La gestión documental en las empresas

30 05 2008

El pasado miércoles día 28 tuvo lugar en Sevilla la jornada organizada por Level Center y Guadalquivir de Comercio Exterior sobre Gestión Documental, Facturación Electrónica y Digitalización de Facturas.

El acto contó con una considerable asistencia de público muy interesada en lo que, a mi modo de ver, será el futuro por el que tendremos pasar todos: La gestión documental, en la que van a confluir diferentes materias como la factura electrónica, las facturas digitalizadas, las declaraciones y otros documentos tributarios, los libros contables y registros fiscales, etc.

Los más visionarios, entre los que me encuentro, vemos claro que las empresas han de incorporarse lo antes posible en esta nueva forma de gestión de la información, pero sin duda, lo más destacable es el interés que está despertando esta materia en el mundo empresarial, no así en el mundo de la asesoría fiscal.

No voy a detallar los contenidos de mi ponencia, pero sí voy comentar, aunque brevemente, mi previsión al respecto para un futuro próximo.

La ingente cantidad de información en formato electrónico que manejamos hoy día está provocando en muchas empresas verdaderos problemas de búsqueda y localización de la misma. Pensemos en la variedad de ficheros que utilizados diariamente: Word, PowerPoint, Excel, Correos electrónicos, Pdf, facturas electrónicas, facturas digitalizadas, declaraciones tributarias, contratos mercantiles, etc.

Por otra parte, la Ley 36/2006 de Medidas prevención del fraude fiscal, en el desarrollo llevado a efecto por el RD 1065/2007, Reglamento Gral. Gestión e Inspección Tributaria, ha concretado que a partir de 2009, las Sociedades Anónimas (A) y Limitadas (B) deberán presentar obligatoriamente por vía telemática una declaración informativa comprensiva de Libros de Registro de Facturas que, previsiblemente, se aprobará a finales del presente año.

Ello plantea un problema que va a afectar principalmente a los profesionales de la asesoría fiscal, ya que en los primeros 20 días posteriores al período que comprenda la declaración, tendrán que presentar los libros registro de IVA en el formato que se determine. El contenido de estos libros, tendrá que coincidir con las facturas expedidas y recibidas y con la información que se declare en la correspondiente declaración de IVA, y me temo que estos profesionales no van a tener tiempo material para hacer que cuadren los tres.

Tras esta previsión, la conclusión a que apunté es clara:

  • Las empresas necesitan implantar un sistema de gestión documental que permita un acceso, total o restringido al personal, con niveles de acceso diferentes, que, llegado el momento, permita incluso al asesor fiscal descargarse a tiempo los datos para la confección de la declaración de libros registros.
  • Asimismo, el gestor documental serviría también para garantizar el acceso completo a la AEAT a la hora de comprobar facturas electrónicas.

Comprendo que ésta es una época algo dura para los asesores fiscales debido a la Campaña de Renta, después vendrá la de Sociedades y luego llegará el verano… Espero y confío en que estos profesionales a su vuelta de las vacaciones y con mente despejada se vayan mentalizando de esta necesidad, tanto para ellos, como para sus clientes, con quienes tendrán que llevar a cabo una labor importante de concienciación.

A continuación os dejo algunas fotos del acto:






Información relativa a la deducción de 400 euros

29 05 2008

Parece que la deducción de los 400 € se materializó por fín. En la sede de la AEAT se ha abierto un pequeño portal dedicado a este tema, que incluye:

La normativa reguladora de esta deducción, es decir:

Una nota informativa, que de forma resumida viene a explicitar lo siguiente:

  • Dicha deducción se aplicará a la cuota líquida del IRPF, pero para el ejercicio 2008, es dedir, que se incluirá en la declaración de Renta que presentaremos el próximo año 2009.
  • Esta deducción la podrán aplicar los contribuyentes que obtengan rendimientos del trabajo o actividades económicas en las condiciones que establece la norma anterior.
  • Al igual que se habilitó en su momento para la ayuda por maternidad, para este caso también se han habilitado los mecanismos para que el importe de dicha deducción se tenga ya en cuenta a efectos de determinar el importe de las retenciones sobre los rendimientos del trabajo que se les satisfagan a partir del día 1 de junio del año 2008, así como al calcular la cuantía de los pagos fraccionados que los contribuyentes realicen actividades económicas deban efectuar por el segundo y sucesivos trimestres del presente año. De esta forma los interesados se pueden beneficiar de esta opción desde ya sin tener que esperar al próximo año.
  • La forma de cálculo y aplicación de la deducción en las nóminas de trabajadores y pensionistas y en los pagos fraccionados que tengan que realizar empresarios y profesionales.

También incluye el modelo de carta informativa que se enviará a los distintos obligados a retener, en la que se explica la novedad normativa y el procedimiento a seguir para aplicarla. Esta carta se encuentra en formato pdf, que por cierto, contiene un error y no permite abrir el fichero.

Entre los servicios de asistencia y ayuda que va a ofrecer la Agencia Tributaria en esta materia se encuentran:

  • La elaboración de un programa de ayuda que realizará el cálculo de las retenciones y que será aplicado a partir del próximo mes de julio, y que previsiblemente estará disponible en su sede electrónica en los primeros días de junio, y
  • La organización de sesiones informativas dirigidas a profesionales tributarios y organizaciones empresariales.






Gran éxito de participación en los primeros seminarios celebrados sobre Obligaciones Contables y Registrales

28 05 2008

La pasada semana comenzaron a celebrarse los primeros seminarios organizados por la Confederación de Empresarios de Andalucía de los que informé puntualmente en este mismo blog, que tuvieron lugar en:

  • La Palma del Condado (Huelva)
  • Málaga
  • Almería, y
  • Vera (Almería)

Realmente ha sido impresionante el número de asistentes a los mismos, que sobrepasó en algunos casos el aforo como se demuestra en la siguiente foto tomada en ASEMPAL (Almería) en un momento de la intervención de mi compañero y amigo Francisco Pastor. Como se puede apreciar, los asistentes ocuparon incluso parte de la mesa de los propios ponentes…

Sin duda, el temario de los seminarios ha sido bastante acertado. Por un lado se analizan las principales cuestiones de la Reforma Contable que afectan a las Pymes, y en la segunda, las obligaciones registrales y relativas a los libros contables así como las actuaciones que se derivan del empleo de los medios electrónicos, como: legalización de los libros, presentación telemática de las cuentas anuales, y la gestión e inspección de los libros fiscales y contables cuando éstos se encuentran en formato electrónico.

Si quieres consultar las próximas fechas y lugares de celebración, pulsa AQUI.






Publicado el libro “Obligaciones Tributarias y Nuevas Tecnologías”

26 05 2008

El Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Gestores Administrativos acaba de publicar el libro “Obligaciones Tributarias y Nuevas Tecnologías. Manual básico para Gestores Administrativos” uno de cuyos autores soy yo.

Síntesis:

El presente manual pretende ofrecer a las pymes, micropymes, autónomos y profesionales, información actualizada sobre el conjunto de obligaciones tributarias que han de asumir, así como las ventajas que suponen la explotación de las herramientas informáticas, electrónicas y telemáticas que la Administración tributaria pone a su disposición para conseguir una gestión fiscal eficaz y productiva, independientemente de que las mismas cuenten para asegurar su cumplimiento con los servicios complementarios de expertos en la materia.

Además de su análisis desde el punto de vista normativo, incluye en su segunda parte todos los aspectos relacionados con los procedimientos telemáticos que inciden en el cumplimiento de dichas obligaciones.

En esta obra, los autores pretendemos acercar a Gestores y empresarios a la farragosa y cambiante normativa tributaria, y a la utilización de las técnicas informáticas, electrónicas y telemáticas basados en el uso de la firma electrónica.

Fecha de publicación y edición:

Mayo de 2007. Editado por el Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Gestores Administrativos.
Prólogo de D. Eugenio Rodríguez Cepeda, Decano-Presidente del Colegio de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles
Deposito Legal: SE-6845-07

Autores:

Francisco Pastor Romero y Bartolomé Borrego Zabala.

Índice:

PARTE I: LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS DE LOS EMPRESARIOS Y LOS PROFESIONALES

  • Introducción: El sistema tributario
  • Obligaciones tributarias de los empresarios y profesionales
  • Obligaciones de facturación y registro
  • El suministro de información
  • Otras obligaciones tributarias empresariales

PARTE II: VENTAJAS DE LA UTILIZACIÓN DE LOS MEDIOS ELECTRÓNICOS EN EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS

  • Empleo de medios electrónicos, informáticos y telemáticos ante la Administración Tributaria
  • Gestiones censales desde el propio domicilio
  • Eficacia en la presentación telemática de declaraciones y otros documentos electrónicos
  • Utilización de los medios electrónicos para el pago de Impuestos y Tasas
  • Gestión de facturas y otras obligaciones tributarias
  • El Gestor administrativo como colaborador social y/o apoderado para la realización de trámites telemáticos

Incluye:

Glosario de términos de carácter técnico.

Adquisición:

Al tratarse de una edición del mencionado Consejo exclusivamente para sus colegiados, este libro no se encuentra a la venta en librerías. No obstante, me han hecho llegar algunos ejemplares que voy a poner a disposición de los lectores de este blog.

Como son muy pocos los que puedo regalar, en justa reciprocidad, haré llegar un ejemplar del mismo a aquellos bloggers que tengan incluido “Procedimientos Telemáticos” en su blogroll o en sus enlaces recomendados.

Aquellos de vosotros que estéis interesados, habéis de dirigirme vuestra solicitud a modo de comentario en este mismo post en el que me indiquéis los siguientes datos:

  • Nombre y apellidos, (no el nick o alias).
  • Nombre y dirección del blog que recomienda a “Procedimientos Telemáticos“.
  • Dirección de correo a través de la cual pueda contactar con vosotros para que me facilitéis la dirección de envío.

Las peticiones las atenderé por orden riguroso de incorporación a este post hasta que se agoten las existencias disponibles.

Ver otros libros recomendados.






Información sobre la Campaña de Renta 2007 de la Junta de Andalucía

23 05 2008

junta-andalucia.gifEn estos días, todas las Comunidades Autónomas suelen ofrecer información sobre la Campaña de IRPF en sus páginas web.

En atención a los lectores de esta Comunidad Autónoma en la que vivo, informo que la web de la Consejería de Economía y Hacienda de la Junta de Andalucía, ha incluído en su página un pequeño portal dedicado a los beneficios fiscales autonómicos Renta 2007 con el siguiente contenido:

Relativo al IRPF:

  • Para los beneficiarios de determinadas ayudas familiares.
  • Para sujetos pasivos con discapacidad.
  • Por inversión en vivienda habitual (jóvenes o VPO).
  • Para el fomento del autoempleo de los jóvenes emprendedores.
  • Para Madre o Padres de Familia Monoparental y, en su caso, con ascendientes mayores de 75 años.
  • Por adopción de hijos en el ámbito internacional.
  • Para los beneficiarios de las ayudas a viviendas protegidas.
  • Por alquiler de la vivienda habitual por jóvenes.
  • Para el fomento del autoempleo de las mujeres emprendedoras.
  • Por Asistencia a Personas con Discapacidad.

Relativo al Imp. sobre Patrimonio:

  • Mínimo exento.

Asimismo, en la web se ha incluido también un folleto explicativo sobre dichos beneficios, que se encuentra en formato pdf para su libre descarga.

Por último,la referida Consejería ofrece también a los contribuyentes un Centro de información y atención telefónica en el número 901 500 501






Procedimientos Telemáticos visualizable desde dispositivos portátiles

22 05 2008

Desde hoy Procedimientos Telemáticos dispone de una nueva dirección que permite visualizar la página a través de dispositivos móviles como smartphone o pda’s. No existe ya, por tanto, excusa alguna para no seguir este blog cuando nos encontremos de viaje o de vacaciones…

La nueva página omite las imágenes, por lo que su carga es mucho más rápida al contener texto exclusivamente. Por este mismo motivo, puede visualizarse en el navegador, tanto en formato vertical como horizontal.

La nueva dirección, que se puede ver también desde cualquier navegador instalado en PC es:

http://directory.sootle.com/mobilize.php?url=http://bartolomeborrego.wordpress.com

En la columna de la derecha del blog quedará un enlace permanente a esta nueva dirección.






Obligaciones Contables y Registrales de las Empresas. Panorama actual tras la aprobacion del Nuevo Plan General de Contabilidad

21 05 2008

La Ley General Tributaria impone a las empresas un conjunto de obligaciones de naturaleza formal, de indudable trascendencia para la gestión del sistema tributario. Entre ellas, destaca la de llevanza y conservación de libros y registros que recopilen la información relevante sobre las distintas operaciones económicas realizadas en el desarrollo de las actividades empresariales y profesionales.

Por otro lado, no hay que olvidar que nuestra ley mercantil esencial, nuestro Código de Comercio, incorpora la obligación a cargo de los empresarios de la llevanza de una Contabilidad ajustada a los preceptos recogidos en el mismo y en su normativa reglamentaria de desarrollo, en particular, el Nuevo Plan General de Contabilidad, que ha adquirido vigencia desde el 1 de enero del presente ejercicio, norma que, sin suponer una revolución en la regulación contable, ha introducido numerosas modificaciones en el tratamiento contable de las operaciones económicas con el objetivo de dar un paso decisivo en la armonización contable europea basada en el modelo contable internacional constituido por las Normas Internacionales de Contabilidad y de Información Financiera.

Además, la aprobación en 2007 del Reglamento General de Aplicación de los Tributos como desarrollo parcial de la Ley General Tributaria ha traído consigo importantes modificaciones en las obligaciones de suministro de información tributaria a la Hacienda Pública, entre las que destaca la relativa a la comunicación telemática obligatoria de los datos contenidos en los libros-registro fiscales por la mayoría de las empresas a partir de 2009.

Asimismo, la creciente utilización de las nuevas tecnologías para el cumplimiento de las obligaciones contables y registrales de las empresas, tanto en la presentación ante la Administración tributaria de declaraciones y otros documentos y comunicaciones como en la presentación de las cuentas anuales antes el Registro Mercantil se constituye, por un lado, como un elemento esencial en el logro de una eficiencia en la gestión empresarial y, por otro, como una vía obligatoria de comunicación con las Administraciones públicas.

Con tal motivo, la Confederación de Empresarios de Andalucía (CEA) ha organizado un ciclo de seminarios totalmente gratuitos por toda la geografía andaluza que comienza hoy, miércoles 21 de mayo, y terminará en el mes de octubre. El título de estos seminarios es “Obligaciones Contables y Registrales de las Empresas. Panorama actual tras la aprobacion del Nuevo Plan General de Contabilidad“, y en los mismos se revisará el panorama que la situación descrita y los cambios normativos citados plantea en la actualidad a las empresas andaluzas, en particular, a las pymes.

En ellos se hará entrega a los asistentes del manual elaborado al efecto por los ponentes de los mismos:

  • Francisco Pastor Romero
  • Bartolomé Borrego Zabala

Las fechas y lugares de celebración son las siguientes:

HUELVA:

  • 21 mayo 2008 – La Palma del Condado
  • 11 junio 2008 – Lepe

ALMERIA:

  • 22 mayo 2008 – Almería
  • 23 mayo 2008 – Vera

MÁLAGA:

  • 22 mayo 2008 – Málaga
  • 26 junio 2008 – Torremolinos

GRANADA:

  • 29 mayo 2008 – Guadix
  • 30 mayo 2008 – Granada

CÁDIZ:

  • 19 junio 2008 – Chiclana de la Frontera
  • 19 junio 2008 – Cádiz

JAÉN:

  • 25 septiembre 2008 – Jaén
  • 25 septiembre 2008 – Linares

CÓRDOBA:

  • 30 septiembre 2008 – Córdoba
  • 30 septiembre 2008 – Castro del Rio

SEVILLA:

  • 01 octubre 2008 – Estepa
  • 08 octubre 2008 – Los Palacios y Villafranca

Puedes obtener más información sobre el programa, lugar de celebración, horario, y boletín de inscripción para cada una de las localidades pulsando AQUÍ.

Descarga del FOLLETO INFORMATIVO (3,25 Mb)






Fiscalidad del Comercio Electrónico (I)

20 05 2008

En más de una ocasión me han planteado impartir un curso sobre la fiscalidad del Comercio Electrónico, y en todas ellas, mi respuesta ha sido la misma: ¿Cuantos días de duración tendría el curso?

Es fácil imaginar la cara del oferente ante mi respuesta, máxime cuando la mayoría de las personas piensan que una tarde es más que suficiente para analizar la fiscalidad de este tipo de operaciones.

¿Por qué entonces un curso sobre esta materia necesita tantas horas de impartición?

La respuesta es bien sencilla. En primer lugar hay que analizar el concepto de Comercio Electrónico, que no es (como muchos creen) comprar y vender productos electrónicos que circulan a través de Internet, sino que precisa de unas matizaciones que lo delimitan. Habría también que hablar de los distintos Impuestos a los que podrían quedar sujetas las operaciones de comercio electrónico y, por último, cuando hablemos de fiscalidad indirecta, tendríamos incluso que delimitar cada una de las distintas operaciones, dependiendo de la materialidad del bien y del régimen fiscal aplicable en función de la localización de las operaciones. Ello requiere, además, la participación de expertos en materias impositivas tan diferentes como pueden ser, operaciones interiores, operaciones de comecio internacional y también, operaciones intracomunitarias..

Empecemos por definir el comercio electrónico como “cualquier forma de transacción comercial en la que un suministrador provee de bienes y servicios a un cliente a cambio de un pago, y donde ambas partes interactúan electrónicamente en lugar de hacerlo por intercambio o contacto físico directo“.

De la propia definición se deduce que Internet es el canal que se utiliza para la realización de la transacción, independientemente de que el producto sea un bien material o uno intangible y de que el mismo circule por los canales tradicionales por por vía electrónica. Así por ejemplo, comprar un vehículo a través de un portal web, sería una operación de comercio electrónico, aunque el bien nos lo hagan llegar a través de un transporte tradicional.

Con esta premisa, podríamos establecer diferentes clasificaciones del comercio electrónico atendiendo distintas consideraciones:

En función de las relaciones que se establecen entre los diferentes agentes que participan en la relación, y éstos son: las empresas, las administraciones públicas, los usuarios finales y los propios empleados de las empresas:

  • Entre empresas (B2B) o business to business, por ejemplo de proveedor a empresa productora o de empresa productora a distribuidora. En esta tipología de negocio no se establece contacto con el usuario o cliente final del producto.
  • Entre empresa y consumidor (B2C) o business to consumer. Se trata de un comercio electrónico minorista entre empresas y clientes. A través de B2C se realizan ventas de productos y servicios a consumidores no empresariales y define el tipo de intercambio comercial que se establece entre la empresa y el usuario final del producto.
  • Entre empresa y empleados (B2E) o business to Employees. Las ventas se suelen realizar a través del Web site corporativo o desde las páginas de la intranet de acceso restringido a los empleados.
  • Entre empresa y Administración (B2A) o business to administration.
  • Entre empresa y Gobierno (B2G) o business to government.
  • Entre Administración y ciudadano (A2C) o administration to citizen.
  • Entre ciudadanos (C2C) o citizen to citizen, también conocida como P2P (peer to peer).

Y como variantes de las anteriores aparecen operaciones más complejas, como pueden ser:

  • Comercio electrónico con empresas y clientes (B2B2C) o Business to Business to Consumer.

Segúnla el canal por que se va a interactuar:

  • e-Commerce o Electronic Commerce, es decir, el comercio electrónico puro, entendido en sentido amplio, aunque normalmente este concepto se asocia al que se realiza a través de un PC.
  • m-Commerce o Movile Commerce, que es el comercio electrónico realizado a través de dispositivos móviles, que está empezando a desafiar el dominio del PC como medio principal para el comercio electrónico.
  • T-Commerce o Television Commerce, que es una nueva fórmula de comercio electrónico que aún no tiene muchos usuarios pero cuyas previsiones apuntan a que en los próximos años se popularice enormemente, y es el comercio electrónico basado en la televisión como medio de acceder a ese mercado.

Por último, cabría diferenciar el comercio electrónico en función del tipo de operación que se va a efectuar:

  • Comercio Electrónico Indirecto o también Comercio Electrónico Off Line, que comprende la contratación por vía electrónica de prestaciones que consisten en la entrega de bienes materiales o tangibles o de servicios no prestados por vía electrónica. Equivale a la modalidad de contratación recogida en la Ley de Comercio Minorista, la denominada venta a distancia, donde la transmisión de oferta se realiza por cualquier medio de comunicación organizado por el vendedor.
  • Comercio Electrónico Directo o Comercio Electrónico On Line, que en este caso recoge los servicios prestados por medios electrónicos, e incluiría tanto los servicios como los productos en formato digitalizado. La oferta y aceptación del producto se realiza en su totalidad por medios electrónicos (Internet, teléfonos móviles, PDA’s,…)

Analizadas las distintas clasificaciones podemos concretar que ninguna de ellas se ajusta la terminología que emplea la normativa fiscal. No existe el término comercio electrónico en el sistema tributario español, lo que no significa que este tipo de operaciones no vayan a tributar. Muy al contrario, todas las posibles operaciones están perfectamente reguladas, aunque bajo distintas consideraciones de las que normalmente empleamos cuando nos referimos al comercio electrónico. En un próximo post analizaré la tributación desde las distintas modalidades impositivas.






Próxima Jornada monográfica sobre Gestión Documental, Facturación Electrónica y Digitalización de Facturas

19 05 2008

Únicamente a modo de recordatorio, el próximo miércoles 28 de mayo se va a celebrar en el Salón de Actos del Centro de Negocios del edifico Galia Puerto de Sevilla (Ctra. de la Esclusa, s/n) una Jornada sobre Gestión Documental, Facturación electrónica y Digitalización de Facturas en horario de 18:30 a 21:00 h., del cual ya informé en este mismo blog.

El programa de la jornada es el siguiente:

  • Introducción a la Gestión Documental en la empresa. El documento electrónico
  • Beneficios de la factura electrónica para la empresa
  • Obligatoriedad del régimen de facturación electrónica
  • Plataformas de facturación electrónica
  • Ahorro de costes con la Digitalización de facturas
  • Requisitos y obligaciones que se derivan de la utilización de facturas electrónicas y facturas digitalizadas.

Al término de la misma se servirá una copa de vino español.

Para ampliar información al respecto puedes visitar:

Monográficos 2008 para Profesionales







Por qué no se informa de la publicación del Programa Cartera de Valores 2007

16 05 2008

Una vez más, observo por parte de la Agencia Tributaria la no publicación de un programa de ayuda que a mi modo de ver es bastante útil, especialmente, para aquellos que manejan títulos valores.

Se trata del programa “Cartera de Valores 2007“, que tiene como finalidad el seguimiento, desde su adquisición, de las acciones transmitidas durante el ejercicio 2007, con el objeto de identificar los títulos vendidos y determinar su valor de adquisición a efectos fiscales. Permite obtener un resumen informativo de las operaciones efectuadas en 2007 relativas a acciones con cotización en mercados secundarios oficiales de valores españoles (Bolsas de Valores) o en los definidos en la Directiva 2004/39/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de abril de 2004, y facilita, para cada ganancia o pérdida patrimonial generada, un resumen de resultados en el que se reflejan los valores y las fechas de adquisición y de transmisión; información que al encontrarse agrupada por títulos homogéneos, se puede trasladar directamente al programa de ayuda Padre de Renta. Lástima que este “traslado” haya que hacerlo de forma manual, cuando los medios informáticos actuales permitirían un volcado automático de la información…

Para utilizar esta aplicación es necesario indicar todas las operaciones realizadas desde el momento de su adquisición, con los valores homogéneos a los transmitidos en el ejercicio; es decir:

  • Las diferentes adquisiciones de acciones de una misma sociedad, indicando la fecha de adquisición, el número de acciones adquiridas y su valor de adquisición conforme a la normativa del Impuesto.
  • Las ventas de derechos de suscripción preferente o de asignación gratuita que, en su caso, se hayan efectuado.
  • Las operaciones de reducción de capital con devolución de aportaciones realizadas desde el 1-1-1992 y la distribución de la prima de emisión producida a partir del 1-1-2001.
  • Las distintas transmisiones de acciones, indicando la fecha de transmisión, el número de valores transmitidos y su valor de transmisión conforme a la normativa del Impuesto.

El programa no contempla los siguientes supuestos:

  • Las operaciones con otros valores que no sean acciones de sociedades negociadas en los mercados secundarios anteriormente citados.
  • En las ampliaciones de capital con entrega de acciones totalmente liberadas, la venta sólo de una parte de los derechos de asignación gratuita de las nuevas acciones.
  • Las operaciones de reducción de capital que no tengan por finalidad la devolución de aportaciones.
  • Las operaciones de reducción de capital o la distribución de la prima que no afecten por igual a todas las acciones que se posean de la misma entidad.

Como ayuda a su cumplimentación, al igual que otros programas de ayuda, contiene la opción de importación de datos del ejercicio anterior que a muchos contribuyentes evitará la ardua tarea del tecleo de datos.

Un año más, podemos ver cómo el programa está disponible a través de la ruta:

Acceda directamente > A un clic > Descarga de programas de ayuda > Renta y patrimonio > Ejercicio 2007 > Cartera de Valores 2007 (v.1.00)

sin embargo, no se informa de su publicación ni en el apartado de Novedades de la web, ni en el portal de Renta 2007. Ni siquiera vemos referencia alguna en el apartado de descarga del programa Padre de Renta. ¿Por qué…? Lo ignoro, pero lo cierto es que este despiste se repite un año tras otro…

La opción de descarga del programa incluye la posibilidad de bajárselo de forma fraccionada en 5 ficheros, o en un módulo único (recomendable) que pesa 6.492.381 bytes.






