Nuevo dominio para “Procedimientos Telemáticos”

15 05 2008

Reconozco que mi nombre es un poco largo y, reconozco también que el dominio de WordPress es también un rato largo. Sin embargo, dad gracias que mi nombre no es compuesto, ni es vasco, ni trabajo en la Junta de Andalucía, pues por ejemplo, la dirección de correo para contactar conmigo hubiera sido algo así:

bartolome.jesus.aguirregoitiaechea-gaizpuroaca.zabalategui@juntadeandalucia.es

y la dirección del blog algo parecido a:

http://aguirregoitiaechea-gaizpuroaca.zabalategui.wordpress.com

Para facilitar la búsqueda del blog, y también, por qué no, para evitar que algún “listillo” me usurpe el nombre, compré hace tiempo el dominio “Procedimientostelematicos.com“, aunque no ha sido hasta fecha reciente en que lo he puesto operativo, y como podeis apreciar, sigo con la tradición de los nombres largos.

Desde ahora, si queréis visitar este blog, podéis hacerlo bajo cualquiera de las dos direcciones siguientes:

En cambas sereis bienvenidos.





Manual sobre la LOPD y la LSSI en las empresas

14 05 2008

La Confederación de Empresarios de Andalucía en colaboración con la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía, ha elaborado un Manual sobre la aplicación de la Ley Orgánica de Protección de Datos y la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información en las empresas.

lopd-cea.jpgEste manual está disponible en la web de la CEA, y ha sido elaborado en Flash, mostrándose en pantalla como si de un libro tradicional se tratara, e incluye los siguientes apartados:

  • Inicio
  • LOPD
  • LSSI
  • LOPD y Comercio Electrónico
  • Glosario
  • Enlaces
  • Descargas, y
  • Mapa Web

Aparentemente parece un manual bastante bueno y práctico, sin embargo, aunque en la propia portada de la web de la CEA se muestra como algo novedoso, al analizar el contenido del mismo, tanto en la opción de Normativa de la LOPD, como en la de descargas, compruebo que el manual habla del Real Decreto 994/1999, que como recordaréis es el antiguo Reglamento de Medidas de Seguridad que ha sido sustituido por el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999 (B.O.E. del 19 de enero de 2008).

Asimismo, echo en falta referencias a algunas normas más actuales como la Ley 56/2007, de medidas de Impulso a la Sociedad de la Información o el Real Decreto 103/2008, que modifica el Real Decreto 225/2006,que regula algunos aspectos relativos a las ventas a distancia.

Es una pena que un manual de calidad como éste se ofrezca al público ya desfasado…





Consulta de documentos presentados por vía telemática

13 05 2008

Cualquier documento o declaración tributaria que se haya presentado por procedimiento telemático puede ser consultado cuantas veces se desee a través de la misma sede electrónica a través de la cual se llevó a cabo la presentación. Obviamente, sólo se podrán consultar aquellos documentos que se hubieran presentado por la vía de Internet, no así los que su presentación se hubieran llevado a efecto en formato papel impreso o soporte magnético, salvo algunas excepciones.

La información de los documentos presentados telemáticamente queda almacenada permanentemente en la sede electrónica, lo que permite volver a obtener el justificante de la presentación en caso de pérdida del papel justificativo.

Sin embargo, la consulta de estos documentos alcanza a dos vertientes:

  • Al documento justificativo de la presentación, donde consta el código de verificación (generalmente el documento de ingreso o devolución), que suele mostrarse con el nombre “Verificación de modelos presentados“, y
  • La declaración con todas sus hojas, cuya opción suele aparecer bajo la denominación “Consultas íntegras de modelos presentados“, la cual mostrará la declaración completa en formato de fichero pdf, susceptible por tanto de ser almacenado en el disco duro, que incluirá, además, los datos relativos a la presentación como el día, hora y código electrónico.






Aplazado el III Congreso de Factura Electrónica y Digitalización Certificada al 18 de junio de 2008

12 05 2008

Me he enterado por un comentario que me ha incluido Julián Inza en el blog del aplazamiento del III Congreso sobre Facturación Electónica y Digitalización Certificada del que informé el pasado 25 de abril.

Como recordareis, el III Congreso de Facturación Electrónica y Digitalización Certificada, se encuadra dentro de las actividades promovidas por el Grupo de Trabajo de Factura Electrónica y la Comisión de Seguridad en las Tecnologías de la Información y Confianza en la Red de Asimelec. Su celebración se ha aplazado hasta el próximo día 18 de junio y tendrá lugar en la Escuela de Ingenieros Industriales, próxima a la zona de Nuevos Ministerios, en el Paseo de la Castellana de Madrid).

La jornada se desarrollará con diversas ponencias, mesas redondas, y debates en torno a la factura electrónica y a la digitalización certificada, materias sobre las que el pasado año ha habido una importante publicación de normas que afectan a aspectos como la obligatoriedad de su implantación en determinados supuestos y la de los formatos electrónicos a utilizar.

También se analizará el futuro de la adopción de la factura electrónica en España y en los países de su entorno, con la vista puesta en resolver uno de los principales retos pendientes a corto/medio plazo: la compatibilidad entre las diferentes soluciones.

Este evento va dirigido principalmente a:

  • Responsables de empresas proveedoras de organismos de la AGE que no puedan presentar balance y cuenta de resultados abreviada.
  • Responsables de organismos públicos de contratación.
  • Empresas tecnológicas que desarrollan productos de Gestión, como ERP, BPM, o programas de facturación y contabilidad.
  • Empresas relacionadas con la firma digital, y que deseen profundizar en el empleo de la firma en relación con la factura electrónica
  • Empresas digitalizadoras de documentos que deseen ofrecer servicios en los que los documentos digitalizados tengan valor probatorio y permitan destruir los documentos originales en papel.
  • Empresas desarrolladoras de productos de “digitalización certificada” que deseen conocer el procedimiento de homologación de este tipo de software.

Ver nota de prensa emitida por ASIMELEC.
Para ampliar información sobre disponibilidad de plazas, inscripción, precio, patrocinio, etc. pulsa AQUÍ.





La Renta telemática y los problemas de seguridad

9 05 2008

Es de todos conocida la técnica de escribir un título alarmista para llamar la atención aunque luego, en el contenido, se aclare o incluso, se comente algo que nada o casi nada, tiene que ver con el titular.

Este es el caso un artículo que he leído en Internet recientemente cuyo títular dice literalmente:

“La renta online podría originar problemas de seguridad”

Obviamente, en su texto se aclara dónde está realmente el peligro, que no es en el hecho de la presentación telemática del impuesto, sino en la posible falta de medidas de seguridad en nuestros sistemas informáticos, ya que la época de la Campaña de Renta es muy apropiada para la proliferación de determinados tipos de fraudes online, y nuestras declaraciones contienen una gran cantidad de información valiosa y privada como: nombres, direcciones, números de cuentas bancarias, etc.

El comentado titular viene a raiz de las declaraciones de Laura Yecies, Directora General de la División de Consumo ZoneAlarm de Check Point, que ha destacado recientemente que “Los usuarios sólo necesitan tener cuidado, sentido común y seguir un par de consejos para declarar sus impuestos por Internet, sin ningún problema“.

Check Point ofrece cinco consejos que “todo usuario de ordenador” debe adoptar, independientemente de que estemos en Campaña de Renta o no, que son:

1. Antes de empezar, asegúrese de que su ordenador se encuentra en un estado seguro. Actualice su software de seguridad y ejecute el escáner del sistema para estar seguro de que su máquina está libre de virus y spyware, que podrían poner su información privada en situación de riesgo. Asegúrese también de actualizar su sistema operativo Windows e instale los últimos parches de seguridad.

2. Si está utilizando una conexión a Internet inalámbrica en casa, asegúrese de que las funciones de seguridad de su router inalámbrico están en condiciones. No presente su declaración de la renta en puntos públicos de acceso inalámbrico. Estas redes no son siempre seguras.

3. Proteja sus contraseñas. No las grabe en su monitor o las apunte cerca. En la selección de las contraseñas para sus cuentas de la declaración online de impuestos, utilice una combinación de números, letras y caracteres especiales. No use contraseñas comunes que un ladrón puede fácilmente adivinar o imaginar (como el nombre de una mascota o su lugar de nacimiento).

4. Haga una copia de su declaración tributaria en un CD o dispositivo multimedia portátil y luego bórrelo de todos los ficheros de su disco duro. Esto asegura que si su PC o portátil se ve comprometido en el futuro, su información fiscal, incluyendo su número de Seguridad Social u otra información confidencial no será revelada.

5. Protéjase de los fraudes electrónicos. Durante las temporadas de impuestos los estafadores suelen enviar spam a los mensajes de correo electrónico que simulan provenir de la propia Administración Tributaria. Nunca haga clic en links o archivos adjuntos en mensajes de correo electrónico y en caso de duda, visite www.agenciatributaria.es.






Nuevas jornadas sobre factura electrónica organizadas por Asimelec y Fenitel en Santiago de Compostela, Gijón y Cádiz

8 05 2008

La Nueva Ley de Contratos del Sector Público, tras una “vacatio legis” de seis meses y que señala que los proveedores de la Administración General del Estado deberán facturar a sus organismos por vía electrónica en 2008 y esta obligación se extenderá a las administraciones locales y autonómicas en 2010.

Al margen de que la facturación electrónica provenga de alguna imposición, lo cierto es que la mayor parte de las empresas la adoptan por sus ventajas al ahorrar costes de envío y tramitación, y hacer más fluidos los cobros y pagos.

Desde las instituciones se valoran las ventajas objetivas de su adopción junto con el hecho de que constituye un indicador de la penetración de los principales parámetros de la sociedad de la información en las empresas: adopción de la banda ancha, uso de ordenadores personales, uso de aplicaciones informáticas como ERPs o programas de contabilidad.

Por ese motivo se están promoviendo ayudas desde la Administración, y, en particular desde el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, que con el Plan Avanza desarrolla diferentes iniciativas de impulso de la Sociedad de la Información, para particulares y para empresas.

Una de ellas es la iniciativa Avanza PYME que a través de la línea Soluciones de negocio y factura electrónica y con ayuda de los Fondos FEDER promueve la adopción de la factura electrónica en las PYMES apoyando diferentes proyectos.

Con este motivo, ASIMELEC, favorecida con su iniciativa de divulgación de esta fundamental herramienta para las empresas por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, continúa celebrando su ciclo de Jornadas sobre facturación electrónica, en este caso, previstas para las ciudades de: Santiago de Compostela, Gijón y Cádiz.

A fecha de hoy, las fechas de celebración fijadas para cada una estas localidades son:






Nuevos servicios incorporados en la Oficina Virtual del Catastro

7 05 2008

La Oficina Virtual del Catastro (OVC) incorporó hace varios meses el medidor de distancias y superficies, y ha dado un nuevo paso con la posibilidad de añadir como capa de fondo de la cartografía catastral alguna de las series de ortofotografías disponibles, entre las que se encuentra la que aporta el Plan Nacional de Ortofotografías Aéreas (PNOA).

El servicio es de libre acceso para cualquier usuario, al igual que el superposición de los planos de valores catastrales zonales de las ponencias de valores aprobadas en los últimos años sobre la cartografía catastral de la OVC o sobre Google Earth.





Publicada la Guía sobre regímenes comerciales de exportación

6 05 2008

boe.jpgSe ha publicado en el B.O.E. del pasado 1 de mayo la Circular de 10 de abril de 2008, de la Secretaría General de Comercio Exterior, relativa al procedimiento y tramitación de las exportaciones y expediciones de mercancías y sus regímenes comerciales.

Esta Circular pretende convertirse en una guía informativa práctica para los operadores comerciales ya que les proporciona, en un único texto, toda la información relativa a los regímenes comerciales de exportación que se encuentra dispersa en un gran número de Reglamentos Comunitarios sobre regímenes comerciales de exportación.

Comienza por relacionar las distintas normas reguladoras de los regímenes comerciales:

  • Normas Nacionales:
    • Normas generales
    • Material de Defensa, Otro Material y Productos y Tecnologías de Doble Uso
    • CITES (Convenio sobre Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres)
    • Control de la calidad comercial
    • Otras disposiciones
  • Normas Comunitarias:
    • Régimen general
    • Régimen Específico Productos Agrícolas
    • Material de defensa, otro material y productos y tecnologías de doble uso
    • Convenio sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES)
    • Control de la calidad comercial
    • Régimen Canarias

Recoge también la excepción a la regla general de libertad comercial a la que quedan sujetas algunas mercancías de exportación y expedición, las cuales podrán quedar sometidas a vigilancia, certificación o autorización cuando la normativa comunitaria o nacional así lo determine, exigiéndose la tramitación de documentos específicos, según el caso.

Asimismo recopila los distintos formularios vigentes para cada tipo de trámite así como el procedimiento de presentación de los distintos documentos.





Creada la Plataforma de Contratación del Estado

5 05 2008

En el B.O.E. del pasado 1 de mayo se publicó la Orden EHA/1220/2008, de 30 de abril, por la que se aprueban las instrucciones para operar en la Plataforma de Contratación del Estado.

Esta Plataforma de Contratación del Estado sirve así de espacio virtual de contacto entre los órganos de contratación del sector público y los interesados, pudiendo estos últimos acceder a la misma a través de un portal único, que está operativa desde el día 2 de mayo de 2008, en la dirección:

http://www.contrataciondelestado.es

En ella se publicarán necesariamente los perfiles de contratante de los órganos de contratación de la Administración General del Estado, sus Organismos autónomos, Entidades gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social y demás Entidades públicas estatales. Voluntariamente, además, se publicarán los perfiles de contratante de los restantes entes del sector público estatal y de los órganos de contratación de las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales.

En cuanto al acceso a la Plataforma por parte de los usuarios, podrá llevarse a cabo:

  • Mediante un identificador de usuario y palabra de paso, o
  • Utilizando un certificado digital de los que se acuerde la admisión general en el ámbito de la Administración General del Estado, de acuerdo con lo establecido en los artículos 17 a 20 de la Ley 11/2007.

A estas alturas, quizás hubiera sido más apropiado exigir como única forma de interlocución un certificado digital, que ofrece más garantías de todo tipo y con ello, y de esta manera se contribuiría también al desarrollo de la Sociedad de la Información.






Reducción de los rendimientos en Módulos aplicables al ejercicio 2007

4 05 2008



Habilitada la presentación telemática de la declaración de Renta 2007 y su consulta íntegra

2 05 2008

Desde hoy día 2 de mayo, comienzo del plazo de presentación de la declaración de Renta 2007, está disponible en la oficina virtual de la Agencia Tributaria las siguientes opciones:

Conviene por tanto ahora recordar los requisitos para poder llevar a cabo la presentación por Internet de la declaración sin problemas:

  • Es necesario tener instalado un navegador Netscape Communicator versión 7.2 ó posterior, Internet Explorer 5 o posterior con permiso para instalar Control ActiveX, Mozilla 1.7 o posterior y Firefox 1.0 o posterior.
  • Si el navegador solicita permiso de lectura de ficheros y de manejo de ventanas, hay que concederlos para continuar con el proceso de envío de la declaración.
  • El fichero generado por el programa de ayuda de la AEAT se suele localizar en c:\aeat\RENT2007, su nombre contiene 8 caracteres del NIF y su extensión es .100, salvo que en el momento de su generación le hayamos cambiado nosotros el nombre.
  • El fichero y el navegador tienen que utilizar la codificación ISO-8859-1 (esta opción se ve en el navegador a través de Ver » Codificación de caracteres), de forma que la Ñ sea 209 dec. (D1 hex.) y la Ç sea 199 dec. (C7 hex.).
  • Antes del envío, se visualizará un resumen de la declaración leída. Si no es la que quiere presentar se deberá leer otro fichero.
  • En caso de ingreso, se debe cumplimentar el Número de Referencia Completo (N.R.C.) asignado por la Entidad Financiera donde se haya realizado el ingreso, salvo que se opte por la domiciliación bancaria.
  • Se le pedirá que elija el certificado, o los 2 certificados en caso de declaración conjunta, con el que se realizará la firma electrónica de la declaración.
  • Con los navegadores Mozilla 1.7, Firefox 1.0 y Netscape 7.2 o posteriores es necesario activar la preferencia: signed.applets.codebase_principal_support. Para ello, introducir about:config en el campo de entrada de la URL y pulsar Enter. Se obtendrá una lista de las preferencias. Buscar la preferencia anterior, realizar doble-click sobre ella y cambiar su valor de false a true.

En cuanto a los requisitos para visualizar en formato pdf la declaración completa con todos sus ejemplares, éstos son:

  • Para todas las consultas íntegras: Se necesita tener instalado el visor de ficheros PDF Adobe Acrobat Reader.
  • Para consultas íntegras del ejercicio 2006 y anteriores:
  • En el caso de que el ordenador no disponga de la Máquina Virtual Java compatible con la versión 1.4.2 de JRE de Sun, habrá que descargar e instalar la versión correspondiente a su sistema operativo.
  • En el primer uso del entorno se solicitará permiso para instalar varias librerías necesarias. Se debe permitir la instalación de estas librerías.
  • Para comenzar la ejecución del applet se pedirá permiso para ejecutar dicho applet ya que necesita escribir ficheros en la máquina local. Este applet está firmado digitalmente por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.






Procedimientos Telemáticos alcanza el Rank 5 de Google

2 05 2008

Ayer día 1 de mayo este blog subió un punto la posición del PageRank de Google hasta situarlo en el nº 5 sobre 10.

Como sabéis, PageRank (PR) es un valor numérico que representa la importancia que una página web tiene en Internet. Google se hace la idea de que cuando una página coloca un enlace (link) a otra, es de hecho un voto para esta última.

Cuantos más votos tenga una página, será considerada más importante por Google. Además, la importancia de la página que emite su voto también determina el peso de este voto. De esta manera, Google calcula la importancia de una página gracias a todos los votos que reciba, teniendo en cuenta también la importancia de cada página que emite el voto.

Gracias Google y, sobre todo, gracias a todos vosotros que con vuestros links me votáis…

Por dar algunas referencias de otras páginas os enumero los PageRank de algunos sites:






Aclaraciones en torno a la utilización del borrador de IRPF

2 05 2008

A través de este blog me han planteado diversas cuestiones en torno al borrador de la Renta, que en la mayoría de los casos no he podido contestar porque, como he repetido en diferentes ocasiones, éste es un blog personal y quien quiera un pronunciamiento oficial de la Agencia Tributaria sobre cualquier tema le invito que acuda a una de sus oficinas.

Las cuestiones formuladas eran relativas a la solicitud del borrador y a su recepción, por este motivo voy a aclarar a continuación cual es el procedimiento previsto al efecto:

Las personas que hayan confirmado el borrador de la Renta el año anterior no tienen que volverlo a solicitar esta campaña, ya que le será enviado automáticamente si su perfil se ajusta al del candidato a borrador.

En caso de que ésta fuera la primera vez, puede solicitarlo por diferentes vías.

En cuanto a la recepción del borrador, la Agencia Tributaria lo enviará junto con los datos fiscales por correo ordinario a los interesados. Sin embargo, aunque se haya solicitado expresamente o se vaya a facilitar sin solicitud previa, habrá algunos supuestos en que no le llegará al interesado por ésta vía, tal y como figura explicado en el folleto informativo sobre la campaña Borrador editado por la AEAT que comenté recientemente. Tales son:

  • Cuando se solicite por Internet, que se puede hacer mediante la identificación con el correspondiente certificado digital, o bien sin certificado, pero introduciendo en su lugar el importe de la casilla 681 de la declaración de Renta correspondiente al ejercicio 2006.
  • Cuando se esté suscrito a los servicios de alerta por móvil, en cuyo caso lo que se recibirá será un mensaje en el móvil como el que se muestra en la imagen, que incluirá el nº de referencia del borrador para poder consultarlo a través de Internet.
  • Cuando se esté suscrito al procedimiento de notificación telemática, en cuyo caso, el borrador se recibirá a través de la Dirección Electrónica Única como cualquier otra notificación o comunicación, es decir, mediante la descarga de un fichero en formato pdf, para cuyo acceso se requiere identificarse con la firma electrónica.

Una vez verificados los datos del borrador, en caso de no estar conforme con ellos, o, simplemente, quisiéramos cambiar la marca de la casilla del destino de nuestros impuestos para marcar también a la Iglesia Católica, puedo también rectificar el borrador también por diferentes vías.

Por último, en caso de estar conforme con el borrador recibido, para confirmarlo podemos utilizar diferentes medios, tal y como expliqué el pasado 3 de abril en un post en este mismo blog.





Entrada en vigor de la nueva regulación en materia de organización y atribución de competencias del area de recaudación de la AEAT

1 05 2008

monedas.jpgEl pasado 19 marzo publiqué un post en el que anunciaba la publicación de la Resolución de 6 de marzo de 2008, de la Dirección del Departamento de Recaudación, que ha desarrollado la disposición adicional segunda de la Resolución de 26 de diciembre de 2005, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, sobre organización y atribución de competencias en el área de recaudación.

Conviene recordar a los lectores de este blog que hoy se produce la entrada en vigor de la misma, quedando también sin efecto la Resolución de 8 de marzo de 2006 del Departamento de Recaudación de la AEAT.





Importante incremento de empresas que han apostado por el formato Facturae de Factura Electrónica

30 04 2008

Cada día son más las empresas que apuestan por el formato Facturae de factura electrónica. Aunque no se ha anunciado en la sede electrónica de la AEAT todas las empresas que se han ido inscribiendo en el directorio de entidades con las que puede facturar con el formato Facturae o que ofrecen soluciones para ello, lo cierto es que el número parece que aumenta de modo exponencial, siendo a fecha de hoy 68 el número de empresas contabilizadas.

A continuación ofrezco las distintas relaciones de entidades tal y como las podemos consultar en Internet:

Si tu empresa ya utiliza este formato y aún no figura en este directorio que te publicita gratuitamente por todo el mundo, sigue los pasos que indico a continuación para darte de alta.

Procedimiento Inscripción en el Directorio Facturae:

Para inscribirse en el directorio de entidades relacionadas con el formato FACTURAE debe enviar a la dirección de correo electrónico: facturaelectronica@correo.aeat.es la siguiente información, según corresponda:

1. Para aquellos que deseen figurar en la lista de “Emisores y receptores de factura electrónica con formato Facturae”, deben enviar a la citada dirección de correo electrónico:

  • Nombre de la entidad.
  • Sector.
  • Enlace al sitio del portal de la entidad con información acerca de cómo facturar con esa entidad usando el formato Facturae.
  • Una factura emitida / recibida con el citado formato, a modo de ejemplo.

2. Para aquellos que deseen figurar en la lista de “Prestadores de servicios de facturación electrónica con formato Facturae”, deben enviar a la citada dirección de correo electrónico:

  • Nombre de la entidad.
  • Sector.
  • Enlace al sitio del portal de la entidad con información acerca del servicio de facturación que, como tercero, ofrece con el formato Facturae.
  • Una factura emitida / recibida con el citado formato, a modo de ejemplo.

3. Para aquellos que deseen figurar en la lista de “Desarrolladores para facturación electrónica con formato Facturae”, deben enviar a la citada dirección de correo electrónico:

  • Nombre de la entidad.
  • Sector.
  • Enlace al sitio del portal de la entidad, desde donde se ofrece información de los productos software con soluciones para facturar con formato Facturae.
  • Una factura generada con el citado formato, a modo de ejemplo.