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En esta página encontrarás una gran variedad de recursos, utilidades y ayudas sobre los siguientes temas:
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CERTIFICADOS DIGITALES O ELECTRÓNICOS
- ¿Cómo asignar una contraseña a un certificado digital ya instalado sin protección?
- Errores comunes y problemas frecuentes en la utilización de los certificados digitales:
- Localización del almacén de certificados digitales en el navegador
- Realización de copias de seguridad de certificados digitales:
- Restauración de copias de seguridad de certificados digitales:
- Requisitos para la presentación telemática de las declaraciones tributarias.
- Ayuda para la configuración correcta de los navegadores:
- Formas de presentación de las declaraciones.
- Pago telemático de declaraciones a ingresar.
- Consulta de declaraciones presentadas telemáticamente.
- Trámites posteriores a la presentación telemática de declaraciones.
PROGRAMAS INFORMÁTICOS DE AYUDA
- Agencia Tributaria: Programas de ayuda
- ICAC: Programa ayuda para la cumplimentación de los modelos 02/03
- Junta de Andalucía (Consejería de Economía y Hacienda: Programas de ayuda)
- Programa informático de ayuda de Facturación Electrónica en formato Facturae del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.
- FactOffice, el Add-in para Microsoft Word 2007 que genera y firma facturas electrónicas en formato Facturae.
- PortalWeb HazteunaFacturae.com que, de forma gratuita, genera y firma facturas electrónicas en formato Facturae.
- Ayuda para entender la transición contable del momento
- Tablas oficiales de amortización
- Planes sectoriales
- Resoluciones del ICAC
- Consultas del ICAC
- Navegadores:
- Documentos en formato PDF:
- Web oficial de Adobe (descarga gratuita de Adobe Acrobat Reader – versión recomendada v.6 )
- Guardar datos de formularios en PDF para volver a importarlos a nuevos impresos en blanco
- Guía rápida de notificación de ficheros de titularidad privada
- Recopilación de las principales cuestiones sobre notificación de ficheros ante la AEPD
- Acceso a los formularios NOTA:
- Manuales de ayuda:
- Ayuda para resolución de incidencias de carácter técnico
FEEDS, RSS O SINDICACIÓN DE CONTENIDOS
Suscripción a novedades RSS de los portales:
- Agencia Tributaria.
- Ministerio de Economía y Hacienda.
- Oficina Virtual del Catastro.
- Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.
Lectores de Feeds:
Lectores de Feeds para Pockets PC:































Como puedo darme de alta para recibir los comentarios y las actualizaciones del blog
Estimado Antonio;
Para estar al día de los contenidos publicados en este blog tienes dos posibilidades:
Para ello, mira en la columna derecha y casi al final encontrarás un apartado de título SINDICACION DE CONTENIDOS
Si decides suscribirte mediante sindicación de contenidos puedes pulsar sobre el recuadro grande de color amarillo-verdoso, que te llevará a Feedburner y que te permitirá suscribirte por cualquier medio. Para poder utilizar esta opción necesitar un agregador de feeds, es decir, un lector de este tipo de información, del que existen programas específicos, las últimas versiones de los navegadores también disponen de ellas y, también tienes la posibilidad de leerlos a través de Google Reader.
También puedes optar por recibir la información a través de correo electrónico. Para ello, en el mismo apartado anterior, justo al final tienes un sobre pequeño de color azul, que te va a permitir suscribirte a mis contenidos por esta vía. Con este otro sistema te llegarán tantos correos como artículos escriba (aproximadamente uno al día).
No obstante, te informo que tengo previsto escribir algún día algo sobre Sindicación de Contenidos, con lo que espero aclarar a muchas personas como tú las dudas que les surgen a la hora de utilizar este magnífico sistema.
Saludos
Estimado Bartolomé:
Solo unas líneas para felicitarle por su blog, que me parece muy oportuna y necesaria para variados ámbitos profesionales, y para solicitarle, si le es posible información sobre los protocolos que existen de validación de documentos digitalizados o pasados a pdf.
Atentamete:
Diego
Estimado Diego;
En contestación a tu pregunta, únicamente comentarte que los sistemas de validación son los previstos para cada de tipo de firma aplicable a los distintos formatos de ficheros, independientemente de que éstos hayan sido generados directamente en un determinado formato o hayan sido digitalizados.
Si la pregunta va referida a facturas electrónicas, en el caso del formato facturae (XML), tienes información al respecto en http://www.facturae.es.
Saludos
Estimado Bartolomé:
Nos podrias informar un poco acerca del nuevo modelo 340, de registro de facturas emitidas y soportadas, en concreto, será obligatorio para todas las empresas o sólo para las que pidan la devolución mensual o trimestral del IVA negativo. Hay mucha desinformación al respecto y agracederiamos tu siempre clarificadora información. Muchas gracias.
Jaume
Estimado Jaume;
En relación con el próximo modelo 340, puedo adelantarte poca cosa al respecto hasta que sea oficial.
Únicamente que se trata de un modelo que tendrá carácter de declaración informativa y que sustituirá al mod. 347 en aquellos supuestos en los que se esté obligado a presentarlo. Dicha obligatoriedad, de momento, parece que se va a quedar escalonada de la siguiente forma:
- Año 2009: Para los obligados tributarios que se acojan al próximo sistema de devolución mensual de IVA
- Año 2010: Para las grandes empresas
- Año 2011: Para el resto de sociedades (Anónimas y Limitadas)
Saludos
Estimado Bartolomé;
Como sospecharás, me refiero a cualquier tipo de documento y que su original está en soporte papel o es un documento electrónico, y que por diversas causas se estima mas conveniente conservarlos en PDF. Los interrogantes que se me plantean están referidos a la seguridad jurídica que puedan tener dichos documentos en PDF, y como garantizar la autenticidad de estos documentos, ya que aveces nos llegan mas de 10.000 documentos en papel al mes para digitalizar, y aunque todavía no se exige por ninguna parte garantías de correspondencia entre los originales y las copias, a nuestra empresa nos interesaría saber si hay algún procedimiento o herramienta al respecto.
Muchas grácias:
Diego.
Estimado Diego;
Por el momento, el único procedimiento de digitalización que tiene reconocida validez jurídica es el de la digitalización certificada de facturas, y siempre que ésta se lleve a cabo con un software de digitalización certificada homologado por la AEAT. En los demás casos, puedes trabajar con documentos digitalizados, pero los originales los tienes que seguir conservando.
Saludos
Estimado Bartolomé:
Sólo unas lineas para agradecerle la ayuda prestada y ponerme a su disposición en lo que en mi parte sea.
Atentamente:
Diego
Hola Bartolome:
En primer lugar agradecerle sus respuestas a unas preguntas sobre dias hábiles tiempo atras que le había formulado.
Si,tiene un momento, le estaría muy agradecido si me puediese dar su opinión sobre 2 preguntas que nadie me ha podido contestar con seguridad. Son las siguientes:
1)Art.39.1 LGT : el acuerdo de derivacion de responsabilidad no se transmite a los herederos, salvo que se haya notificado con anterioridad al fallecimiento.
Mi pregunta: si se ha realizado un intento de notificación válido ¿ se transmite a los herederos?
2)En el nuevo reglamento de gestión e inspección, se establece en el art. 164 que se puede ampliar o reducir el alcance en una comprobación limitada.
Mi pregunta:En una comprobación limitada de IRPF 2005 se comprueba la deducción sobre adquisición de vivienda habitual de ese concepto y periodo.
Yo opino que una ampliación del alcance seria ampliar los elementos comprobados, por ejemplo, ampliar a rendimientos de capital inmobiliario.
En contraposición ejemplos que he visto resueltos se decía que la ampliación del alcance se refiere a los periodos.En el ejemplo sería, ampliar a periodo 2004 y 2006, por ejemplo.
A mi entender el alcance esta relacionado con los elementos comprobados y no con los periodos.
Bueno, espero haberme explicado. Si me pudiese dar su opinión me sería de gran ayuda. Y en caso contrario, gracias de todas formas gracias por perder parte de su tiempo en leer todo lo escrito.!
Muchas gracias.
UN SALUDO
Referido a la pregunta 1: intento de notificación SIN QUE SE HAYA EFECTUADO antes de fallecimiento.
Bartolome,
Después de buscar un poco en google tengo que felicitarte porque eres la única página donde he encontrado información sobre la fórmula de cálculo del nuevo NIE.
Concretamente de que las letras Y y Z llevan un peso de 1 y 2 asociado.
Me están pidiendo el documento oficial donde aparece este texto y la verdad es que en los dos pdfs oficiales: Orden EHA/451/2008 y
Orden INT/2058/2008 citan dichas letras pero no hablan de los pesos asociados.
Me podrías remitir o dar el link del documento oficial donde encontraste estos datos.
Muchísimas gracias y felicidades por ser referencia en estos temas y publicar la información de manera completa y detallada.
Bernie
Bartolome,
Al final he encontrado esta página de fecha 3 de noviembre donde comenta el algoritmo que mencionabas:
http://www.aeat.es/wps/portal/DetalleContenido?url=Empresas+y+profesionales/NIF/Cambios+de+NIF+Orden+EHA-451-2008/Informaci%C3%B3n/Comunicaci%C3%B3n+de+nuevas+configuraciones+de+N.I.F.&content=0d9d30f4f326d110VgnVCM1000004ef01e0aRCRD&channel=5d3ec49456b9a110VgnVCM1000004ef01e0a____&ver=L&site=56d8237c0bc1ff00VgnVCM100000d7005a80____&idioma=es_ES&menu=4&img=5
Estimado Bartolomé;
He visto en prensa en estos últimos días que el gobierno piensa alargar la prescripción del delito de Fraude Fiscal a los diez años, en vez de los cuatro actuales. Como se puede figurar mi pregunta se refiere a la conveniencia de guardar o no la documentación también por diez años. ¿Qué nos recomendaría?
Atentamente:
Diego.
Estimado Diego;
Yo no soy quien para recomendar el tiempo en que hay que conservar la documentación. Creo que lo más sensato será esperar a que publique en BOE la correspondiente norma y atenernos a lo que en ella se recoja.
Independientemente de ésto, ya sabes que como mínimo, la documentación contable/fiscal hay que conservarla durante 6 años. Lo que sí me atrevo a recomendarte es que te pases en todo lo que puedas al formato electrónico (presentaciones telemáticas, factura electrónica, contabilidad, cuentas anuales, etc. en formato electrónico) y así, te dará igual conservar la documentación 6, 7, 10 ó 20 años.
Saludos
Estimado Bartolomé,
Mi más sincesara enhorabuena por este blog, me parece del todo interesante.
Quería hacerte una pregunta sencilla ¿Cuando es obligatoria la facturación electrónica para las empresas privadas?
Muchas gracias Carlos por tus palabras.
En cuanto a tu pregunta, de acuerdo con la Ley 30/2007, de Contratos con el Sector Público, la obligación de facturar comenzará el 1 de agosto de 2009 para aquellas empresas que no puedan acogerse a la formulación de la cuenta de Pérdidas y Ganancias abreviada y que vayan a contratar con el Estado, y a partir del 1 de noviembre de 2010 todas las empresas que vayan contraten con el Estado.
Si bien, de acuerdo con la Orden PRE/2971/2007, el formato obligatorio de factura (facturae) también lo tendrán que utilizar en los dos supuestos anteriores aquellas empresas que tengan que documentar operaciones realizadas entre empresas, si dicha factura ha de presentarse con posterioridad ante la Administración General del Estado o alguno de sus organismos autónomos o dependientes con motivo de cualquier procedimiento administrativo (solicitud de subvenciones, etc.)
Saludos
Hola yo queria pedir ayuda sobre el certificado digital, me lo hice y lo instale y le estuve trasteando a algo y me lo cargue, total que tuve que hacerme otro, instale el nuevo y me funciona y todo perfercto, le puse una contraseña para que cada vez que yo quiera mirar algo me la pida, lo que pasa que cada vez que miro algo y me sale la ventana para marcar el certificado para despues meterle la contraseña me aparece el certificado nuevo y el viejo, y yo quiero quitar el viejo pero no se como, porque en la pestaña de opciones de internt, conenido, ……personal..otros certificados….aqui ya no me aparece el viejo, solo en la ventana que me salta cuando quiero mirar algo, como puedo arreglarlo??
Estimado Bartolome
Ante todo felicitarle por su blog. He sido alumno suyo de la Camara en el presente año y aprovecho para hacerle una consulta. He descargado el programa ayuda del modelo 180 en c : AEAT/INFORMATIVAS y al ejecutarlo , el archivo no contiene nada. ¿Podría guiarme en la ruta a seguir?
Muchas gracias y un saludo
Buenos dias Bartolomé. En rpimer lugar, gracias por toda la información que pones a disposición de todos..enhorabuena!
Somos una pequeña empresa de software y estamos pensando en desarrollar una plataforma basada en facturae.
* ¿ es obligatorio estar homologado para ofrecer el servicio a nuestros clientes?
* ¿ que requisitos fundamentaleshay que cumplir para lograrel proceso de homologación?
Gracias de nuevo por tu tiempo y por tu ayuda
un saludo
Buenas tardes
En primer lugar, gracias por toda la información y conocimientos que pones a disposición de los usuarios
Me presentaré, soy un agricultor que estoy intentado realizar diversas operaciones en la web de aeat, con no pocos problemas. Dipongo de un PC con Vista SP1 e Internet Explorer 8.0.6001.18702 y con el correspondiente certificado digital en vigor.
En estos días estoy trantando de realizar la solicitud telemática de devolucion del gasóleo agrícola pero me sucede lo siguiente:
Cuando accedo a la solicitud Internet Explorer 8.0 me pide y selecciono el certificado.
Al completar la solicitud y pulsar el boton de enviar y firmar me aparece la ventanita de “Firma Digital” y en el recuadro “Elija el certificado con el que va a firmar” me aparece el siguiente mensaje: error: fallo al intentar adquirir el manejador del almacen
Pulso en el boton de “Pulse para continuar” y nada se reinicia Internet Explorer
volviendo a la página de la solicitud de devolucion
Puede usted orientarme sobre como he de subsanar el error
Gracias por su atencion y tiempo
Estimado Lolo;
No me hago una idea de los motivos que te originan el tipo de problema que me comentas. Seguramente se trate de un problema de mala configuración del ordenador, por lo que habría que mirar qué tienes configurado o desconfigurado que te pueda provocar el error.
Como yo no puedo hacerlo, te invito que visites el servicio WebCall de la AEAT, atendido por personal de Informática del Departamento de Informática de la AEAT mediante un chat y que, en caso de necesitar ver tu ordenador, si los autorizas, tienen la posibilidad de visualizar tu configuración de forma remota para ayudarte.
Saludos
hola,yo he hecho los 4 pasos que ponen para que windows vista reconozca los certificados digitales, pero , ahora me aparece, en el icono de internet el escudo rojo que dice que la configuracion pone en peligro mi equipo…. y cada vez que abro internet, tambien me aparece una barra recordandome lo mismo que “la configuracion de seguridad actual pone a su equipo en peligro. haga clic aqui para cambiar la configuracion de seguridad”.¿me pueden decir que puede ser?, he seguido sus pasos uno a uno…. gracias de antemano.
Espero que me respondan pronto porque esto me tiene ya….
un saludo
Estimad@ Irune;
Ya sabemos que para Windows Vista todo es “peligroso”. Las instrucciones que comentas son las que recomienda la propia página web de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre para que sus certificados funcionen adecuadamente; instrucciones que “todos” hemos seguido al pié de la letra para poder trabajar…
Saludos
muchas gracias, sale ya todo perfecto, llevo meses con el tema, y la verdad es que es como para escribir una carta al periodico, porque he llamado a izenpe ( el que me dio el certificado), y no sabian de que les estaba hablando, llame a hp( la casa de mi portatil), y se lavaron las manos, llame a telefonica ( donde tengo adsl e imagenio), y se lavaron las manos,llame a microsoft, y lo mismo, ya harta, volvi a insistir a microsoft ya poniendo verde al sistema operativo windows vista y me remitieron a una pagina de ayuda tecnica en donde me iban a cobrar 60€, a lo que les respondi que ya me parece increible que encima de que el problema es que ellos lo han hecho mal, y te quieran cobrar para arreglarlo.
así que de verdad, muchas gracias por su ayuda GRATUITA, ya que sois los unicos que me han querido YA NO SOLO ESCUCHAR sino darme una solucion
Estimad@ Irune;
Me alegro de que por fin hayas arreglado tu problema, y únicamente una pequeña aclaración: el blog lo llevo yo personalmente, sin contar con la ayuda de nadie. He hecho alguna propuesta a algún compañero por si quieren colaborar de vez en cuando pero no lo he conseguido.
saludos
Apreciado Sr.
Tengo en mi poder un Certificado digital de Clase 2 CA emitido por FNMT, instalado correctamente en mi ordenador y no revocado hasta día de hoy (WINDOWS XP Home Edition).
Cuando lo solicité, en verano de este ejercicio, en mis datos personales se hacía referencia a una dirección de correo electrónico en HOTMAIL, que era la que entonces tenía.
En este momento tengo una nueva dirección de correo con telefónica y utilizo como gestor de correo electrónico el programa de WINDOWS OUT LOOK EXPRESS.
Cuando intento enviar correos electrónicos desde mi OUTLOOK, el programa no me reconoce el certificado digital, seguramente porqué la dirección de correo electrónica del certificado es la antigua de HOTMAIL y no la nueva de TELEFONICA.
He probado por todos los medios modificar los términos de la certificación digital y no me es posible, seguramente porqué está protegida.
¿Hay alguna manera de hacerlo, o por lo contrario no me queda más remedio que solicitar uno nuevo con los nuevos términos y solicitar paralelamente la revocación del antiguo?.
Agradecíéndoles de antemano su ayuda, me despido atentamente de usted,
Joan -Barcelona
PS Es posible que lo que pregunto ya haya sido contestado, aunque su web es tan interesante y extensa que probablemente se me haya pasado por alto.
Estimado Joa;
Me temo que lo que pretendes es imposible, ya que un certificado digital, una vez generado es inmodificable. Por tanto, si quieres firmar correos electrónicos, has de revocar el que tienes y pedir uno nuevo con la nueva dirección de correo y vincularlos.
Saludos