Novedades en la oficina virtual del Catastro

27 08 2008

La Oficina Virtual del Catastro dispone de una nueva funcionalidad que proporciona, de momento sólamente a entidades locales (ayuntamientos y diputaciones) y a los usuarios de gerencias del Catastro, información de los expedientes catastrales asociados a los inmuebles y fincas que hayan sido registrados de 2003 en adelante.

En la pantalla de consulta de datos catastrales de los usuarios registrados de los tipos mencionados, pueden aparecer dos nuevos enlaces: “Expedientes asociados al inmueble” y “Expedientes asociados a la finca”.
A partir del primero se obtiene un listado de expedientes jurídicos del inmueble, y a partir del segundo, los expedientes asociados a la finca.

De cada expediente se pueden consultar los siguientes datos:

  • Fecha de cierre
  • Referencias afectadas
  • Presentador, y
  • Etapas.

Para las etapas que tengan documentos asociados (la etapa aparece subrayada) se puede ver información del documento (número, NIF del destinatario y tipo de documento), y en caso de estar disponible en formato PDF, se muestra un enlace para descargarlo. Asimismo, si existe acuse de recibo, se muestra un enlace para descargarlo desde el servicio que proporciona Correo Híbrido.






El Gobierno aprueba la eliminación del gravamen del Impuesto de Patrimonio, las devoluciones mensuales del IVA y otras medidas fiscales

26 08 2008

El último Consejo de Ministros celebrado el pasado 14 de agosto ha aprobado el Proyecto de Ley que recoge entre otras las siguientes medidas:

  • La supresión del gravamen del Impuesto sobre el Patrimonio.
  • La generalización del sistema de devolución mensual en el IVA, y
  • La introducción de otras modificaciones en la normativa tributaria.

Las dos primeras medidas estaban contenidas en el Plan de Estímulo Económico que aprobó el Gobierno el pasado 18 de abril.

SUPRESIÓN DEL IMPUESTO SOBRE EL PATRIMONIO

Se establece una bonificación estatal del 100% de la cuota del Impuesto a partir del 1 de enero de 2008 y se elimina la obligación de declarar. De este modo, la último declaración de este Impuesto a presentar ha sido la presentada en los pasados meses correspondiente al ejercicio 2007.

NUEVO SISTEMA DE DEVOLUCIONES DEL IVA DE CARÁCTER MENSUAL

A él podrán acogerse alrededr de 1,2 millones de empresas, que podrán recibir el IVA de forma anticipada sin tener que esperar a recibirlo en el momento de presentar la declaracíon anual en enero de 2010.
Las principales beneficiarias de esta medida serán las empresas de nueva creación y las que realicen inversiones.

MEDIDAS FISCALES PARA EL SECTOR DEL TRANSPORTE POR CARRETERA

El Proyecto de Ley también incluye las medidas acordadas el pasado mes de junio entre el Gobierno y los representantes del sector del transporte por carretea para paliar los efectos del alza del precio del petróleo.

Las modificaciones que presentan afectan al IAE y al Impuesto sobre las Primas de Seguros.

En el primero (IAE), establece una bonificación del 50% en las cuotas del sector del transporte por carretera para el año 2008.

Respecto el segundo (Imp. Primas Seguros), la bonificación será del 75% durante los años 2008 y 2009 para las operaciones de seguro relacionadas con el transporte público urbano y por carretera de mercancías o viajeros.

TRIBUTACIÓN DE LAS MOTOCICLETAS

El proyecto delimita la tributación de motocicletas en el Impuesto de Matriculación según los niveles de emisión de CO2, que quedará así:

TIPO CRITERIOS DE DELIMITACIÓN
0% Emisiones no superiores a 80 g CO2/km.
4,75% Emisiones superiores a 80 g CO2/km e inferiores a 120 g CO2/km.
9,75% Emisiones no inferiores a 100 g CO2/km e inferiores a 120 g CO2/km.
14,75%
Emisiones iguales o superiores a 120 g CO2/km.
Motocicletas cuyas emisiones oficiales no se acrediten.
Motocicletas con potencia superior a 74 Kw (100 cv), independientemente de sus emisiones.

OTRAS MODIFICACIONES TRIBUTARIAS

Las otras novedades en el ámbito fiscal que comentaba al principio de este post son:

En el ámbito del Impuesto sobre Sociedades:

  • Se incluyen determinadas correcciones técnicas encaminadas a incrementar la seguridad jurídica de las empresas ante los cambios introducidos en el Plan General de Contabilidad. Con estas correcciones se aclaran las dudas que se habían suscitado entre las empresas sobre los efectos fiscales de las nuevas normas contables y que llevaron a modificar el sistema de pagos fraccionados del ejercicio 2008.
  • Se amplía el ámbito de aplicación de las deducciones por I+D+i en el Impuesto sobre Sociedades que, a partir de 2008, podrán aplicarse también las empresas que realizan más del 25% de su actividad investigadora en otro país de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo.

En el régimen de viajeros aplicable en el mundo aduanero se elevan las cuantías de los productos que pueden introducirse en el país libres de impuestos:

  • Los viajeros que lleguen vía terrestre podrán introducir mercancías por valor de 300 euros.
  • Si llegan por vía marítima o aérea el importe ascenderá a 430 euros.
  • Si el viajero es menor de 15 años, la cuantía se reduce a 150 euros, en ambos casos.
  • Tampoco tendrán que pagar impuestos los viajeros que introduzcan en España hasta 4 litros de vino y 16 litros de cerveza.







Se van a reducir las cargas administrativas en 70 procedimientos para impulsar la actividad económica (3ª Parte y última)

21 08 2008

Como continuación de los posts anteriores, voy a enumerar ahora las principales cargas administrativas que han sido objeto de reducción o eliminado en aquellos ámbitos que pueden estar relacionados con el mundo tributario y aduanero. En este tercer artículo hablaré de las medidas que afectan al Ministerio del Interior, Industria, Turismo y Comercio y al Ministerio de Trabajo e Inmigración.

Sin duda, el paquete de medidas relacionado con el Ministerio del Interior va a favorecer de manera especial al colectivo de los Gestores Administrativos de España.

EN EL ÁMBITO DEL MINISTERIO DEL INTERIOR

37. Proyecto INTEVE (“Informes Telemáticos de Vehículos”), que ofrece la posibilidad de obtener informes del Registro de Vehículos a través de Internet. Segundo semestre de 2008.

Esta medida beneficia, entre otros, a propietarios de vehículos, asegurados, concesionarios de vehículos, interesados en una compraventa de vehículos o quien haya recibido un golpe por un vehículo a la fuga.

En la actualidad, para obtener un informe del Registro de Vehículos (que permite en el acto conocer si un vehículo está libre de cargas) es preciso desplazarse a la Jefatura de Tráfico y realizar tres gestiones (obtener un impreso, abonar una tasa y recoger finalmente el informe). Mediante el informe telemático se podrá obtener un documento desde un ordenador, en menos de veinte segundos. Se trata del primer trámite que la Dirección General de Tráfico pone en Internet de un modo completo.

38. Posibilidad de llevar a cabo la transferencia telemática de vehículos a través de centros gestores. Durante el año 2009.

Los principales beneficiarios de esta medida serán las empresas de flotas, de “renting ” y de compraventa de vehículos. En septiembre de 2007, la Dirección General de Tráfico firmó una encomienda de gestión con el Consejo General de Gestores Administrativos que permitirá que todas las transferencias de vehículos que se presentan en soporte papel se tramiten telemáticamente. Con ello se evitan desplazamientos a las Jefaturas, se ahorra papel (se realizan más de 2.500.000 las transferencias de vehículos en nuestro país y cada expediente consta de entre cuatro y siete hojas), se gana en rapidez y las sanciones de los radares se dirigirán contra quienes realmente son titulares de vehículo.

39. Posibilidad de que los Centros de Reconocimiento de Conductores remitan telemáticamente a la Dirección General de Tráfico la certificación médica exigida a los conductores para obtener y renovar su permiso de conducir. Diciembre de 2008.

La medida beneficia a los Centros de Reconocimiento de Conductores y a los propios conductores, más de veintitrés millones que deben realizar periódicamente (cada diez, cinco, tres o dos años, según la edad) la revisión de su permiso. En estos momentos está en tramitación un nuevo Reglamento de Centros de Reconocimiento de Conductores que les permitirá enviar el informe de aptitud psicofísica telemáticamente a Tráfico. De este modo, el ciudadano obtendrá su permiso renovado en el acto.

40 Solicitar la realización de la pruebas para la obtención del permiso de conducir y consultar los resultados de dichas pruebas a través de Internet. Diciembre de 2008.

Esta medida beneficia a las autoescuelas y a los aspirantes a obtener el permiso de conducir. Se trata de agilizar la gestión de las solicitudes de pruebas de aptitud para obtener el permiso de conducción. De este modo, el ciudadano acudirá únicamente al examen o prueba y obtendrá posteriormente los resultados desde su casa.

41. Posibilidad de realizar el pago de sanciones de tráfico a través de Internet, teléfono móvil y teléfono fijo. Julio de 2009.

Se trata de ofrecer al ciudadano que desea finalizar el procedimiento sancionador de una multa diversas vías u opciones de pago. En estos momentos sólo es posible realizar el pago presencialmente (en Jefatura, en el banco o en las oficinas de correos).

42. Posibilidad de emitir la tarjeta de la Inspección Técnica de Vehículos en formato electrónico. Diciembre de 2008.

Una vez establecida la Tarjeta ITV electrónica, será preciso interconectarse telemáticamente con todas las Administraciones implicadas (Agencia Tributaria, ayuntamientos y consejerías de Transportes para los impuestos de matriculación y circulación y la expedición de la tarjeta de transporte). De este modo, se podrá matricular telemáticamente el vehículo sin necesidad de desplazarse a ninguna ventanilla.

Dado que el 90 por 100 de las matriculaciones las presentan los gestores administrativos, a lo largo del último trimestre se pondrá en marcha la matriculación telemática desde los colegios de gestores, lo que les permitirá realizar aquellos trámites de la matriculación que aún faltan por interconectar.

EN EL ÁMBITO DEL MINISTERIO DE INDUSTRIA , TURISMO Y COMERCIO

43. Implantación de certificados telemáticos de importación y ayudas para favorecer el abastecimiento de regiones ultraperiféricas de la Unión Europea, supresión de la obligación de compulsa manual y establecimiento de mecanismos de interconexión con el Departamento de Aduanas. Enero 2010.

Esta medida afecta a las Islas Canarias y consiste en la expedición electrónica de los certificados de importación, exención de derechos de importación y ayuda a las zonas ultraperiféricas de la UE para la importación de productos de terceros países y el otorgamiento de una ayuda en caso de introducción de productos comunitarios. Con ello se reducirá al mínimo de tiempo de expedición del certificado, además de suprimirse la compulsa manual de la documentación que debe acompañar a la solicitud de los certificados y de establecerse una interconexión con el Departamento de Aduanas a efectos de agilidad del despacho de la mercancía.

44. Tramitación telemática para la declaración de inversiones extranjeras en España y su liquidación. Enero 2010.

Los titulares de inversiones extranjeras en España están obligados a presentar declaraciones de inversión y desinversión de las mismas ante el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio. La agilización de este trámite administrativo ahorrará tiempo a los inversores y permitirá al Departamento competente del Ministerio (Registro General de Inversiones) un mejor y más rápido procesamiento de la información.

45. Gestión telemática y creación de la Oficina virtual del Registro de fabricantes e importadores de vehículos. Enero 2009.

Los fabricantes de automóviles, tanto españoles como extranjeros, deben dar de alta en el Registro de Firmas de Fabricantes y Representantes a sus representantes a efectos de representación legal para homologación de sus vehículos o parte de los mismos, así como para la compra y firma de tarjetas ITV. La gestión telemática de dicho Registro permitirá realizar por Internet las altas, bajas y modificaciones de datos de los representantes y presentar la documentación requerida de forma digital.

50. Implantación de un acceso multicanal a la información de precios de productos petrolíferos y horarios. Noviembre 2008.

Se ofrece un nuevo servicio que proporciona la información precisa sobre el precio de los carburantes en todas las estaciones de servicio. De esta forma, se pueden programar los viajes y repostajes de una forma óptima.

57. Creación de un Portal para la facturación telemática por parte de las empresas suministradoras del Departamento. Septiembre 2008.

Esta medida permitirá a las empresas presentar las facturas por vía electrónica y consultar el estado de tramitación de las mismas.

59. Extensión de la tramitación telemática a los autónomos, iniciación del procedimiento directamente por Internet e impulso progresivo del silencio positivo en el procedimiento de constitución telemática de Sociedades de Responsabilidad Limitada y Sociedades Limitadas Nueva Empresa. Intensificación de la colaboración con comunidades autónomas y entidades locales para la normalización y simplificación de trámites. Julio 2009.

Hasta ahora, el sistema CIRCE del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio permite la creación de Sociedades Limitadas Nueva Empresa (SLNE) en catorce Comunidades Autónomas y Sociedades de Responsabilidad Limitada (SRL) en ocho Comunidades Autónomas a través de un único trámite. Con esta medida se extenderá este sistema también a los autónomos, que podrán darse de alta telemáticamente como empresarios individuales. También se permitirá el inicio directo en Internet de la tramitación, ya que ahora mismo el primer paso debe efectuarse de forma presencial.

EN EL ÁMBITO DELMINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN

60. Mejorar el acceso telemático de la Tesorería General de la Seguridad Social a los registros y bases de datos de organismos públicos para la verificación de la identidad y el cumplimiento de los requisitos para la inscripción de empresas. A partir del cuarto trimestre del 2008.

Actualmente, los empresarios tienen que aportar documentos expedidos por otros departamentos de la Administración en distintos trámites con la Seguridad Social. La medida aprobada tiene por objetivo que desde este organismo no se vuelva a pedir a las empresas documentos que ya obran en poder de otros departamentos de la Administración. Esto se traduce en una reducción de los costes económicos y de tiempos de gestión para el empresario.

61. Habilitar la incorporación al Sistema de Seguridad Social de los empresarios a través de medios telemáticos (Sistema RED / Internet). A partir del cuarto trimestre 2008.

El objetivo de esta medida es que los empresarios, como personas físicas, puedan realizar a través de medios telemáticos (Sistema RED / Internet) trámites que actualmente deben realizar de forma presencial. Esta medida pretende incorporar a los autónomos al RED. Ahora sólo las empresas, como personas jurídicas, pueden usar el RED.






Se van a reducir las cargas administrativas en 70 procedimientos para impulsar la actividad económica (2ª Parte)

20 08 2008

Como continuación del post anterior, voy a enumerar las principales cargas administrativas que han sido objeto de reducción o eliminación en los diferentes ámbitos que pueden estar relacionados con el mundo tributario y aduanero. En este segundo artículo hablaré de las medidas que afectan a la Agencia Tributaria y la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda:

DENTRO DEL ÁMBITO DE LA AGENCIA TRIBUTARIA:

1. Representación por apoderamiento en toda clase de actuaciones y trámites tributarios también por vía electrónica. Diciembre de 2008.

El apoderamiento es la figura jurídica por la que un sujeto concede a otro el poder de actuar en su nombre. A partir de ahora se podrá realizar por vía telemática.

2. Participación de los asesores y gestores en procedimientos de regularización voluntaria de errores cometidos por sus clientes. A partir de la declaración del IRPF de 2008.

Se abre la posibilidad de que los asesores con apoderamiento de su cliente puedan presentar declaraciones telemáticas a ingresar con solicitud de cargo del importe en la cuenta del cliente el último día del plazo de ingreso.

3. Posibilidad de designar un domicilio electrónico a efectos de notificaciones en materia tributaria diferente del domicilio fiscal, incluso para los procedimientos de oficio. Diciembre de 2008.

Todo contribuyente que lo desee podrá designar, incluso para los procedimientos de oficio, un domicilio electrónico para recibir notificaciones. Ejemplo: el contribuyente podrá solicitar recibir el formulario del IRPF en una dirección de correo electrónica y no necesariamente en su domicilio fiscal en un soporte físico, como ocurre ahora. Además, se dará la máxima difusión entre los contribuyentes a la posibilidad de utilizar el domicilio electrónico.

4. Racionalización de los plazos de vencimiento de determinadas obligaciones tributarias, con el fin de evitar confusiones en los contribuyentes y la posibilidad de recargos y sanciones. De 1 de enero a 31 de diciembre de 2009.

Esta propuesta permitiría evitar los recargos y sanciones que comporta el incumplimiento de los plazos de presentación de los impuestos, que son diferentes para cada uno de ellos y pueden originar confusiones. También se evitaría que los contribuyentes se vean obligados a acudir al gestor o a su Delegación de Hacienda de forma tan reiterada.

5. Establecimiento de contactos directos con los Consejos de Administración de las grandes empresas y creación de un foro de empresas para debatir los temas que más puedan interesar a este tipo de contribuyentes. Junio de 2009.

Estos contactos con los grandes contribuyentes podrían realizarse para estudiar, por ejemplo, la reducción de las cargas administrativas asociadas al cumplimiento de los requerimientos de información.

6. Establecimiento de un canal telemático para que las entidades de crédito faciliten información de los movimientos de las cuentas corrientes solicitados por la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Diciembre de 2008.

Las entidades de crédito están obligadas a comunicar los movimientos de las cuentas corrientes que superen los tres mil euros. De esta forma, dejarían de realizarse los requerimientos individualizados que generan mayor coste de cumplimiento (doce mil en los dos últimos años).

7. Ampliación de los procedimientos y trámites de todo tipo relacionados con la Agencia Estatal de Administración Tributaria que pueden resolverse con cita previa concertada. Diciembre de 2009.

Posibilidad de atender requerimientos y trámites de todo tipo con cita previa concertada el día elegido por el contribuyente, en lugar de la fecha predeterminada por la Agencia.

8. Diversificación de los canales de comunicación con los ciudadanos, que utilizar el que le resulte más conveniente, cuando el procedimiento así lo permita.

Se podrán utilizar distintas vías: Internet, teléfono automático, teléfono con operador, oficinas de la administración, red de colaboradores, mensaje sms y otros.

9. Suscripción de acuerdos con las entidades de crédito para facilitar el suministro de información para operaciones relevantes de ingreso y retirada de efectivo. Los acuerdos se suscribirán antes de diciembre de 2008 y empezarán a aplicarse para operaciones realizadas a partir del 1 enero de 2009.

Dejarían de realizarse requerimientos individualizados que generan un alto coste de cumplimiento (doce mil en los dos últimos años).

10. Supresión, excepto para los que presenten declaraciones mensuales a devolver, de la obligación de presentar telemáticamente los libros registro de IVA. Enero 2009.

La normativa establece que, a partir de 2009, deberán presentar telemáticamente sus libros-registro de IVA todas las sociedades anónimas y mercantiles declarantes de dicho impuesto, así como las personas físicas y entidades de otro tipo ya obligadas a presentar sus declaraciones del IVA, el IGIC o el IS.

Se va a tramitar una modificación normativa de modo que dicha obligación sólo sea exigible en 2009 para quienes presenten declaraciones mensuales a devolver en el IVA. La entrada en vigor de la medida para el resto de contribuyentes se evaluará a la vista de la reducción de los costes de cumplimiento y gestión.

11. Supresión del Modelo 500 en papel para los movimientos intracomunitarios. Abril de 2010.

12. Supresión de la obligación de visado por las oficinas gestoras del ejemplar 3 del modelo 500. Abril de 2010.

13. Supresión de los Partes de incidencias en la circulación (modelo 509) para los movimientos intracomunitarios. Abril de 2010.

14. Supresión del modelo 552 y del modelo 551 para los movimientos intracomunitarios. Abril de 2010.

La puesta en marcha del EMCS (Sistema de Control de Movimientos de Impuestos Especiales) en la Unión Europea para los envíos de mercancías de impuestos especiales en régimen suspensivo permitirá sustituir los documentos de acompañamiento en papel por documentos electrónicos, simplificará la tramitación, eliminando el visado por las oficinas gestoras y el envío de los partes de incidencia y de las relaciones recapitulativas de documentos. Esta medida afectará a productos como el tabaco, el alcohol o los hidrocarburos destinados a la exportación, que no pagan impuestos.

15. Posibilidad de presentar por vía telemática las consultas tributarias dirigidas a la Dirección General de Tributos. Diciembre de 2008.

Se pondrá a disposición de los obligados tributarios, en el portal de Internet del Departamento, la posibilidad de presentar por vía electrónica las consultas tributarias dirigidas a la Dirección General de Tributos.

EN EL ÁMBITO DE LA FNMT-RCM

Entre estas medidas se encuentra una a la que hice referencia en un post anterior:

16. Uso de los certificados de firma electrónica en un teléfono móvil en las transacciones con las Administraciones Públicas y el ámbito privado. Septiembre de 2008.

Con esta medida, los trámites que ahora hacemos por Internet, como la presentación de la declaración de la renta o casi todos los trámites con la Agencia, se podrán hacer por teléfono móvil con tecnología WAP.






Se van a reducir las cargas administrativas en 70 procedimientos para impulsar la actividad económica (1ª Parte)

19 08 2008

Con el objetivo de aumentar la productividad y competitividad de las empresas españolas, el Consejo de Ministros del pasado jueves 14 de agosto ha elaborado un paquete de medidas encuadrado en el marco del Plan de Reducción de Cargas Administrativas y Mejora de la Regulación que pretende reducir las cargas administrativas en 70 procedimientos que presentan el siguiente desglose por Ministerios:

  • Economía y Hacienda: 36
  • Interior: 6
  • Industria, Turismo y Comercio, 17
  • Trabajo e Inmigración: 2
  • Sanidad y Consumo: 2
  • Ciencia e Innovación:7

Estas nuevas iniciativas servirán para reducir a corto plazo las cargas administrativas que afectan a la actividad empresarial, algunas de las cuales van a facilitar significativamente la realización de varios trámites administrativos a los ciudadanos.

Algunas de estas medidas van a ser efectivas este mismo año y, entre otras iniciativas, incluyen:

  • La supresión de algunos procedimientos.
  • El establecimiento de canales telemáticos.
  • La reducción de plazos, y
  • La unificación de algunos registros.

Entre las medidas aprobadas destacan de manera especial:

  • La posibilidad de designar un domicilio electrónico diferente del fiscal a efectos de notificaciones en materia tributaria, incluso para los procedimientos de oficio.
  • La ampliación de los procedimientos y trámites relacionados con la Agencia Tributaria que pueden resolverse con cita previa concertada.
  • La opción de presentar por vía electrónica las consultas dirigidas a la Dirección General de Tributos.
  • La posibilidad de realizar la transferencia de vehículos por vía telemática a través de centros gestores.
  • La facultad de que los Centros de Reconocimiento de Conductores remitan telemáticamente a la Dirección General de Tráfico la certificación médica exigida a los conductores para que puedan obtener o renovar en el acto su permiso de conducir.
  • La opción de realizar el pago de sanciones de tráfico a través de Internet, teléfono móvil y teléfono fijo.
  • La notificación telemática de la obligación del pago y liquidación automática de la tasa de telecomunicaciones, y
  • La mejora del acceso electrónico de la Tesorería General de la Seguridad Social a los registros y bases de datos de organismos públicos para la verificación de la identidad y el cumplimiento de los requisitos para la inscripción de empresas con el objetivo de no pedir a éstas documentos que ya obran en poder de otros Departamentos de la Administración.

A continuación de este post escribiré dos más en los que haré haré un análisis más detallado de las principales medidas recionadas con los procedimientos telemáticos tributarios y aduaneros.






Ya está disponible la firma electrónica en el móvil

18 08 2008

En breve, la realización de todo tipo de trámites a través de dispositivos móviles con las mismas garantías de seguridad jurídica y técnica con las que hoy día llevamos a cabo trámites telemáticos a través del navegador, pero con el valor añadido de la movilidad.

Ello será posible en base al acuerdo firmado el pasado mes de junio entre la FNMT-RCM y la entidad Vodafone España, mediante el cual se garantiza la seguridad de los clientes de la operadora para realizar transacciones y trámites administrativos a través del móvil con el uso de la firma electrónica.

Este nuevo servicio de firma electrónica movil que comercializa Vodafone se realiza a través de una nueva tarjeta SIM que almacena la clave privada del certificado digital de la FNMT-RCM.

El camino queda abierto por tanto para su utilización, no sólo con las Administraciones Públicas, sino también en el mundo empresarial en operaciones tales como: firma de seguros, hipotecas, adquisición o contratación de productos bancarios, banca on line, notificaciones, contratos, etc.

Os dejo a continuación con una presentación sobre esta modalidad de firma electrónica.








Presentación Telemática de Solicitudes de Permisos/Certificados CITES

11 08 2008

El portal de la Autoridad Administrativa CITES (Convenio sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestre) (www.cites.es), ha recibido recientemente el certificado A90/000020 de Accesibilidad TIC que concede la Asociación Española de Normalización y Certificación Española (AENOR). Dicho certificado acredita que los contenidos de dicha página pueden ser usados por la mayoría de las personas, incluyendo discapacitados y personas mayores, ya que cubren la mayoría de las discapacidades (física, visual, auditiva y cognitiva), así como las necesidades de las personas de edad avanzada.

Al margen de este merecido premio, creo que no viene mal recordar los procedimientos telemáticos que ofrece este organismo para su utilización por los operadores de comercio exterior.

El comercio de animales y especies protegidas por el mencionado Convenio CITES, está sujeto a una serie de permisos y certificados que habrá que aportar en el momento de la realización del correspondiente despacho aduanero y que se pueden gestionar por vía telemática. Estas solicitudes son:

  • Permiso de Importación
  • Permiso de Exportación.
  • Certificado de Reexportación
  • Certificado Comunitario.
  • Permiso Previo de Importación.
  • Notificación de Importación.

Excepto en los casos de permiso previo de importación y notificación de importación, el resto de solicitudes requieren primeramente el pago de una tasa CITES. Para ello, se debe solicitar el documento de pago en uno de los 12 Servicios de Inspección SOIVRE y acudir con él a una entidad de crédito para realizar el pago, ya que, de momento, no está habilitado el pago telemático de la misma. Con dicho número de justificante se podrá realizar la solicitud telemática CITES.

En cuanto a requisitos técnicos, una vez más, el unico navegador que admite la aplicación es el Internet Explorer con un cifrado de al menos 128 bits.

Tanto el Operador como sus Agentes de Aduanas deberán disponer de un certificado digital de la FNMT (Fábrica Nacional de la Moneda y Timbre) instalado en el ordenador que se vaya a utilizar para hacer las solicitudes o bien el DNI electrónico, así como disponer de una Clave de Empresa o de Agente. Ignoro por qué a estas alturas de la vida, exigen claves (al menos cuando el trámite lo realiza el propio interesado) si ya estamos utilizando certificados digitales…)

El Operador, o su representante legal debidamente autorizado, puede solicitar las claves necesarias para operar en los Servicios de Inspección SOIVRE de las Direcciones Territoriales/Provinciales de Comercio de su demarcación. Deberá presentar la documentación que le identifique legalmente con capacidad de operar en nombre propio o en el de la empresa a la que represente mediante su DNI/CIF, así como el resto de documentación legal necesaria.

Cada Servicio de Inspección SOIVRE podrá generar en la Aplicación CITES dos claves para acceder a la aplicación que se entregarán al Operador:

  • La “Clave de Empresa” es la clave principal que permite al Operador acceder a la aplicación tanto para consultar todo lo que sus Agentes de aduanas estén gestionando en su nombre, como para hacer solicitudes y figurar como solicitante. Esta clave solo deberá conocerla el propio Operador y en caso de haberlos, sus representantes legales, y nunca transmitírsela a sus Agentes de Aduanas. Si esto ocurre el Agente podría consultar todos los Permisos/Certificados de este Operador.
  • La “Clave de Agentes” es la clave secundaria que el Operador, o su representante legal, debe proporcionar a los Agentes de aduanas que quiera que tramiten en su nombre las diferentes solicitudes. En el caso de que un Operador tenga varios Agentes de Aduanas, todos entrarán con la misma clave. De hecho, cualquier persona que conozca el NIF/CIF del Operador y esta clave, podrá entrar en la aplicación, pero dado que ha entrado con un Certificado Digital de la FNMT, si cursa alguna solicitud, el Nombre y NIF/CIF del propietario del mismo aparecerá siempre asociado a dicha solicitud. De esta forma, podrá ser anulada si el que la ha enviado no es una persona autorizada.

Es posible adjuntar ficheros en el apartado correspondiente de cada una de las solicitudes (copia de facturas, documentos de cesión, declaración de saldos, permisos previos de importación, etc). Los formatos admitidos son: .ZIP, .JPG, .TIF, .PDF., y se recomienda que los documentos escaneados estén en blanco y negro con una resolución inferior a 200 Kb., si bien, si se anexa más de un documento se deberá adjuntar como un único archivo o carpeta comprimida “.ZIP” cuyo tamaño máximo no podrá exceder de 2 Mb.






Nuevos servicios en la web del Catastro

7 08 2008

El portal que la Dirección General del Catastro tiene en Internet ha sido modificado recientemente. Entre las principales novedades de esta nueva versión se encuentra la incorporación de un localizador de inmuebles y en la sistematización de la oferta de medios (electrónico, telefónico y presencial) puestos a disposición de los ciudadanos para el acceso a los servicios catastrales.

De este modo, el usuario puede elegir entre:

  • El acceso electrónico a los datos a través de la Oficina Virtual del Catastro
  • La realización de una llamada telefónica a la Línea Directa del Catastro (902 37 36 35), o
  • La selección de una oficina donde acceder de manera presencial a los servicios, sea ésta alguna de las 52 Gerencias o Subgerencias del Catastro o bien alguno de los más de 3.000 Puntos de Información Catastral que hoy salpican nuestra geografía nacional.

El localizador de inmuebles permite al usuario la visualización de cualquier parcela sobre la cartografía catastral o sobre otros visores de información territorial, con la simple consignación de la referencia catastral del inmueble (1), posibilitando alternativamente su identificación mediante un acceso directo a la sección que a tal fin ofrece la Oficina Virtual del Catastro (2).

Asimismo se han modificado las aplicaciones, de forma que las certificaciones descriptivas y gráficas de la Oficina Virtual incluyen, dentro del anexo de colindantes, información del domicilio fiscal del titular principal de las fincas colindantes.





Nuevo portal de la Junta de Andalucía

6 08 2008

El pasado mes de junio entró en funcionamiento la nueva web de la Junta de Andalucía, que presenta un diseño sencillo y totalmente adaptado a las directrices del Ministerio de Administraciones Públicas en materia de diseño de páginas web que da acceso a verdaderos servicios de calidad, de los que se están beneficiando ya muchos ciudadanos andaluces, así como a los distintos Departamentos administrativos, incluyendo asimismo un bloque destinado a noticias generales que, como novedad destacable, merece una especial mención la inclusión de un bloque de noticias en lengua de signos y audiodescritas dirigido a personas que presenten algún tipo de minusvalía, noticias que se encuentran en formato “mpg” que, al descargarlas, se inicia automaticamente la reproducción del vídeo en el reproductor que se tenga instalado por defecto en el PC.

La e-Administración supone un importante ahorro de tiempo, trabajo y dinero y, la Junta de Andalucía ha sabido sacar provecho de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones logrando un mayor acercamiento de los ciudadanos mediante la incorporación de innumerables de servicios públicos, de los que me gustaría destacar algunos de ellos:

  • Los relativos a la demanda de la e-sanidad, entre los que se encuentran: la tarjeta sanitaria que permite el acceso al historial clínico informatizado desde cualquier centro de salud, la solicitud de cita médica, que puede consultarse, cambiarla o incluso anularla por Internet, SMS o por vía telefónica; y por último la receta electrónica o Receta XXI, iniativa en la que ha colaborado el Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Farmacéuticos y que se ha ido extendiendo progresivamente en Andalucía con resultados muy satisfactorios
  • Cl@ra, la Central de Atención y Relaciones con la Administración Andaluza, que permite ofrecer a la ciudadanía y las empresas información sobre la tramitación de expedientes de forma ordenada y por el canal elegido en cada momento, evitando así que los usuarios tengan que conocer en detalle la estructura administrativa de la Junta.
  • Las tradicionales gestiones tributarias y pago de Impuestos y Tasas que están implantadas desde hace tiempo y que fueron de los primeros servicios administrativos que la Junta de Andalucía prestó a través de Internet.

Sin embargo, tras navegar y estudiar en estos días de tranquilidad muchas de las páginas de las distintas Consejerías, he observado algunos aspectos que, a mi modo de ver, significan un retroceso importante en la extensión de la e-Administración, ya que en el fondo suponen unas trabas a su utilización, como por ejemplo:

  • La no admisibilidad del sistema operativo Windows Vista en muchos de los portales, cuando hoy día, si adquieres un ordenador, viene instalado por defecto con este sistema y es el que terminamos utilizando, aunque nos guste menos que otros.
  • La no admisibilidad en algunas web del navegador Firefox, cuando precisamente la Junta de Andalucía, promueve la utilización del software libre.
  • La no admisibilidad de las últimas versiones de algunos navegadores, lo que en muchos casos, va a impedir su utilización, pues serán muy pocos los que desinstalen las últimas versiones de sus navegadores para instalar versiones más antiguas.
  • La falta de homogeneidad en cuanto a los certificados digitales admitidos por las Consejerías. La mayoría sólo admiten el certificado de la FNMT-RCM y el e-DNI; otras en cambio (como la de Economía y Hacienda) admiten los de: FNMT, ANCERT, Camerfirma, ACA, e-DNI, CatCert, SCR y Firma Profesional.







Incorporado nuevo procedimiento al Registro Telemático del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio

5 08 2008

La Orden ITC/3928/2004, de 12 de noviembre, creó un registro telemático en el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, estableciendo que el Registro Telemático, que se encuentra en la oficina virtual (www.mityc.es/oficinavirtual), sería el encargado de la recepción, remisión y tramitación de escritos, comunicaciones, solicitudes y documentos.

En el B.O.E. de ayer día 4 se ha publicado la Resolución de 18 de julio de 2008, de la Subsecetaría, por la que se ha incorporado un nuevo procedimiento al Registro Telemático del Departamento, que ha incluído un nuevo procedimiento en el referido registro telemático. Se trata de:

La tramitación telemática operaciones de comercio exterior especimenes sujetos al Convenio CITES /Solicitud permisos y certificados de comercio exterior especímenes CITES, que ya está disponible en Internet.

Para ampliar información, os aconsejo visitar la ayuda que ofrece la oficina virtual en el apartado dedicado a los requisitos técnicos donde incluye, entre otros temas, el acceso mediante claves, del propio operador así como del Agente de Aduanas.






Aprobado el nuevo Plan de Contabilidad para Entidades Aseguradoras

4 08 2008

El pasado 24 de julio de 2008, el Consejo de Ministros aprobó mediante Real Decreto el nuevo Plan de Contabilidad de las Entidades Aseguradoras, cuyo objetivo es adaptar la normativa española a las Normas Internacionales de Información Financiera.

Este nuevo Plan de Contabilidad, del que muy pocos han hablado en Internet, (ni siquiera la nueva web del ICAC informa al respecto) deberá ser aplicado, a partir del 31 de diciembre de 2008, por todas las entidades aseguradoras españolas, con independencia de su forma jurídica, así como por las sucursales de entidades de terceros países no miembros del Espacio Económico Europeo. El nuevo Plan supondrá, entre otras ventajas, una mayor calidad y transparencia de la información contable y financiera, y una reducción de costes para las aseguradoras.

Entre las principales características de su contenido destaca el mantenimiento de la necesidad de llevar una contabilidad separada para los negocios de vida y no vida, en el supuesto de entidades con actividad mixta. Además, se regula el régimen transitorio para la aplicación por primera vez del nuevo Plan de Contabilidad de las entidades aseguradoras.

De las cuestiones específicas del sector que incluye, destacan:

  • En cuanto al inmovilizado material e inversiones inmobiliarias, se prevé la posibilidad de que las aseguradoras actualicen el valor de todos sus inmuebles al valor razonable, y se prevé que el valor razonable coincide con el valor de tasación.
  • En lo que respecta al inmovilizado intangible, se incluye, dentro del concepto de fondo de comercio, los costes de adquisición de cartera en los supuestos de cesiones de cartera entre entidades
    aseguradoras.
  • Se elabora una norma de valoración específica para los contratos de seguros, en la que se considera la reserva de estabilización como una reserva patrimonial de constitución obligatoria, con cargo al patrimonio neto y con independencia de que la entidad tenga o no beneficios en el ejercicio.
  • Para una mayor homogeneización de la información del sector, y para mantener los niveles de información y transparencia, se incluyen modelos específicos para el sector de balance, de cuenta de pérdidas y ganancias, estado de cambio en el patrimonio neto, estado de flujos de efectivo y memoria.







Libros electrónicos sobre Normativa tributaria Autonómica y Local y sobre Tributación Autonómica

1 08 2008

En el portal del Ministerio de Economía y Hacienda se encuentra disponible para su libre descarga dos Libros electrónicos de interés.

Uno sobre “Normativa tributaria Autonómica y Local“.

Este nuevo libro se ofrece en versión electrónica desde 2008 y sustituye a la tradicional versión en papel impreso, siendo de periodicidad trimestral, por lo que el que ya se encuentra disponible el del primer y segundo trimestre del presente año.

Este e-book contiene:

  • Una recopilación de las normas tributarias del Estado relativas a las Comunidades Autónomas y Territorios Forales
  • Una recopilación de las normas que aprueban dichas Comunidades Autónomas y Territorios en el ejercicio de sus competencias normativas en materia tributaria.
  • Las sentencias y autos del Tribunal Constitucional de mayor interés en relación con las competencias tributarias de las Comunidades Autónomas y Territorios Forales.

En cuanto a su estructura, presenta dos índices: uno cronológico (por fecha de publicación en el boletín), y oro sistemático (por materias).

Además, para cada una de las normas tributarias relacionadas facilita también la siguiente información:

  • Número y Fecha de publicación en el boletín correspondiente, ya sea del Estado o de la Comunidad Autónoma o Territorio Foral correspondiente.
  • Página del boletín en la que se recoge la norma, y en su caso, artículos o disposiciones de la norma que tienen naturaleza tributaria.
  • Hipervínculo que permite acceder directamente a la norma tributaria publicada en el correspondiente boletín oficial.

El libro, que se ofrece en formato PDF, puedes descargarlo pulsando AQUI.

El segundo libro electrónico es sobre “Tributación Autonómica”.

Esta publicación recoge información sobre las medidas adoptadas por las Comunidades Autónomas de régimen común en el ejercicio de sus competencias normativas tributarias tanto en materia de tributos cedidos como de tributos propios, ofreciéndose también información sobre normas tributarias forales.

La publicación consta de cuatro capítulos y va acompañada de dos anexos. En los capítulos se describen las líneas de actuación de las Comunidades Autónomas en la adopción de medidas tributarias y se detallan las medidas nuevas adoptadas para cada año, incluyendo una completa panorámica de la normativa vigente en cada ejercicio. Los anexos contienen una enumeración de las normas aprobadas.

Hasta 2007 la información que contiene esta publicación ha venido incluyéndose en la Sección II del libro “Haciendas autonómicas en cifras”.

A partir de 2008 el contenido tributario de “Haciendas autonómicas en cifras” se integra en la nueva publicación “Tributación Autonómica”, que ahora se presenta, y con la que se aglutinan todos los aspectos tributarios del sistema de financiación de las Comunidades Autónomas.

El enlace para su descarga al e-book sobre las medidas para 2008 en la Tributación Autonómica lo tienes AQUÍ.