital. Todos estos trámites podremos realizarlos, además, desde nuestro despacho, centro de trabajo o desde casa, evitando así, desplazamientos innecesarios, tener que soportar largas colas y malgastar nuestro tiempo.

Con el objetivo de informar sobre los distintos procedimientos telemáticos actuales que podemos realizar de forma voluntaria y de los que nos vemos obligados a realizar por medios electrónicos por nuestro ordenamiento, impartiré el próximo día 3 de marzo en Madrid la segunda edición del seminario PROTEL’09, totalmente actualizado a los últimos cambios producidos.

Además de los temas que se describen en el programa, haré especial referencia a algunas medidas de las que se pueden beneficiar empresarios y profesionales que pueden paliar un poco los efectos de la crisis como: el nuevo Régimen de devolución mensual del IVA (REDEME) así como la problemática de la presentación de los registros fiscales del IVA (Mod. 340).

Este Seminario, organizado por Atenea Interactiva, se celebrará en el Centro de Postgrado de la Universidad Alfonso X, (Comandante Franco 10 bis, Madrid), en jornada de 9:15 a 18:30 horas, y será presentado por Julián Inza, presidente de Albalia Interactiva.

Los temas que abordaré serán:

Modulo I: Antecedentes y fundamentos

  • e-Administración o e-Government. Conceptos
  • Fundamento jurídico de los procedimientos tributarios telemáticos
  • Sedes electrónicas de otros Ministerios

Modulo II: Seguridad  jurídica y técnica en los procedimientos tributarios

  • Firma electrónica
  • La firma electrónica en la Administración Tributaria-La firma electrónica de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda
  • Otros certificados electrónicos admitidos a efectos tributarios
  • Otros sistemas de identificación y autenticación admitidos
  • Cifrado de información y protocolos seguros
  • Protección de datos y bases de datos tributarias
  • Navegación segura

Modulo III:   Procedimientos tributarios a través de Internet

  • Procedimiento Administrativo: Registros y copias electrónicas, Notificaciones telemáticas
  • Procedimientos de Gestión: Procedimientos censales, Presentaciones telemáticas, Rectificación y resolución de incidencias
  • Procedimientos Recaudatorios. Pago telemático de Impuestos y Tasas, Aplazamientos, fraccionamientos, domiciliación y compensación de deudas.
  • Procedimientos de Comprobación tributaria: Facturación electrónica, Digitalización de facturas, Inspección de registros fiscales y libros contables en formato electrónico.
  • Procedimientos de Aduanas e Impuestos Especiales
  • Procedimientos de Revisión: Recursos y otras reclamaciones
  • Otros Procedimientos telemáticos

Modulo IV: Información fiscal a través de las páginas Web de la Agencia Tributaria y de otros Organismos

  • Legislación básica tributaria
  • Calendario del contribuyente
  • Preguntas y respuestas tributarias más frecuentes
  • Instrucciones, guías, manuales prácticos y folletos informativos
  • Consultas, Resoluciones y Jurisprudencia
  • Tributación de no residentes
  • Portales sectoriales y Campañas tributarias
  • Mapas cartográficos del Catastro

Modulo V: Servicios de asistencia y ayuda

  • Programas informáticos de ayuda
  • WebCall
  • Borrador de la declaración de IRPF
  • Cita Previa
  • Suscripción a servicios de la Agencia Tributaria
  • Quejas y sugerencias
  • Planificación fiscal
  • Actualización en materia tributaria

Modulo VI: Colaboración social y representación en los procedimientos tributarios telemáticos

  • Colaboración social: Ámbito de aplicación, requisitos y modelos, y responsabilidad de los colaboradores sociales
  • Registro de apoderamientos o vector de representación. Supuestos especiales de apoderamiento a personal de la propia empresa y a colaboradores sociales.
  • Preguntas y conclusiones de la Jornada

Sin duda una jornada interesante e intensa, tras la cual estaremos en condiciones de poder llevar a cabo por medios electrónicos muchos más trámites de los que podíamos imaginar, y que va dirigida fundamentalmente a:

  • Gestorías y Asesorías Fiscales
  • Responsables de Departamentos Jurídicos
  • Responsables de Recursos Humanos
  • Responsables de Nuevas Tecnologías
  • Directores Comerciales
  • Responsables comerciales para Administraciones Publicas
  • Responsables de Administración
  • Directores Financieros
  • Responsables de Facturación

Enlaces relacionados con el evento:






Se aprueban las directrices del Plan General de Control Tributario para 2009

10 02 2009

seleccion-contribuyentes.jpgEn el B.O.E. del pasado 30 de enero se publicó la Resolución de 21 de enero de 2009, de la Dirección General de la Agencia Tributaria, por la que se aprobó las directrices generales del Plan General de Control Tributario 2009.

El Plan General de Control Tributario, que tiene carácter reservado, salvo en lo que afectan a las directrices generales qoe lo informan, tiene su fundamento en el artículo 116 de la vigente Ley General Tributaria, que establece la obligatoriedad de su elaboración y publicación en el B.O.E. con carácter anual.

En este Plan de control tributario, que se integran los planes parciales de inspección, constituye un instrumento fundamental en la planificación de las actuaciones de control tributario y aduanero que la A.E.A.T. va a realizar anualmente.

Las directrices generales en las que se fundamenta el Plan para el presente ejercicio 2009 detallan las áreas de riesgo fiscal de atención preferente, clasificadas, de acuerdo con la naturaleza del control a efectuar, en control intensivo, control extensivo y control en la fase recaudatoria. Además, se completa con otros dos apartados en los que se recogen las principales líneas de actuación coordinada entre los diferentes tipos de control y las actuaciones prioritarias que se desarrollarán en conlaboración con las Administraciones tributarias autonómicas en el marco del control de los tributos cedidos.

Por último, en el Plan se explican las líneas básicas de la estructura del Plan General de Control y de los cuatro planes parciales que lo integran.





En la Cámara de Comercio de Sevilla se habla de las Declaraciones Informativas 2008

17 12 2008

Llegado el mes de diciembre es costumbre que las distintas Delegaciones de la Agencia Tributaria organicen dentro de sus respectivos ámbitos Jornadas Divulgativas sobre la Campaña de Declaraciones Informativas a presentar durante el mes de enero .

En estos últimos días he intervenido como ponente en dos de estas jornadas, una celebrada en la Confederación de Empresarios de Sevilla y ayer mismo, en la Cámara de Comercio de Sevilla.

La jornada de la Cámara ha estado presidida e inaugurada por su Secretario General, Antonio María Fernández Palacios, y ha contado con la participación de Francisco Pastor Romero, Vocal Responsable de Relaciones Institucionales de la Delegación de la Agencia Estatal Tributaria de Sevilla, Bartolomé Borrego Zabala, Vocal Responsable de Nuevas Tecnologías AEAT en Andalucía, Ceuta y Melilla, y con Maria Orense Moreno, Jefa de Atención al Contribuyente de la Delegación AEAT de Sevilla.

2008-12-16-camara-sevilla1

Durante la sesión, a la que han acudido más de 200 asistentes, se ha profundizado en las novedades de las declaraciones informativas de 2008, además de otras novedades tributarias de interés, destacando entre ellas “el nuevo sistema de devolución mensual del IVA”, una de las nuevas medidas anunciadas por el Gobierno para tratar de ayudar a las empresas a tener mayor liquidez para afrontar la nueva situación de crisis a la que se enfrentan en estos momentos.

2008-12-16-camara-sevilla2

A petición de algunos de los asistentes al acto, incluyo en este post las presentaciones en powerpoint que se están utilizando en estas sesiones, una sobre aspectos normativos elaborada por el Departamento de Gestión Tributaria de la AEAT, y otra sobre aspectos informáticos y telemáticos elaborada por la Delegación Especial de la AEAT en Andalucía, Ceuta y Melilla.

Estas presentaciones podeis visualizarlas desde este mismo blog, pulsando sobre los botones de avanzar o retroceder, y si accedéis al enlace que incluyo a continuación de cada presentación, (puede que os pida daros de alta con una clave y contraseña) podréis también:

  • Visualizarlas a pantalla completa si pulsais sobre el proyector (full) que figura en la parte inferior derecha del cuadro de presentación, y
  • Descargarlas, si pulsais sobre el botón “Downloads” situado justo encima del cuadro de presentación.

En cuanto al material relativo al nuevo sistema de devolución mensual del IVA, podéis encontrar un resumen de lo tratado en el post que incluí en este blog el pasado 19 de noviembre.






Jornada sobre e-factura y Procedimientos Telemáticos con la Administración Tributaria

26 11 2008

teclado-y-raton.jpgLos procedimientos telemáticos siguen siendo un tema de actualidad, así como la factura electrónica. Por este motivo la Cámara de Comercio de Málaga y la Fundación Aselex, Asesores Legales ha organizado para el próximo martes 2 de diciembre una Jornada sobre factura electrónica y Procedimientos Telemáticos con la Administración Tributaria, en la que colaboran la Confederación de Empresarios de Málaga, Aselex Asesores Legales, 2id Consultores de Innovación y Gestión del Conocimiento SL y Aselex Tecnología, y en la que tengo el honor de participar como ponente.

En ella se abordarán temas de rabiosa actualidad que van dirigidos al sector empresarial y al de los profesionales tributarios, colectivo este último que, hoy por hoy, constituyen el grupo de profesionales que mayor uso hace de los procedimientos telemáticos en sus relaciones con la Administración Tributaria.

El programa de la misma es el siguiente:

  • 08:30 – Bienvenida y entrega documentación
  • 09:00 – Facturación Electrónica (e-factura)
    • Ponente: Bartolomé Borrego Zabala.
      Vocal responsable de la División de Nuevas Tecnologías de la Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla.
      - Descripción requisitos legales.
      - Firma Electrónica en la Admón.Tributaria. Sistemas de autenticación admitidos. Camerfirma.
      - Obligaciones legales: Protección de Datos y Bases de Datos tributarias.
      - Aspectos fiscales y contables de la Facturación Electrónica.
  • 11:00 – Coffee-Break
  • 11:15 – ProcedimientosTributarios a través de Internet.
    • Ponente: Bartolomé Borrego Zabala.
      Vocal responsable de la División de Nuevas Tecnologías de la Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla.
      - Procedimiento Administrativo.
      - Procedimiento de Gestión
      - Procedimientos Recaudatorios: pago telemático de impuestos y tasas.
      - Procedimiento de Inspección.
      - Procedimiento de Aduanas e Impuestos Especiales.
      - Procedimiento de Revisión: recursos y otras reclamaciones.
      - Otros procedimientos telemáticos.
      - Comentarios sobre la nueva obligación, a partir del 01-01-2009 de presentación de Libros de IVA telemáticamente derivada del nuevo sistema de devolución mensual del IVA.
  • 12:30 – Procedimientos Tributarios ante la Consejería de Economía y Hacienda de la Junta de Andalucía.
    • Ponente: D. Ángel L. Ruiz Solanes.
      Jefe del Servicio de Relaciones con el Contribuyente. Delegación Provincial de Málaga, Consejería de Economía y Hacienda de la Junta deAndalucía.
      - Procedimiento Administrativo, Gestión, Recaudación, Inspección y Revisión, así como pago telemático de impuestos y tasas. Especialidades en la Consejería de Economía y Hacienda de la Junta de Andalucía.
  • 13:45 – Pausa comida
  • 17:00 – Subvenciones y Programas Estatales y Autonómicos para la implantación de sistemas de EFactura.
    • Ponente: Manuel Díaz García.
      Coordinador del Área de Servicios a Pymes y Autónomo de la Camara de Comercio Industria y Navegación de la Provincia de Málaga.
  • 18:30 – Presentación de software y solución integral para implantación de E-factura.
    • Ponente: D. Guillermo Gil-Delgado
      Director Comercial de Camerfirma.
      - Aspectos legales: LOPD
      - Demostración práctica y explicación de implantación
      .
  • 19:30 – Copa de vino

El lugar de celebración será la propia Cámara de Comercio Industria y Navegación de Málaga, C/ Cortina del Muelle, 23.

Para ampliar información e inscripción en el evento pulse AQUÍ.






La Confederación de Empresarios de Málaga presenta la guía formativa “Servicios Virtuales de las Administraciones Públicas”

30 10 2008

Ayer día 29 de octubre, la Confederación de Empresarios de Málaga (CEM) presentó en su sede una guía multimedia sobre Servicios Virtuales de las Administraciones Públicas que tuve el honor de presentar. La inauguración del mismo así como las palabras de bienvenida e introducción corrieron a cargo de D. Javier González de Lara, Vicepresidente Ejecutivo de la Confederación. Tras su intervención realicé un recorrido sobre los fundamentos jurídicos y prácticos de la e-Administración y en la Agencia Tributaria como referente en esta materia, así como sus implicaciones y aplicación práctica en el mundo de la empresa, que fue acompañada en todo momento de un recorrido visual de la guía mediante proyección simultánea.

Esta guía está disponible en formato CD, es totalmente gratuita y versa sobre los siguientes contenidos:

  • La e-Administración: antecedentes y fundamentos.
  • Identificación electrónica: certificados de usuario y firma y DNI electrónicos.
  • Procedimiento administrativo electrónico: certificados, registros y notificaciones electrónicos.
  • La Administración Pública virtual:
    • Servicios de la Administración Central en la Red.
    • Servicios de la Junta de Andalucía en la Red.
    • Entidades locales: los Ayuntamientos y la Diputación de Málaga.

De una manera muy clara y didáctica ofrece una completa visión sobre la e-Administración en todos sus niveles. Todo ello, adornado, además, con efectos multimedia que incluyen simulaciones de trámites realizados por Internet, imágenes de documentos, gráficos y narraciones explicativas de los distintos procedimientos.

Cada bloque temático incluye también un resumen de los principales contenidos tratados en el mismo, así como un test de autoevaluación, con las explicaciones pertinentes en cada opción correcta.

Como complemento a las distintas unidades didácticas, y en un menú aparte, incorpora un glosario y una recopilación bibliográfica de interés, así como enlaces a las principales sedes electrónicas relacionadas con esta materia y, por último, una recopilación normativa en formato pdf.

Aquellas personas que deseen conseguir uno de estos CD, habrán de dirigirse o contactar con la Confederación de Empresarios de Málaga.

Os dejo a continuación con unas fotos del acto: