Habilitada la presentación telemática de la declaración de Renta 2007 y su consulta íntegra

2 05 2008

Desde hoy día 2 de mayo, comienzo del plazo de presentación de la declaración de Renta 2007, está disponible en la oficina virtual de la Agencia Tributaria las siguientes opciones:

Conviene por tanto ahora recordar los requisitos para poder llevar a cabo la presentación por Internet de la declaración sin problemas:

  • Es necesario tener instalado un navegador Netscape Communicator versión 7.2 ó posterior, Internet Explorer 5 o posterior con permiso para instalar Control ActiveX, Mozilla 1.7 o posterior y Firefox 1.0 o posterior.
  • Si el navegador solicita permiso de lectura de ficheros y de manejo de ventanas, hay que concederlos para continuar con el proceso de envío de la declaración.
  • El fichero generado por el programa de ayuda de la AEAT se suele localizar en c:\aeat\RENT2007, su nombre contiene 8 caracteres del NIF y su extensión es .100, salvo que en el momento de su generación le hayamos cambiado nosotros el nombre.
  • El fichero y el navegador tienen que utilizar la codificación ISO-8859-1 (esta opción se ve en el navegador a través de Ver » Codificación de caracteres), de forma que la Ñ sea 209 dec. (D1 hex.) y la Ç sea 199 dec. (C7 hex.).
  • Antes del envío, se visualizará un resumen de la declaración leída. Si no es la que quiere presentar se deberá leer otro fichero.
  • En caso de ingreso, se debe cumplimentar el Número de Referencia Completo (N.R.C.) asignado por la Entidad Financiera donde se haya realizado el ingreso, salvo que se opte por la domiciliación bancaria.
  • Se le pedirá que elija el certificado, o los 2 certificados en caso de declaración conjunta, con el que se realizará la firma electrónica de la declaración.
  • Con los navegadores Mozilla 1.7, Firefox 1.0 y Netscape 7.2 o posteriores es necesario activar la preferencia: signed.applets.codebase_principal_support. Para ello, introducir about:config en el campo de entrada de la URL y pulsar Enter. Se obtendrá una lista de las preferencias. Buscar la preferencia anterior, realizar doble-click sobre ella y cambiar su valor de false a true.

En cuanto a los requisitos para visualizar en formato pdf la declaración completa con todos sus ejemplares, éstos son:

  • Para todas las consultas íntegras: Se necesita tener instalado el visor de ficheros PDF Adobe Acrobat Reader.
  • Para consultas íntegras del ejercicio 2006 y anteriores:
  • En el caso de que el ordenador no disponga de la Máquina Virtual Java compatible con la versión 1.4.2 de JRE de Sun, habrá que descargar e instalar la versión correspondiente a su sistema operativo.
  • En el primer uso del entorno se solicitará permiso para instalar varias librerías necesarias. Se debe permitir la instalación de estas librerías.
  • Para comenzar la ejecución del applet se pedirá permiso para ejecutar dicho applet ya que necesita escribir ficheros en la máquina local. Este applet está firmado digitalmente por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.







Procedimientos Telemáticos alcanza el Rank 5 de Google

2 05 2008

Ayer día 1 de mayo este blog subió un punto la posición del PageRank de Google hasta situarlo en el nº 5 sobre 10.

Como sabéis, PageRank (PR) es un valor numérico que representa la importancia que una página web tiene en Internet. Google se hace la idea de que cuando una página coloca un enlace (link) a otra, es de hecho un voto para esta última.

Cuantos más votos tenga una página, será considerada más importante por Google. Además, la importancia de la página que emite su voto también determina el peso de este voto. De esta manera, Google calcula la importancia de una página gracias a todos los votos que reciba, teniendo en cuenta también la importancia de cada página que emite el voto.

Gracias Google y, sobre todo, gracias a todos vosotros que con vuestros links me votáis…

Por dar algunas referencias de otras páginas os enumero los PageRank de algunos sites:







Aclaraciones en torno a la utilización del borrador de IRPF

2 05 2008

A través de este blog me han planteado diversas cuestiones en torno al borrador de la Renta, que en la mayoría de los casos no he podido contestar porque, como he repetido en diferentes ocasiones, éste es un blog personal y quien quiera un pronunciamiento oficial de la Agencia Tributaria sobre cualquier tema le invito que acuda a una de sus oficinas.

Las cuestiones formuladas eran relativas a la solicitud del borrador y a su recepción, por este motivo voy a aclarar a continuación cual es el procedimiento previsto al efecto:

Las personas que hayan confirmado el borrador de la Renta el año anterior no tienen que volverlo a solicitar esta campaña, ya que le será enviado automáticamente si su perfil se ajusta al del candidato a borrador.

En caso de que ésta fuera la primera vez, puede solicitarlo por diferentes vías.

En cuanto a la recepción del borrador, la Agencia Tributaria lo enviará junto con los datos fiscales por correo ordinario a los interesados. Sin embargo, aunque se haya solicitado expresamente o se vaya a facilitar sin solicitud previa, habrá algunos supuestos en que no le llegará al interesado por ésta vía, tal y como figura explicado en el folleto informativo sobre la campaña Borrador editado por la AEAT que comenté recientemente. Tales son:

  • Cuando se solicite por Internet, que se puede hacer mediante la identificación con el correspondiente certificado digital, o bien sin certificado, pero introduciendo en su lugar el importe de la casilla 681 de la declaración de Renta correspondiente al ejercicio 2006.
  • Cuando se esté suscrito a los servicios de alerta por móvil, en cuyo caso lo que se recibirá será un mensaje en el móvil como el que se muestra en la imagen, que incluirá el nº de referencia del borrador para poder consultarlo a través de Internet.
  • Cuando se esté suscrito al procedimiento de notificación telemática, en cuyo caso, el borrador se recibirá a través de la Dirección Electrónica Única como cualquier otra notificación o comunicación, es decir, mediante la descarga de un fichero en formato pdf, para cuyo acceso se requiere identificarse con la firma electrónica.

Una vez verificados los datos del borrador, en caso de no estar conforme con ellos, o, simplemente, quisiéramos cambiar la marca de la casilla del destino de nuestros impuestos para marcar también a la Iglesia Católica, puedo también rectificar el borrador también por diferentes vías.

Por último, en caso de estar conforme con el borrador recibido, para confirmarlo podemos utilizar diferentes medios, tal y como expliqué el pasado 3 de abril en un post en este mismo blog.