Nuevo dominio para “Procedimientos Telemáticos”

15 05 2008

Reconozco que mi nombre es un poco largo y, reconozco también que el dominio de WordPress es también un rato largo. Sin embargo, dad gracias que mi nombre no es compuesto, ni es vasco, ni trabajo en la Junta de Andalucía, pues por ejemplo, la dirección de correo para contactar conmigo hubiera sido algo así:

bartolome.jesus.aguirregoitiaechea-gaizpuroaca.zabalategui@juntadeandalucia.es

y la dirección del blog algo parecido a:

http://aguirregoitiaechea-gaizpuroaca.zabalategui.wordpress.com

Para facilitar la búsqueda del blog, y también, por qué no, para evitar que algún “listillo” me usurpe el nombre, compré hace tiempo el dominio “Procedimientostelematicos.com“, aunque no ha sido hasta fecha reciente en que lo he puesto operativo, y como podeis apreciar, sigo con la tradición de los nombres largos.

Desde ahora, si queréis visitar este blog, podéis hacerlo bajo cualquiera de las dos direcciones siguientes:

En ambas sereis bienvenidos.






Manual sobre la LOPD y la LSSI en las empresas

14 05 2008

La Confederación de Empresarios de Andalucía en colaboración con la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía, ha elaborado un Manual sobre la aplicación de la Ley Orgánica de Protección de Datos y la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información en las empresas.

lopd-cea.jpgEste manual está disponible en la web de la CEA, y ha sido elaborado en Flash, mostrándose en pantalla como si de un libro tradicional se tratara, e incluye los siguientes apartados:

  • Inicio
  • LOPD
  • LSSI
  • LOPD y Comercio Electrónico
  • Glosario
  • Enlaces
  • Descargas, y
  • Mapa Web

Aparentemente parece un manual bastante bueno y práctico, sin embargo, aunque en la propia portada de la web de la CEA se muestra como algo novedoso, al analizar el contenido del mismo, tanto en la opción de Normativa de la LOPD, como en la de descargas, compruebo que el manual habla del Real Decreto 994/1999, que como recordaréis es el antiguo Reglamento de Medidas de Seguridad que ha sido sustituido por el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999 (B.O.E. del 19 de enero de 2008).

Asimismo, echo en falta referencias a algunas normas más actuales como la Ley 56/2007, de medidas de Impulso a la Sociedad de la Información o el Real Decreto 103/2008, que modifica el Real Decreto 225/2006,que regula algunos aspectos relativos a las ventas a distancia.

Es una pena que un manual de calidad como éste se ofrezca al público ya desfasado…






Consulta de documentos presentados por vía telemática

13 05 2008

Cualquier documento o declaración tributaria que se haya presentado por procedimiento telemático puede ser consultado cuantas veces se desee a través de la misma sede electrónica a través de la cual se llevó a cabo la presentación. Obviamente, sólo se podrán consultar aquellos documentos que se hubieran presentado por la vía de Internet, no así los que su presentación se hubieran llevado a efecto en formato papel impreso o soporte magnético, salvo algunas excepciones.

La información de los documentos presentados telemáticamente queda almacenada permanentemente en la sede electrónica, lo que permite volver a obtener el justificante de la presentación en caso de pérdida del papel justificativo.

Sin embargo, la consulta de estos documentos alcanza a dos vertientes:

  • Al documento justificativo de la presentación, donde consta el código de verificación (generalmente el documento de ingreso o devolución), que suele mostrarse con el nombre “Verificación de modelos presentados“, y
  • La declaración con todas sus hojas, cuya opción suele aparecer bajo la denominación “Consultas íntegras de modelos presentados“, la cual mostrará la declaración completa en formato de fichero pdf, susceptible por tanto de ser almacenado en el disco duro, que incluirá, además, los datos relativos a la presentación como el día, hora y código electrónico.







Aplazado el III Congreso de Factura Electrónica y Digitalización Certificada al 18 de junio de 2008

12 05 2008

Me he enterado por un comentario que me ha incluido Julián Inza en el blog del aplazamiento del III Congreso sobre Facturación Electónica y Digitalización Certificada del que informé el pasado 25 de abril.

Como recordareis, el III Congreso de Facturación Electrónica y Digitalización Certificada, se encuadra dentro de las actividades promovidas por el Grupo de Trabajo de Factura Electrónica y la Comisión de Seguridad en las Tecnologías de la Información y Confianza en la Red de Asimelec. Su celebración se ha aplazado hasta el próximo día 18 de junio y tendrá lugar en la Escuela de Ingenieros Industriales, Calle José Gutiérrez Abascal 2, 28006 MADRID.

La jornada se desarrollará con diversas ponencias, mesas redondas, y debates en torno a la factura electrónica y a la digitalización certificada, materias sobre las que el pasado año ha habido una importante publicación de normas que afectan a aspectos como la obligatoriedad de su implantación en determinados supuestos y la de los formatos electrónicos a utilizar.

También se analizará el futuro de la adopción de la factura electrónica en España y en los países de su entorno, con la vista puesta en resolver uno de los principales retos pendientes a corto/medio plazo: la compatibilidad entre las diferentes soluciones.

Este evento va dirigido principalmente a:

  • Responsables de empresas proveedoras de organismos de la AGE que no puedan presentar balance y cuenta de resultados abreviada.
  • Responsables de organismos públicos de contratación.
  • Empresas tecnológicas que desarrollan productos de Gestión, como ERP, BPM, o programas de facturación y contabilidad.
  • Empresas relacionadas con la firma digital, y que deseen profundizar en el empleo de la firma en relación con la factura electrónica
  • Empresas digitalizadoras de documentos que deseen ofrecer servicios en los que los documentos digitalizados tengan valor probatorio y permitan destruir los documentos originales en papel.
  • Empresas desarrolladoras de productos de “digitalización certificada” que deseen conocer el procedimiento de homologación de este tipo de software.

Ver nota de prensa emitida por ASIMELEC.
Para ampliar información sobre disponibilidad de plazas, inscripción, precio, patrocinio, etc. pulsa AQUÍ.






La Renta telemática y los problemas de seguridad

9 05 2008

Es de todos conocida la técnica de escribir un título alarmista para llamar la atención aunque luego, en el contenido, se aclare o incluso, se comente algo que nada o casi nada, tiene que ver con el titular.

Este es el caso un artículo que he leído en Internet recientemente cuyo títular dice literalmente:

“La renta online podría originar problemas de seguridad”

Obviamente, en su texto se aclara dónde está realmente el peligro, que no es en el hecho de la presentación telemática del impuesto, sino en la posible falta de medidas de seguridad en nuestros sistemas informáticos, ya que la época de la Campaña de Renta es muy apropiada para la proliferación de determinados tipos de fraudes online, y nuestras declaraciones contienen una gran cantidad de información valiosa y privada como: nombres, direcciones, números de cuentas bancarias, etc.

El comentado titular viene a raiz de las declaraciones de Laura Yecies, Directora General de la División de Consumo ZoneAlarm de Check Point, que ha destacado recientemente que “Los usuarios sólo necesitan tener cuidado, sentido común y seguir un par de consejos para declarar sus impuestos por Internet, sin ningún problema“.

Check Point ofrece cinco consejos que “todo usuario de ordenador” debe adoptar, independientemente de que estemos en Campaña de Renta o no, que son:

1. Antes de empezar, asegúrese de que su ordenador se encuentra en un estado seguro. Actualice su software de seguridad y ejecute el escáner del sistema para estar seguro de que su máquina está libre de virus y spyware, que podrían poner su información privada en situación de riesgo. Asegúrese también de actualizar su sistema operativo Windows e instale los últimos parches de seguridad.

2. Si está utilizando una conexión a Internet inalámbrica en casa, asegúrese de que las funciones de seguridad de su router inalámbrico están en condiciones. No presente su declaración de la renta en puntos públicos de acceso inalámbrico. Estas redes no son siempre seguras.

3. Proteja sus contraseñas. No las grabe en su monitor o las apunte cerca. En la selección de las contraseñas para sus cuentas de la declaración online de impuestos, utilice una combinación de números, letras y caracteres especiales. No use contraseñas comunes que un ladrón puede fácilmente adivinar o imaginar (como el nombre de una mascota o su lugar de nacimiento).

4. Haga una copia de su declaración tributaria en un CD o dispositivo multimedia portátil y luego bórrelo de todos los ficheros de su disco duro. Esto asegura que si su PC o portátil se ve comprometido en el futuro, su información fiscal, incluyendo su número de Seguridad Social u otra información confidencial no será revelada.

5. Protéjase de los fraudes electrónicos. Durante las temporadas de impuestos los estafadores suelen enviar spam a los mensajes de correo electrónico que simulan provenir de la propia Administración Tributaria. Nunca haga clic en links o archivos adjuntos en mensajes de correo electrónico y en caso de duda, visite www.agenciatributaria.es.