Portal sobre la Campaña de Declaraciones Informativas 2007

4 01 2008

Desde hoy está disponible en la sede electrónica de la Agencia Tributaria el Portal dedicado a las Declaraciones Informativas 2007.

Aunque, de momento, no se ha incluido esta información en el bloque derecho “A Destacar”, como en años anteriores, sin embargo se puede acceder desde la cabecera de la página a través de la siguiente ruta:

Ir al Portal de » Campañas » Declaraciones Informativas 2007

campanas.jpg

o bien, haciendo clic sobre la imagen contenida en la parte central de la portada, como la que incluyo al comienzo del post.

En él se incluye:

  • Un teléfono de asistencia telefónica e información sobre la tramitación On line Individual de las declaraciones.
  • Las principales novedades que afectan a las Declaraciones Informativas.
  • Distintos trámites que se pueden realizar para los que no se requiere disponer de certificado electrónico: Normativa, Informa, Programas de ayuda,…
  • Trámites para los que se requiere disponer del oportuno certificado de firma electrónica: Presentación telemática, Consulta y verificación de presentaciones realizadas, Corrección de declaraciones,…






Pago telemático de las Tasas correspondientes a la Jefatura Central de Tráfico

4 01 2008

monedas.jpgSe ha habilitado en la oficina virtual de la Agencia Tributaria el pago telemático de las Tasas correspondientes al Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico (Cód. 791502)

Esta nueva tasa pasa a engrosar la lista de Tasas gestionadas por Órganos de la Administración General del Estado y sus Organismos públicos, cuyo pago se puede realizar telemáticamente de acuerdo con lo establecido en la O.M. Hac/729/2003 de 28 de Marzo.

Los Departamentos Ministeriales u Organismos Autónomos encargados de gestionar las Tasas objeto de la Orden anterior tienen habilitadas en sus respectivas sedes electrónicas un formulario en el que se habrán de incluir los datos y códigos necesarios para efectuar el pago a través de las correspondientes entidades de depósito, y en particular:

1. Código del modelo, de acuerdo con lo previsto en los anexos II.A) y B) y IILA) y B) de la Orden de 4 de junio de 1998, por la que regulan determinados aspectos de la gestión recaudatoria de las tasas que constituyen derechos de la Hacienda Pública.
2. Código de la tasa.
3. Número de justificante.
4. NIF del sujeto pasivo.
5. Nombre o razón social del sujeto pasivo.
6. Domicilio del sujeto pasivo.
7. Importe de la tasa.
8. Cualquier otro dato necesario para el pago de la tasa.

El acceso a cada una de estas sedes electrónicas se puede realizar desde la propia página de la Agencia Tributaria, a través de la opción de pago de tasas, a la que se accede por la siguiente ruta:

Oficina Virtual » Pago de Impuestos » Tasas

Información adicional para consultar: