Jornada sobre Declaraciones Informativas 2007 y la nueva Agencia Tributaria Andaluza

24 01 2008

Esta mañana ha tenido lugar en la Cámara de Comercio de Sevilla la última del ciclo de Sesiones organizadas por la Delegación de la A.E.A.T. de Sevilla en las que he venido participando como ponente para informar sobre las Novedades en materia de Declaraciones Informativas 2007.

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La jornada fue inaugurada por D. Francisco Herrero León, Presidente de la Cámara de Comercio, que comenzó resaltando los servicios de asesoramiento y la variada oferta formativa que viene ofreciendo la Cámara a todo el colectivo de empresarios y profesionales sevillanos.

A continuación tomó la palabra D. Juan Rico Martínez, Delegado de la Agencia Tributaria en Sevilla, que habló de los lazos de colaboración que unen a la Delegación que dirige con la Cámara de Sevilla desde hace algunos años en materia de divulgación de las novedades normativas y de presentación telemática. En su intervención destacó el espectacular aumento producido en el número de declaraciones de Renta presentadas por Internet desde que se implantó el servicio allá por el año 1999, que fue de 26.000, hasta la cifra alcanzada en la última Campaña de Renta, que ascendió a 4.600.000.

También hizo unas referencias a la obligatoriedad que tienen ya las sociedades anónimas y limitadas de presentar telemáticamente un gran número de declaraciones informativas, así como la que entrará en vigor el próximo mes de octubre de presentar también por esta vía las autoliquidaciones. Con tal motivo instó a aquellas personas que aún no hubiera hecho uso de los servicios telemáticos de la AEAT para que fueran familiarizandose con ellos, antes de que se les obligue a ello.

isabel-comas.jpgLuego, tomó la palabra Dª Isabel Comas Reginfo, Directora General de Tributos de la Consejería de Economía y Hacienda de la Junta de Andalucía, cuya intervención despertó gran interés entre los asistentes (180 personas) y esbozó las líneas de lo que será la futura Agencia Tributaria Andaluza.

Se remontó a la aprobación del Estatuto de Andalucía donde se contempla la necesidad de dotar a la Administración Tributaria Andaluza de una Agencia Tributaria, cuya creación se ha llevado a cabo a través de la Ley 23/2007, de 18 de diciembre. Sin embargo, desde 1985 la Administración Andaluza se ha caracterizado por la transparencia en la gestión tributaria hasta 2001, año en que asume competencias en el diseño de la política tributaria con capacidades normativas que se concretan en el principio de autonomía financiera manifestada en la corresponsabilidad fiscal.

Destacó asimismo la labor de la Agencia Estatal de Administración Tributaria como referente en eficiencia y modernidad con la que mantiene estrechos lazos de coordinación y cooperación.

La futura Agencia Tributaria Andaluza se presenta con un marcado carácter político e instrumental de servicio y de gestión que le otorgará de una estructura ágil y flexible que le permita afrontar de forma diligente los cambios que se produzcan, para lo cual creará un Consorcio que le permita desarrollar una ‘lucha más eficaz contra el fraude fiscal’ y facilitar un servicio ‘más cómodo para los ciudadanos’.

También puntualizó que la Agencia Tributaria Andaluza no tendrá vocación soberanista, como las de otras Comunidades Autónomas, aspecto éste que me parece de lo más acertado pues en mi opinión, la gestión de los Impuestos estatales corresponde exclusivamente a la Administración General del Estado y no pueden traspasarse a las Comunidades Autónomas. Habrá que esperar que se pronuncie el Tribunal Constitucional acerca del Estatuto Catalán, aunque me temo que ésto no sucederá hasta pasadas las próximas elecciones ya que el fallo que recaiga sobre este asunto podría tener importantes repercusiones en los resultados.

La Agencia Tributaria Andaluza dependerá directamente de la Consejería de Economía y Hacienda, quien seguirá teniendo las competencias normativas. Tendrá funciones gestoras en la aplicación de los tributos propios y de los estatales cedidos totalmente a la comunidad autónoma, y estará dotada de un Consejo Rector que dirija las acciones de este nuevo órgano con capacidad de autoorganización, autonomía y especialización del personal.

Tras el coffe-break y bajo la moderación de D. Luis Cordero, Director de Sistemas de Información y Marketing de la Cámara de Sevilla, intervino mi compañero y amigo Francisco Pastor Romero, Vocal responsable de Formación y Relaciones Institucionales en la Delegación de la Agencia Tributaria en Sevilla, que abordó los aspectos normativos de las declaraciones informativas 2007 y algunas otras novedades tributarias de interés.

La última intervención fue la mía, en la que comenté los aspectos informáticos y telemáticos de la Campaña de declaraciones informativas, algunas herramientas telemáticas de utilidad y unas nociones básicas sobre firma electrónica así como las principales novedades en materia de facturación electrónica y digitalización certificada de facturas.

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Nuevas opciones en torno a la Domiciliación bancaria de impuestos

24 01 2008

dinero.jpgBajo el título “Presente primero la declaración y pague después” escribí un post el pasado 18 de octubre en el cual aclaraba el sistema telemático de domiciliación bancaria de impuestos, al final del cual incluía un cuadro en el que indicaba los plazos de presentación para cada uno de los modelos de declaraciones que admitían dicha domiciliación.

Hoy, se ha incluído en la sede electrónica de la AEAT una nueva opción relativa a la domiciliación de impuestos: la posibilidad que tienen los colaboradores sociales (asesores y otros firmantes de Convenios de Colaboración con la Administración Tributaria) de conocer las domiciliaciones de sus clientes que, llegado el plazo de cobro no hubieran sido ingresadas.

Así pues, las opciones que en esta materia permite la AEAT en la actualidad quedan de la siguiente forma:

  • Consulta de la cuenta de domiciliación.
  • Posibilidad de cambiar la cuenta.
  • Anulación de la cuenta, y
  • Consulta de las domiciliaciones que no hubieren sido ingresas.

La ruta que hemos de seguir para encontrar dichas opciones es la siguiente:

Inicio » Colaboradores » Pagos y domiciliaciones

Aunque podamos pensar que esta nueva opción no aporta gran cosa ya que la información la ofrece una vez iniciada la vía ejecutiva, sin embargo, se trata de todo lo contrario, pues permite al colaborador social avisar a su cliente de que si efectúa el pago antes de que le notifiquen el apremio, el recargo será del 5% de la deuda, mientras que si espera a que se lo notifiquen, el recargo sube al 10%.

No obstante, como “más vale prevenir que curar“, para evitar algunas situaciones que ya se han producido desde que se habilitó este procedimiento, aconsejo a todos aquellos contribuyentes que se acojan a este supuesto que se aseguren de que el día en que se producirá el cargo de los importes domiciliados (el último día de plazo de presentación del impreso) haya fondos suficientes en la cuenta que cubran el importe de la deuda y, de esta manera, evitar que ésta entre en la vía de apremio y haya que abonarla con el correspondiente recargo.