El Colegio de Gestores de Granada, Jaén y Almería edita una versión de su revista Gestor.es

30 01 2009

revista-gestoresEl Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Granada, Jaén y Almería, ha iniciado una nueva etapa con un cambio radical en el diseño de la revista que edita periódicamente con noticias de interés, no solo para el colectivo de Gestores.

A partir de ahora la revista Gestor.es únicamente está disponible, y para cualquier usuario, en la página web del colegio, desde la que se podrá leer y descargar.

La revista se muestra, además, en dos versiones:

  • en pdf descargable directamente al ordenador, y
  • bajo tecnología flash visualizable desde la web a modo de libro electrónico que pasa las hojas como si de la antigua edición en papel se tratara.

revista-gestores-flash

Mis felicitaciones desde estas líneas al Colegio y, en particular, a la figura de su presidente D. Miguel Angel Vilchez, de quien estoy seguro habrá partido este proyecto.





Diagnósticos y Manuales para las empresas sobre LOPD y la LSSI

29 01 2009

El pasado 14 de mayo anuncié una herramienta ubicada en la web de la Confederación de Empresarios de Andalucía (CEA) en colaboración con la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía, que consistía en un Manual en formato flash sobre la aplicación de la Ley Orgánica de la Protección de Datos y la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información en las empresas.

En dicho post, me lamentaba de que la misma estuviera desactualizada, ya que sus contenidos estaban basados en el derogado Reglamento de aplicación de la LOPD y de que tampoco se hacía referencia alguna a normas de trascendental interés relacionadas con el desarrollo de la Sociedad de la Información.

lopd-cea.jpgEn justicia, debo anunciar que ya está disponible el mismo manual pero ahora totalmente actualizado, que incluye los siguientes apartados:

  • Inicio
  • LOPD
  • LSSI
  • LOPD y Comercio Electrónico
  • Glosario
  • Enlaces
  • Descargas, y
  • Mapa Web

El manual lo encontraréis en la siguiente dirección:

http://www.cea.es/portalcea/proyectos/lopd/

Asimismo y relacionado con este mismo tema, el Portal de Innovación de la referida Confederación (Innnocea), contiene un magnífico Servicio de Diagnóstico y Soporte a la LOPD y la LSSI, con los siguientes contenidos desglosados, tanto para la LOPD como para la LSSI:

  • Diagnóstico previo, que incluye un cuestionario con 10 preguntas para elaborar un diagnóstico de la situación.
  • Un formulario para realizar consultas sobre estos temas.
  • FAQS, con preguntas más frecuentes.
  • Errores que se suelen cometer.
  • Información de interés para autónomos.
  • Información de interés para empresas, y
  • Descargas de normas y modelos a utilizar sobre diferentes acciones.

servicio-diagnostico-lopd

La dirección de acceso a este otro servicio es:

http://www.innocea.es/proyectos/lopd/index.asp





La Junta de Andalucía concede a la CEA incentivo de 1,78 millones de euros para el desarrollo de Facturpyme

28 01 2009

teclas-y-dedoLa Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía ha concedido un incentivo de 1,78 millones de euros a la Confederación de Empresarios de Andalucía (CEA) para el desarrollo del programa Facturpyme de fomento del uso de la factura electrónica entre las pequeñas y medianas empresas andaluzas.

El proyecto Facturpyme promueve una herramienta de facturación electrónica basada en la plataforma Pymetronica, impulsada desde la CEA para mejorar los sistemas de gestión de las empresas y la relación entre clientes y proveedores.

Con este proyecto se pretende difundir esta aplicación entre más de 6.000 empresas y lograr su implantación en unas 4.000 (2.000 pequeñas empresas, 500 medianas y 1.500 micropymes).

Esta iniciativa se llevará a cabo en tres fases:

  1. Desarrollo de una herramienta web para el control y administración del proyecto.
  2. Difusión de los beneficios y posibilidades que ofrece la facturación electrónica, y
  3. Implantación de la solución tecnológica a través de Pymetronica.

