La mejor manera de mantenerse actualizado

13 11 2007

.jpgLa mayoría de los profesionales en todos los ámbitos se encuentran con el problema de mantenerse actualizados en las distintas disciplinas o materias que pueden afectar a su actividad diaria.

Para estar al día, unos optan por suscribirse a algún tipo de información periódica previo pago, otros prefieren asistir periódicamente a algún seminario o curso monográfico que les permita actualizarse en una jornada mañanera o de tarde, y, la gran mayoría, busca información gratuíta de cualquier tipo en Internet o en cualquier otro medio, lo que resulta una tarea ardua y compleja.

Para facilitar esta necesaria tarea voy a indicar algunas de las formas a través de las cuales podemos obtener información buena, fiable y gratuíta en materia tributaria, aduanera y contable a través de correo electrónico, conocidos también como newsletters:

  • La Agencia Tributaria edita un boletín electrónico destinado a aquellos usuarios que dispongan de certificado de usuario de los homologados. Para poder recibirlo, únicamente hay que facilitar la dirección de correo electrónico, que se puede consultar en cualquier momento y de la que se puede desuscribir cuando se desee. Esto se hace a través de la siguiente ruta: Oficina Virtual » Otros Trámites » Suscripciones » Comunicación de un buzón de correo electrónico. Se trata de un boletín de vínculos de periodicidad semanal, que se edita en formato html.
  • Otro servicio de suscripción gratuita es A2C, un servicio de boletines electrónicos de la Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla, del que ya hablé en este mismo blog, por lo que no me voy a extender más.
  • El portal del Ministerio de Economía y Hacienda ofrece la posibilidad de registrarse bajo una clave de usuario y password a una serie de alertas por correo electrónico que permiten mantenerse totalmente actualizado sobre diferentes temas de los que se tratan en el portal. Se trata de un boletín de vínculos pero que tiene el problema que no detalla el concepto que menciona.
  • La Dirección General del Catastro edita un boletín informativo en formato PDF con una periodicidad mensual, cuyo histórico se puede consultar en la web de este organismo, dentro del apartado Publicaciones » Boletín Digital del Catastro.
    Aquellos que lo deseen, pueden suscribirse en la propia web a través de la cumplimentación de un formulario electrónico o bien, solicitarlo a la dirección suscripciones.boletindigital@catastro.meh.es, lo que les va a permitir recibir dicho boletín en una dirección de correo electrónico.
  • Algunas Comunidades Autónomas, como la Junta de Andalucía, y en concreto, la Consejería de Economía y Hacienda, editan también un boletín electrónico con las novedades incorporadas en su portal.
  • Otro de los boletines electrónicos que voy a comentar es el del portal Injef, que siendo una edición privada, es totalmente gratuita y contiene buena información fiscal.

Por último, existe una forma de recibir la información que editan diferentes páginas web que evita los problemas que presenta hoy día el correo electrónico. Se trata de la sindicación de contenidos, que será objeto de un tratamiento diferenciado y personalizado en nuevo post próximamente.






Pago de 2.500 € por adopción o nacimiento de hijos

28 08 2007

Desde el pasado día 16 pueden comunicarse a la Agencia Tributaria y a la Seguridad Social los datos de los nacimientos o adopciones que darán lugar al cobro del pago de 2.500 euros por el nacimiento o adopción de hijos, según lo dispuesto en el Proyecto de Ley de pago único por nacimiento o adopción aprobado recientemente en Consejo de Ministros. Esta deducción o prestación no contributiva se cobrará mediante transferencia al mes siguiente del nacimiento o adopción, a partir de la entrada en vigor de la Ley que en su día se apruebe.

¿QUÉ BENEFICIO SE ESTABLECE?

Se establece un pago de 2.500 euros por cada nacimiento o adopción que tenga lugar en territorio español, con posterioridad a las 00:00 horas del día 3 de julio de 2007.

En los casos de nacimientos o adopciones múltiples, cada hijo o menor originará el derecho a la percepción de 2.500 euros.

¿QUIÉNES SON LOS BENEFICIARIOS DE LA DEDUCCIÓN O DE LA PRESTACIÓN NO CONTRIBUTIVA?

Con carácter general la beneficiaria será la madre. Únicamente los será el padre en el caso de fallecimiento de la madre sin haber solicitado el abono de los 2.500 euros. Sin embargo, la madre podrá ceder al padre el cobro.

En los casos de adopción por una sola persona la beneficiaria será ésta con independencia de su sexo.

Es imprescindible que el beneficiario, tanto español como extranjero, haya residido de forma efectiva y continuada en territorio español los dos años inmediatamente anteriores al hecho del nacimiento o adopción.

¿CÓMO SE PUEDE SOLICITAR EL PAGO?

Existen dos procedimientos:

  1. Cuando el beneficiario realice una actividad remunerada por la que esté dado de alta en la Seguridad Social o Mutualidad.

Si se solicita el pago anticipado de la deducción por maternidad, la presentación del modelo de solicitud 140 para pedir el cobro de los 100 euros mensuales supone implícitamente que también se está solicitando el pago de la nueva deducción fiscal de 2.500 euros. Aquellos que ya hayan solicitado el cobro de los 100 euros no tienen que hacer ninguna gestión más.

El modelo 140 (deducción por maternidad, abono anticipado de la deducción) puede obtenerse por Internet (www.agenciatributaria.es) y también en las Delegaciones y Administraciones de la Agencia Tributaria, en los registros civiles y en otros organismos públicos. El modelo puede ser presentado por vía telemática (con certificado de firma electrónica o el DNI electrónico), en impreso o por teléfono (901200345).

Si se desea formular la solicitud por teléfono se debe aportar el número de DNI, el importe consignado en la casilla 681 de la declaración del IRPF, la fecha de nacimiento o adopción del hijo, el número de afiliación a la Seguridad Social o mutualidad y el número de cuenta corriente.

Para obtener más información sobre el procedimiento de solicitud, se puede llamar al teléfono 901200345 ó al 901335533 (Información tributaria básica).

  1. Cuando el beneficiario no realice una actividad remunerada y no esté dado de alta en la Seguridad Social.

En este caso, se debe presentar el formulario 141 (modelo de comunicación de nacimiento o adopción de hijos), que está disponible en Internet (http://www.agenciatributaria.es - http://www.seg-social.es), en las oficinas de la Agencia Tributaria y en los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social. El formulario puede ser presentado en dichas oficinas o en cualquier otra oficina pública.

En el formulario, además de los datos identificativos de la madre (o beneficiario) y del hijo, y la cuenta corriente del beneficiario, debe incluirse información sobre el Registro Civil en el que se haya inscrito el nacimiento o adopción y el Tomo y Página en el que se haya efectuado la inscripción.

Para obtener información adicional sobre el procedimiento de solicitud o ayuda para rellenar el formulario se puede llamar al 901200345 o al 901335533.

¿CUANDO SE PRODUCIRÁ EL ABONO?

El abono se producirá, con carácter general, en el mes posterior a la entrada en vigor de la Ley para aquellos que, a partir de hoy, realicen la comunicación de un nacimiento o adopción que haya tenido lugar entre el 3 de julio y la aprobación de la norma, siempre que reúnan los requisitos que la ley establezca.

Para aquellos que soliciten el pago de los 2.500 euros con posterioridad a la aprobación de la ley, el abono se producirá con carácter general, el mes posterior al nacimiento o adopción y a la comunicación de la petición.

NOTA: El presente post es una reproducción literal del contenido publicado con el mismo título en el boletín B-V-3 de A2C el 26 de julio de 2007.






Información tributaria y aduanera a través de A2C

26 07 2007
a2c.jpg

Uno de los mayores problemas con los que se encuentran asesores fiscales responsables de temas fiscales en las empresas es la de poder estar al día ante la publicación de una ingente cantidad de normas y procedimientos a las que el Derecho Tributario y Aduanero nos tiene acostumbrados.

El acercamiento de la tecnología a la gestión de los tributos no ha hecho más que agravar esta situación. Cada día aparecen nuevos trámites y gestiones que se van incorporando en las oficinas virtuales de las distintas Administraciones Tributarias, y que muy pocos pueden conocer, pues, en la gran mayoría de los casos no disponen de tiempo para visitar todas los Websites de las Administraciones relacionadas con su trabajo. Esta situación perjudica enormemente a contribuyentes en general y, de manera particular a asesores, ya que esta falta de conocimiento les supone seguir utilizando técnicas o procedimientos antiguos basados en sistemas tradicionales e incluso artesanales, que podrían realizar cómodamente en unos segundos si conocieran y utilizaran los procedimientos telemáticos.

Con la idea de solventar esta situación nació el “Servicio de Boletines Electrónicos A2C” de la Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla; un servicio se encuadra dentro de los servicios de asistencia y ayuda al contribuyente, que consiste en el envío de boletines electrónicos de actualidad tributaria, aduanera y en materia de nuevas tecnologías a través de correo electrónico a todos los contribuyentes que deseen recibirlo y de manera totalmente gratuita.

Este servicio inicialmente se realizó desde la Administración de la AEAT en Osuna (Sevilla) hasta el mes de marzo de 2001 bajo el nombre de Urso~Net, fecha en que pasó a prestarse desde la Delegación provincial de la A.E.A.T. de Sevilla, tras superarse con éxito la etapa de su implantación por dicha Administración y haberse consolidado en el tiempo, momento también en el que cambió su nombre por el de A2C. Desde el mes de octubre de 2003, este servicio se viene prestando con regularidad desde la Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla.

A2C se materializa en la remisión a los destinatarios de diferentes boletines informativos periódicos a través de correo electrónico, que responden a las siguientes características y contenidos:

  • Boletín Serie A, distribuido únicamente a través de correo electrónico de Internet y sus destinatarios exclusivos son los profesionales tributarios pertenecientes al ámbito de Andalucía, Ceuta y Melilla.
  • Boletín serie B, que se dirige a todo tipo de público. A través del mismo se canaliza información muy variada como: disposiciones publicadas en el BOE en materia fiscal, calendario del contribuyente, programas informáticos de ayuda, invitaciones a las distintas sesiones informativas que la referida Delegación Especial organiza periódicamente, relación comentada de las novedades incorporadas en la Página Web de la A.E.A.T., nuevos servicios en relación con la firma electrónica, avisos y noticias de interés general, etc.
  • Boletín serie M, dirigido a los mismos destinatarios que la serie B anterior; que incorpora monográficos sobre temas de actualidad.

El servicio de boletines electrónicos A2C fue en 2002 merecedor del Premio interno a las mejores prácticas de la Agencia Tributaria . Curiosamente, por más que busquemos, no vamos a encontrar información alguna sobre este útil servicio en la Web oficial de la AEAT, a pesar de que, siendo un servicio territorial, cuenta con suscriptores en todas las provincias españolas y en algunos países.

Premio interno a las Mejores Prácticas en la A.E.A.T.

Aquellas personas que deseen consultar los boletines que se van editando, así como todo su histórico desde el año 2005, pueden visitar la página Web de la Cámara de Comercio de Sevilla, que amablemente aloja de forma totalmente desinteresada todos estos contenidos.

Al acceder a través de su opción Enlaces de Interés se llega a la información que se comenta, donde, en primer lugar, se muestra siempre el último boletín editado por la División de Nuevas Tecnologías de la AEAT en Andalucía, responsable de la edición del boletín, y, en el marco izquierdo se muestra información sobre el servicio, así como el enlace a todos los boletines anteriores.

Aquellos contribuyentes que deseen suscribirse gratuitamente a A2C, deben contactar con la División de Nuevas Tecnologías a través de la dirección de correo a2c.andalucia@aeat.es, y para los que no lo hagan, les informo que, desde este blog reproduciré y comentaré las principales novedades que vayan editándose a través de este servicio.