En esta última fase se ofrecerá a las empresas una consultoría especializada que comprenderá tanto la evaluación de las necesidades técnicas de adaptación como la integración de la aplicación y la entrega de un manual de usuario, entre otros servicios.

El proyecto Facturpyme prevé también la edición de una guía sobre el uso de esta tecnología y sus ventajas para el entorno empresarial.

En este programa van a participar, además de la CEA y sus ocho confederaciones provinciales, 16 organizaciones sectoriales y diversas consultoras que intervienen en la implantación de la facturación electrónica.

Fuente: Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa (Junta de Andalucía). No os molesteis en buscar la nota de prensa en la web de forma transparente (como promueve la Ley 11/2007), ya que si quereis verlas  teneis que registraros previamente.





Libro “La factura electrónica y otras obligaciones telemáticas de empresarios y profesionales”

27 01 2009

la-factura-electronicaRecientemente llegó a mis manos un ejemplar del libro La factura electrónica y otras obligaciones telemáticas de empresarios y profesionales, una herramienta fundamental para empresarios y profesionales en unos tiempos como los que corren en los que, la factura electrónica empieza a utilizarse por el sector empresarial cada vez con mayor frecuencia y en el que, cada vez más también, nuestras obligaciones tributarias y mercantiles las realizamos a través de Internet.

Sintesis:

En este completo ejemplar podemos encontrar toda la información necesaria para la realización de las presentaciones telemáticas de los libros de IVA cuya obligatoriedad ha comenzado el pasado 1 de enero para las empresas acogidas al Sistema de Devolución Mensual del IVA y que el próximo año lo será para todas las Sociedades Anónimas y Limitadas.

Los temas tratados en el mismo son analizados detenidamente tanto desde un punto de vista legal, como técnico y práctico, incluyendo comentarios, cuadros y esquemas que facilitan la comprensión de los contenidos tratados, así como resolución a las dudas más frecuentes que suelen plantearse.

Por último, su autor analiza también las facultades legales de la Inspección de Hacienda para poder efectuar sus actuaciones atendiendo a las posibilidades que nos brinda la tecnología actual.

ISBN y Depósito Legal:

  • ISBN: 978-84-8235-750-8
  • Depósito Legal: M-46418-2008

Publicación y edición:

  • Editado por CISS
  • Contenido actualizado a octubre de 2008, pero que incluye las nuevas obligaciones tributarias que entraban en vigor el pasado 1 de enero de 2009

Autor:

José María Peláez Martos, Inspector de Hacienda del Estado

Indice:

  • La factura electrónica
    • La factura electrónica como avance tecnológico
    • Obligación de facturar electrónicamente
    • Concepto, contenido y validez legal de la factura electrónica
    • Obligaciones legales de los expedidores
    • Obligaciones legales de los destinatarios
    • Lugar de expedición y conservación de facturas emitidas y recibidas
    • Transformación de papel a digital
    • Transformación de digital a papel
    • Cómo hacer una factura electrónica
  • Obligaciones telemáticas fiscales, mercantiles de empresarios y profesionales.
    • Obligaciones telemáticas fiscales
    • Obligaciones telemáticas mercantiles
  • Relaciones telemáticas con la Administración.
    • Relación telemática entre las administraciones públicas y los ciudadanos
    • El expediente electrónico
    • Las notificaciones telemáticas
    • El domicilio fiscal electrónico
  • Actuaciones inspectoras sobre los sistemas informáticos de los empresarios y profesionales.
    • Introducción
    • Obligaciones tributarias formales
    • Facultades de la Inspección de los Tributos
    • Infracciones y sanciones
  • Normativa y Bibliografía.
    • Referencias normativas
    • Textos básicos
    • Material bibliográfico

Más información y adquisición.

Ver otros libros recomendados.





Se aprueba el Reglamento de control sobre el comercio exterior de material de defensa, de otro material y de productos y tecnologías de doble uso

26 01 2009

helicoptero.jpgEn el B.O.E. del pasado día 7 de enero se publicó el Real Decreto 2061/2008, de 12 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de control del comercio exterior de material de defensa, de otro material y de productos y tecnologías de doble uso.

Desde finales de 2007 nos hemos encontrado con una situación algo “extraña”, la misma situación que ya ha ocurrido con anterioridad en otras áreas del derecho tributario y aduanero.

Hemos tenido una Ley, la Ley 53/2007, de 28 de diciembre, de control sobre el comercio exterior de material de defensa y de doble uso, y unas normas de desarrollo de la Ley que, curiosamente, eran de fecha anterior a la Ley, en concreto:

  • El Real Decreto 1782/2004, de 30 de julio, por el que se aprobó el Reglamento de control del comercio exterior de material de defensa, de otro material y de productos y tecnologías de doble uso, y
  • La Orden ITC/822/2008, de 19 de febrero, por la que se modificaron los anexos del citado real decreto.

Con la aprobación del Real Decreto 2061/2008, han quedado derogados tanto el Real Decreto 1782/2004 anterior, como la Orden ITC/822/2008, recogiendo que los anexos I, II y III podrán ser actualizados mediante Orden del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.

Aun sin haber entrado en vigor este Real Decreto, lo que se producirá el próximo 7 de febrero, ya ha salido publicada en B.O.E. una corrección de errores que incluye unas pequeñas modificaciones en el texto y que sustituye el anexo IV.14 por el anexo IV.15.





Libro “El Operador Económico Autorizado”

23 01 2009

oeaEl pasado año 2008 se publicó una obra eminentemente práctica para los operadores de comercio exterior que se suma a la colección de monografías editadas por la Asociación Española de Concesionarios de Zonas y Depósitos Francos de España.

Se trata del manual El Operador Económico Autorizado, que analiza esta fundamental figura potenciada por la Organización Mundial de Aduanas, por la Unión Europea, y que el Departamento de Aduanas e II.EE. de la Agencia Tributaria está impulsando por toda nuestra geografía.

Sintesis:
El estatuto del OEA proporciona a las empresas que lo obtengan y que hayan acreditado disponer de un alto nivel de control y seguridad en sus operaciones logísticas y de comercio internacional, importantes ventajas en el desarrollo de su actividad, con los propios operadores de comercio y con las autoridades aduaneras.

Tal y como citan sus autores en el prólogo, “esta obra sólo representa la interpretacíon personal, las dudas, las respuestas, el sentir de dos personas, que tratan de analizar, objetivamente, la figura del operador económico autorizado“.

En definitiva, nos encontramos ante una obra fundamentalmente práctica donde, de manera sintética, recoge la evolución de esta figura y la normativa que hoy la regula, que pretende ayudar a los operadores de comercio exterior a tomar decisiones o posturas en relación con la figura del OEA y su acreditación.

Publicación y edición:
Editado en 2008 por el el Consorcio de la Zona Franca de Vigo y la Zona Franca de Cádiz.

Autores:

  • Nicolás Bonilla, Director del Departamento de Aduanas e II.EE. de la Agencia Tributaria.
  • Felipe Rodrigo, Subdirector general de Gestión Aduanera de la Agencia Tributaria.

Índice:

  • Por qué aparece la figura del Operador Económico Autorizado
  • Cómo la aduana afronta las nuevas misiones en materia de seguridad
  • El Operador Económico Autorizado. Las iniciativas a nivel mundial.
  • El operador económico autorizado. La iniciativa europea.
  • Análisis de la figura del Operador Económico Autorizado.
  • Perspectiva de futuro. El Código Aduanero Modernizado
  • La valoración empresarial de la necesidad de ser Operador Económico Autorizado.

Adquisición:
Este manual no se encuentra a la venta en librerías, únicamente se puede adquirir a través de las Zonas Francas dependientes de la Asociación Española de Concesionarios de Zonas y Depósitos Francos.

Ver otros libros recomendados.





Habilitada la posibilidad de adjuntar telemáticamente documentos relativos al modelo 039

20 01 2009

La sede electrónica de la AEAT ha publicado la Resolución de 1 de enero de 2009, del Departamento de Organización, Planificacición y Relaciones Institucionales, por la que se incluyen nuevos trámites, procedimientos o comunicaciones en los que cabe la presentación de documentos electrónicos en el registro de documentos electrónicos en el Registro Telemático General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (1-enero-2009)

Con esta Resolución se ha incluido en el registro telemático general la posibilidad de poder presentar documentos electrónicos relacionados con la declaración (modelo 039) de Comunicación de datos, correspondiente al Régimen especial del Grupo de Entidades en el Impuesto sobre el Valor Añadido. Dicha opción está ya plenamente operativa en la oficina virtual, por lo que ya se puede utilizar.





Próxima Jornada sobre Novedades en la Gestión Documental en la empresa

19 01 2009

puzle01El próximo día 5 febrero tendrá lugar en Sevilla una Jornada sobre Novedades en la Gestión Documental en la Empresa en el que he tenido el honor de ser invitado como ponente.

El programa del acto es el siguiente:

16,45 h. Entrega de documentación

17,00 h. Apertura

17,15 h. La Implicación de la Protección de Datos en la Gestión Documental

  • Ponente: Juan Miguel Pulpillo Fernández, Abogado Área Sistemas de Información, Jefe Proyectos LOPD Ascendia Reingeniería + Consultoría
    • Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD)
    • Adecuación a la LOPD

18,00 h. Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico

  • Ponente: Miguel A. Pendón Meléndez, Prof. Titular Derecho Mercantil Universidad de Jerez y Consultor Caveat Abogados, S.L.P.
    • Ley 34/2002, de 11 de julio (LSSI)
    • Comercio Electrónico
    • Firma y Facturación Electrónica

18,45 h. Pausa Café

19,15 h. Administración Electrónica: Tramitaciones Telemáticas

  • Ponente: Bartolomé Borrego Zabala, Vocal Responsable División de Nuevas Tecnologías – Agencia Tributaria
    • Ley de Administración Electrónica y su Aplicación Práctica por la Empresa
    • Novedades en Tramitaciones telemáticas con la Administración Tributaria
    • El Documento Electrónico y la Gestión Documental

20,00 h. Aplicaciones informáticas para la Gestión Empresarial de la Información

  • Ponente: Fernando Moreno-Torres, Director Gerente de MTC Soft
    • Software de Gestión Documental en la empresa

20,30 h. Coloquio

20,45 h. Clausura

Lugar de celebración:

  • Hotel NH Viapol – Sevilla
  • C/ Balbino Marrón 9
  • 41018 Sevilla
  • Si desea saber cómo llegar, pulse aquí

Podéis encontrar más información al respecto así como la ficha de inscripción en

http://monograficos2009.blogspot.com






Se fijan los umbrales de exención y estadísticos en Intrastat para 2009

16 01 2009

union-europea.jpgEn el B.O.E. del 31 de diciembre de 2008 se ha publicado la ORDEN EHA/3799/2008, de 23 de diciembre, por la que se fijan umbrales relativos a las estadísticas de intercambios de bienes entre Estados miembros de la Unión Europea para el año 2009.

Lo cierto es que la referida Orden no ha modificado en absoluto los límites establecidos para el anterior año 2008, por lo que los umbrales para el presente 2009 siguen quedando de la siguiente forma:

Umbrales de exención:

  • Introducciones en la Península y Baleares de mercancías procedentes de otros Estados miembros de la Unión Europea: 250.000 euros de importe facturado acumulado en el ejercicio precedente o en el corriente.
  • Expediciones desde la Península y Baleares de mercancías con destino a otros Estados miembros de la Unión Europea: 250.000 euros de importe facturado acumulado en el ejercicio precedente o en el corriente.

Umbrales estadísticos:

  • Introducciones en la Península y Baleares de mercancías procedentes de otros Estados miembros de la Unión Europea: 6.000.000 euros de importe facturado acumulado en el ejercicio precedente o en el corriente.
  • Expediciones desde la Península y Baleares de mercancías con destino a otros Estados miembros de la Unión Europea: 6.000.000 euros de importe facturado acumulado en el ejercicio precedente o en el corriente.





¿Cuándo utilizar los nuevos modelos 303 y 308, y cuándo el 300, 320, 332 y 330?

15 01 2009

Ante las dudas que ha originado la aprobación de los nuevos modelos 303 y 308 que han derogado y sustituido a los modelos:

  • 300, «Autoliquidación trimestral del Impuesto sobre el Valor Añadido»
  • 320, «Grandes Empresas. Declaración mensual del Impuesto sobre el Valor Añadido»
  • 332, «Grandes empresas inscritas en el Registro de exportadores y otros Operadores Económicos. Declaración mensual del Impuesto del Valor Añadido», y
  • 330, «Exportadores y otros operadores económicos. Declaración mensual del Impuesto sobre el Valor Añadido».

en cuanto al momento de su utilización, os informo que he incluído en el post que escribí al respecto recientemente una aclaración acerca de cuando utilizar los viejos modelos que deroga la Orden EHA/3786/2008, de 29 de diciembre, y cuando utilizar los nuevos.





Nuevas entidades que se acogen al formato FACTURAE

14 01 2009

e-factura.jpg

Sigue creciendo el número de empresas/administraciones públicas usuarias del formato FACTURAE de de factura electrónica. Las últimas incorporadas a la lista son:

Emisoras y receptoras de facturas:

  • IDI EIKON (Investigación y Desarrollo Informático Eikon SL), Actividades Informáticas.

Prestadores de servicios de facturación electrónica:

  • ESKER IBERICA, Empresa desarrollo software.
  • TELEFÓNICA SOLUCIONES DE INFORMÁTICA Y COMUNICACIONES DE ESPAÑA, S.A.U., Tecnologías de la Información.
  • IDI EIKON (Investigación y Desarrollo Informático Eikon SL), Actividades Informáticas.
  • DIAGRAM SOFTWARE, S.L., Informática.

Empresas desarrolladoras de soluciones de facturación electrónica con el formato Facturae:

  • IDI EIKON (Investigación y Desarrollo Informático Eikon SL), Actividades Informáticas.
  • DIAGRAM SOFTWARE, S.L., Informática

A continuación incluyo resumen de situación de entidades relacionadas con el formato FACTURAE a fecha 13-1-2009:

  • Nº de entidades emisoras y receptoras:  50
  • Nº de prestadores de servicios de facturación electrónica:  25
  • Nº de empresas desarrolladoras de soluciones de facturación:  19






Nuevo software homologado de digitalización certificada de facturas

14 01 2009

La sede electrónica de la AEAT, en cumplimiento del artículo 7 apartado e) Orden EHA 962/2007 y del apartado noveno de la Resolución 24 de octubre de 2007 sobre el procedimiento para la homologación de software de digitalización, ha anunciado la 8ª homologación software de digitalización certificada de facturas.

Se trata del software SCAN_VISIO EDOCUMENT SUITE, versión 2.0, de la empresa ABAST SOLUTIONS, fecha de homologación: 16/12/2008.





Novedades en la sede electrónica del B.O.E.

13 01 2009

Una de las novedades con las que nos encontramos desde el pasado día 1 de enero es el aspecto y el contenido de la nueva página del B.O.E.

Como ya adelanté anteriormente, el B.O.E. se consulta ya desde Internet con plenos efectos jurídicos.

El nuevo B.O.E. tiene carácter oficial y auténtico con arreglo a las normas y condiciones establecidas en el Real Decreto 181/2008, de 8 de febrero, derivándose de la misma los efectos previstos en el Título Preliminar del Código Civil y en las restantes normas aplicables.

El carácter de autenticidad se consigue mediante la utilización de la firma electrónica avanzada. Dicha firma se incorpora por separado en cada una de las disposiciones publicadas, lo que permite asegurarse de la autenticidad de una disposición concreta sin necesidad de descargar el diario completo.

Visualmente, observaremos una diferencia entre las disposiciones publicadas hasta el 31 de diciembre y las publicadas a partir del 1 de enero. Ésta consiste en la representación gráfica de la misma con un icono del formato PDF que incluye una marca en la esquina inferior derecha del mismo.

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Para aquellos que quieran o necesiten verificar la autenticidad de las normas publicadas, la sede electrónica del B.O.E. ha incluído también un breve manual que recoge los pasos a seguir a la hora de verificar la firma electrónica contenida en los ficheros PDF, así como el sello de tiempo incluído en el mismo.

Para contrastar la autenticidad de cualquier página del Boletín Oficial del Estado impresa en papel, todas las disposiciones contienen un Código de Verificación Electrónico (CVE) impreso en el margen inferior derecho que permite el cotejo con el documento electrónico original.

El CVE consiste en un conjunto de caracteres que identifican de forma única cualquiera de las disposiciones, actos y anuncios publicados en el Boletín Oficial del Estado.

Para la realización de dicho cotejo habremos de utilizar la correspondiente casilla de verificación que incluye en la portada de la sede electrónica del B.O.E.

boe-cve

Ahora el único problema que tienen los fanáticos del papel es ¿cómo hacer para llevar el seguiminiento de los ejemplares que han leído? Salvo que la sede electrónica del B.O.E. incluya un sistema que permita llevar este control (claves de usuario, cookies, etc.), los referidos usuarios tendrán que recurrir a la libretilla en papel…





La presentación telemática de los registros fiscales del IVA nace con problemas

12 01 2009

Realmente, la presentación telemática en sí del modelo 340 no podemos decir que haya nacido con problemas (por el momento, ya que aún no ha habido ninguna), pero si he encontrado algunos inconvenientes en el nuevo programa de ayuda del modelo 340 que facilita la elaboración del fichero de esta declaración para su posterior transmisión por vía telemática.

Como recordaréis, la presentación telemática del modelo habrán de realizarla de forma obligatoria desde el 1 de enero de 2009  todos los obligados tributarios que se den de alta en el nuevo Registro de Devolución Mensual, y a partir del 1 de enero de 2010 el resto de obligados tributarios que deban presentar el IVA, IGIC o el Impuesto sobre Sociedades por vía telemática (que en este caso serán las sociedades anónimas y las limitadas con independencia de su inscripción en el mencionado registro de devolución mensual).

El primer aspecto relativo al programa de ayuda que os quiero comentar es el de su interfaz. No se trata de un programa con la habitual interfaz de windows que se instala en el PC y, una vez desconectado de Internet, se ejecuta desde el propio ordenador accediendo a él siguiendo la ruta Botón de Inicio » Programas » AEAT; sino que su contenido se descarga en C:/AEAT/340_2009 y se ejecuta directamente en entorno web, es decir, trabajamos en el propio navegador, incluso desconectado de Internet. El problema puede surgir a la hora de volver a usar el programa, ya que en este caso no se instala el típico acceso directo en la ruta anterior, y hará que más de uno se vuelva loco buscando el habitual icono de la AEAT para ejecutarlo.

La página de la AEAT avisa acerca de la ubicación del fichero que permite ejecutar la aplicación, por lo que los más avispados, colocarán un acceso directo del mismo en el Botón de Inicio, sin embargo, no os recomiendo que hagáis ésto, ya que la idea con la que se ha implantado este nuevo sistema es que cada vez que vayáis a acceder al programa, os tengáis que descargar de nuevo el programa para que realice las oportunas correcciones o actualizaciones que hayan aparecido desde la última vez que se descargó (no borra los datos anteriormente grabados). Si bien ésto no queda muy bien explicado en la web.

El segundo aspecto que os quería comentar es también relativo a la instalación, ya que aunque el navegador Firefox es uno de los admitidos para trabajar con la AEAT, sin embargo, si intentamos realizar la descarga/instalación del programa desde este navegador, se nos mostrará en primer lugar el siguiente mensaje:

aviso-firefox1

en el que nos avisa que hemos de desactivar  las ventanas emergentes (pop up). La sorpresa viene a continuación, cuando una vez desactivada dicha opción intentamos proseguir y nos aparece un nuevo mensaje:

aviso-firefox2

en este caso nos avisa de un error que imposibilita su descarga desde este navegador, por lo que tendremos que acudir sin más remedio a Internet Explorer.

El tercer aspecto a comentar es el de la cantidad de información que hay que transcribir por cada factura. Ved por ejemplo las casillas que hay que incluir en el supuesto de una factura expedida:

- En relación con el cliente:

  • NIF declarado
  • NIF Representante legal
  • Apellidos y nombre, razón social o denominación
  • Código País
  • Clave Iden.Fiscal País Residencia
  • Nº iden. Fiscal País Residencia

- En relación con la factura expedida:

  • Clave de Operación
  • * Número de registro
  • Número Facturas
  • Nº Registros (desglose)
  • Primer Número
  • Último Número
  • Identificación de la factura
  • * Fecha expedición (dd/mm/aaaa)
  • Fecha Operación(dd/mm/aaaa)
  • Base Imponible
  • Tipo Impositivo
  • Cuota del impuesto (la calcula automáticamente)
  • Tipo Recargo Equivalencia
  • Cuota Recargo Equivalencia
  • Imp. Total de la Factura
  • Base Imponible a Coste
  • Identificación Factura Rectificada

Como podemos observar, se trata de una gran cantidad de información la que tenemos que introducir para cada factura, más de la que habitualmente trabajamos en los programas de contabilidad/facturación.

Si multiplicamos el número de estas casillas por el número de facturas que podemos expedir en un més, más el de las recibidas, más el de los bienes de inversión, más el de determinadas operaciones intracomunitarias…,  el resultado nos puede llevar a la conclusión consistente en la necesidad de contratar a un nuevo empleado, ya que, además de llevar la contabilidad de la empresa o negocio, habrá ahora que transcribir los mismos datos contables a este nuevo modelo y, además, cumplimentar las nuevas casillas que, en Contabilidad, normalmente no reflejamos y que el nuevo modelo exige.

Lo mejor de todo es que contamos en el programa con una ayuda para saber qué tenemos que indicar en cada casilla, que sería útil si funcionara. Ah!, tampoco la busquéis en el directorio C:/AEAT/340_2009, porque allí tampoco está, en cambio si os podéis encontrar en éste con ficheros correspondientes a otros programas de ayuda del Impuesto sobre Sociedades que nada tienen que ver con el sistema de devolución mensual del IVA y con el modelo 340.

Ante todo este cúmulo de cosas que descubrí el mismo día 2 en que se anunció en la página la puesta en producción del programa, he estado esperando hasta hoy para ver si se corregían algunas cosas y, dado que lo único que se ha corregido ha sido las dos imágenes del calendario que anteriormente no se mostraban, opto por escribir este comentario para aclararos un poco las ideas.

A la vista de lo anteriormente expuesto, sólo me cabe confiar en las empresas de software y que sean ellos los que incluyan en sus programas de contabilidad las opciones correspondientes que permitan generar el fichero a transmitir telemáticamente y olvidarnos así de este programa que, a fecha de hoy y en mi modesta opinión, va ser  muy poco utilizado, salvo que lo utilicéis para prevalidar los datos que generen vuestros programas comerciales.





Comienza la Campaña de Declaraciones Informativas 2008

5 01 2009

declaraciones-informativas-resumen-anual-ivaEl pasado día 1 comenzó la Campaña sobre las Declaraciones Informativas 2008, que nos va a tener atareados a empresarios, profesionales y otros obligados tributarios todo el presente mes de enero, aunque supongo que realmente no empezaremos a trabajar en ella hasta pasadas estas fiestas.

Como ya comenté anteriormente, esta Campaña se presenta con algunas novedades significativas que ya resumí en las presentaciones que incluí recientemente en este blog.

Aunque, una vez más, la sede electrónica de la Agencia Tributaria no ha avisado en el apartado de novedades, de la inclusión del portal dedicado a las Declaraciones Informativas 2008, que ya está repleto de información y trámites.

Éstos son: